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El Tribunal Supremo lo confirma: así afectan a los herederos las donaciones en vida
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DONACIONES EN VIDA

El Tribunal Supremo lo confirma: así afectan a los herederos las donaciones en vida

Las donaciones en vida no son un atajo para esquivar la ley: si hay herederos forzosos, deben computarse al repartir la herencia

Foto: Regalar bienes antes de morir no evita que entren en el reparto si existen herederos con derecho a legítima.
Regalar bienes antes de morir no evita que entren en el reparto si existen herederos con derecho a legítima.

El Tribunal Supremo ha resuelto un caso que aclara una cuestión clave en las herencias: cuando hay herederos forzosos, las donaciones hechas en vida deben sumarse al total de la herencia. El fallo responde al conflicto surgido tras la muerte de una mujer que había donado fincas aparte de sus descendientes. Uno de sus nietos, excluido de esos regalos, reclamó que se contara su valor al repartir los bienes. Buscaba que su legítima, protegida por ley, no se viera reducida.

La Audiencia de Albacete rechazó inicialmente su petición, al considerar que la fallecida actuó libremente y sin intención de perjudicar. Sin embargo, el Supremo corrigió este criterio: aunque no haya mala fe, las donaciones previas no pueden emplearse para alterar el reparto legal. Si hay legitimarios, el valor de lo entregado en vida debe integrarse en el cálculo global. El tribunal subraya que los derechos de los herederos forzosos no dependen de la voluntad del testador.

Foto: ¿Puede un hijo donar el 50% de un piso a su esposa que la recibió en donación? (iStock) Opinión

Por ley, una parte de la herencia —al menos un tercio— debe destinarse a quienes tienen la condición de herederos forzosos. Esta fracción, llamada legítima, no puede ser vulnerada por disposiciones testamentarias ni por donaciones anteriores. Para comprobar si se respeta, existe la computación: se trata de sumar al caudal hereditario el valor de lo donado en vida. Así se garantiza que los legitimarios reciban lo que les corresponde sin tener que renunciar a su parte legal.

También puede aplicarse la colación, una figura que busca equilibrar lo recibido entre herederos forzosos. Si uno ha recibido bienes del causante, debe descontarlos de su parte en la herencia, salvo que el testador indique lo contrario. Aun así, lo donado se tiene en cuenta al calcular la legítima. El Supremo ha sido contundente: las donaciones en vida no pueden ser una vía para alterar los derechos de quienes están protegidos por la ley. Y, ahora, tampoco quedarán fuera del reparto.

El Tribunal Supremo ha resuelto un caso que aclara una cuestión clave en las herencias: cuando hay herederos forzosos, las donaciones hechas en vida deben sumarse al total de la herencia. El fallo responde al conflicto surgido tras la muerte de una mujer que había donado fincas aparte de sus descendientes. Uno de sus nietos, excluido de esos regalos, reclamó que se contara su valor al repartir los bienes. Buscaba que su legítima, protegida por ley, no se viera reducida.

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