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La Seguridad Social te quitará un 5,5% de la pensión si te jubilas un año antes y has cotizado menos de 38 años y seis meses
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Depende de los años cotizados

La Seguridad Social te quitará un 5,5% de la pensión si te jubilas un año antes y has cotizado menos de 38 años y seis meses

La reducción no es fija, varía en función de los años cotizados, penalizando más a quienes tienen trayectorias laborales más cortas

Foto: La jubilación anticipada voluntaria, el sistema permite adelantar la salida hasta dos años ante. (Foto: iStock)
La jubilación anticipada voluntaria, el sistema permite adelantar la salida hasta dos años ante. (Foto: iStock)

Anticipar la jubilación puede salir caro si no se acumula el tiempo de cotización necesario. Según los últimos coeficientes reductores establecidos por la Seguridad Social, quienes decidan retirarse del mercado laboral 12 meses antes de la edad legal y tengan menos de 38 años y seis meses cotizados verán reducida su pensión un 5,5 %.

En 2025, la edad ordinaria de jubilación es de 66 años y 8 meses, salvo que se hayan cotizado al menos 38 años y 3 meses, en cuyo caso el retiro es posible a los 65. Para quienes contemplen la jubilación anticipada voluntaria, el sistema permite adelantar la salida hasta dos años antes, siempre que se cumplan ciertos requisitos: haber cotizado un mínimo de 35 años, mantener el alta o una situación asimilada y obtener una pensión que supere la mínima legal correspondiente.

Reducción por anticipar un año la jubilación

La penalización del 5,5 % se aplica a quienes se adelanten 12 meses y no alcancen los 38 años y seis meses cotizados. Esta reducción es parte de los nuevos coeficientes establecidos por la Ley 21/2021, que entraron en vigor mediante la disposición transitoria 34 y que introducen un modelo más gradual y ajustado al tiempo cotizado.

La tabla completa de penalizaciones para este grupo es la siguiente:

  • 12 meses: 5,50 %
  • 11 meses: 5,18 %
  • 10 meses: 4,89 %
  • 9 meses: 4,63 %
  • 8 meses: 4,40 %
  • 7 meses: 4,19 %
  • 6 meses: 4,00 %
  • 5 meses: 3,83 %
  • 4 meses: 3,67 %
  • 3 meses: 3,52 %
  • 2 meses: 3,38 %
  • 1 mes: 3,26 %

En cambio, si se sitúa entre los 38 años y seis meses y los 41 años y seis meses cotizados, el porcentaje baja al 5,25 %. Para quienes han acumulado entre 41 años y seis meses y 44 años y seis meses, la rebaja se reduce al 5 %. Finalmente, quienes hayan superado los 44 años y seis meses cotizados, verán limitada la penalización a un 4,75 %.

¿Y si la jubilación no es voluntaria?

En los casos de jubilación anticipada involuntaria, la legislación contempla condiciones distintas, permitiendo incluso retirarse hasta 48 meses antes de la edad ordinaria, es decir, cuatro años de antelación. En 2025, esto supone poder acceder a la pensión a partir de los 62 años y 8 meses si se han cotizado menos de 38 años y 3 meses, o desde los 61 años si se supera ese periodo.

Para acceder a esta modalidad, es imprescindible que la extinción de la relación laboral no haya sido por voluntad del trabajador. Es decir, debe haber causas ajenas al empleado, como despido colectivo, causas objetivas de reestructuración, cierre de empresa, entre otras. Además, la persona debe haber estado inscrita como demandante de empleo durante al menos seis meses inmediatamente anteriores a solicitar la pensión. También se exige haber cotizado como mínimo 33 años, de los cuales dos deben estar comprendidos en los últimos 15 años.

Foto: Movimiento de pensionistas de euskal herria (EFE/ L. Rico)

La pensión teórica se calcula con las bases de cotización de los últimos 25 años, a partir de las cuales se obtiene la base reguladora. Esta se multiplica por un coeficiente en función del total de años cotizados para determinar el porcentaje de pensión a cobrar. Si se decide acceder a la jubilación anticipada, se aplican coeficientes reductores mensuales en función del tiempo de anticipo y del total de años cotizados.

En esta modalidad, las penalizaciones pueden oscilar entre un 0,50 % por mes adelantado para carreras muy largas, hasta un 30% de reducción total en los casos más extremos: trabajadores que se jubilan cuatro años antes y tienen menos de 38 años y seis meses cotizados.

Anticipar la jubilación puede salir caro si no se acumula el tiempo de cotización necesario. Según los últimos coeficientes reductores establecidos por la Seguridad Social, quienes decidan retirarse del mercado laboral 12 meses antes de la edad legal y tengan menos de 38 años y seis meses cotizados verán reducida su pensión un 5,5 %.

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