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El dinero que cobra un trabajador del campo en España si sufre una incapacidad permanente
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INCAPACIDAD PERMANENTE

El dinero que cobra un trabajador del campo en España si sufre una incapacidad permanente

Los regímenes especiales de la Seguridad Social son sistemas específicos que adaptan la protección social a colectivos con características laborales particulares, como los trabajadores agrarios o autónomos

Foto: Trabajador de campo (jcomp para Freepik)
Trabajador de campo (jcomp para Freepik)

Los trabajadores del campo en España, que pertenecen a los regímenes especiales, pero a la hora de las prestaciones están incluidos desde 2012 en el régimen general de la Seguridad Social mediante un sistema propio, pueden acceder a diferentes prestaciones si sufren una incapacidad permanente. Estas ayudas económicas varían según el grado de incapacidad y la causa que la origine, lo que determina tanto su cuantía como su forma de abono.

La legislación de la Seguridad Social contempla cuatro tipos de incapacidad permanente: parcial, total, absoluta y gran invalidez. En todos los casos, las prestaciones se calculan a partir de una base reguladora, que puede derivar de enfermedad común, accidente no laboral, accidente de trabajo o enfermedad profesional. Desde la integración del antiguo régimen agrario, los trabajadores del campo tienen acceso a estas pensiones en las mismas condiciones que el resto de empleados por cuenta ajena, aunque con particularidades en el cómputo de cotizaciones.

Foto: La incapacidad permanente en grado de gran invalidez es la prestación más elevada que reconoce la Seguridad Social.. (iStock)

Incapacidad permanente parcial

Este tipo de incapacidad implica una reducción de al menos el 33% del rendimiento del trabajador, sin impedirle realizar las tareas básicas de su oficio habitual. La prestación se concede en forma de indemnización a tanto alzado, equivalente a 24 mensualidades de la base reguladora que se tomó como referencia para la incapacidad temporal. En caso de no haber recibido previamente esa prestación, se aplica la base que le habría correspondido. El abono se realiza en un único pago y está sujeto al IRPF.

Incapacidad permanente total

Cuando el trabajador queda inhabilitado para su profesión habitual, pero puede dedicarse a otra distinta, recibe una pensión mensual vitalicia. Esta pensión puede sustituirse por una indemnización única si el beneficiario tiene menos de 60 años. La cuantía se calcula aplicando un porcentaje a la base reguladora, y si la incapacidad proviene de enfermedad común, no puede ser inferior al mínimo anual fijado por los Presupuestos Generales del Estado. Se abona en 14 pagas, salvo que derive de accidente de trabajo o enfermedad profesional.

Foto: Qué es la pensión por incapacidad permanente total: cuánto se cobra, requisitos y cómo solicitar. (iStock)

Incapacidad permanente absoluta

Inhabilita al trabajador para toda profesión u oficio. La prestación asciende al 100% de la base reguladora y, si se ha producido por falta de medidas de seguridad laboral, puede aumentar entre un 30% y un 50%, a cargo del empleador. En caso de que el beneficiario supere la edad de jubilación sin derecho a pensión por no haber cotizado lo suficiente, se aplica el porcentaje mínimo establecido (actualmente el 50%). Estas pensiones están exentas de IRPF y se abonan en 14 o 12 pagas, según el origen de la contingencia.

Gran invalidez

Este grado se reconoce cuando el trabajador necesita ayuda de otra persona para los actos esenciales de la vida diaria. La pensión incluye un complemento específico, compuesto por un 45% de la base mínima del régimen general más el 30% de la última base de cotización. Nunca puede ser inferior al 45% de la pensión base. Si el origen de la incapacidad es un accidente laboral o enfermedad profesional y existieron negligencias de seguridad, se aplica también el recargo correspondiente. Esta prestación se abona en 12 o 14 pagas, dependiendo de la causa.

Los trabajadores del campo en España, que pertenecen a los regímenes especiales, pero a la hora de las prestaciones están incluidos desde 2012 en el régimen general de la Seguridad Social mediante un sistema propio, pueden acceder a diferentes prestaciones si sufren una incapacidad permanente. Estas ayudas económicas varían según el grado de incapacidad y la causa que la origine, lo que determina tanto su cuantía como su forma de abono.

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