Confusión en las interpretaciones para teletrabajar o no trabajar en catástrofes
El Ministerio de Trabajo asegura que con el permiso retribuido de cuatro días hay cobertura legal suficiente, pero CCOO recomienda asesoramiento y acudir a los representantes legales evitando decisiones unilaterales
:format(jpg)/f.elconfidencial.com%2Foriginal%2F99b%2F647%2F8c9%2F99b6478c9cb3838b86109fb17265f034.jpg)
- Apagón en España: todas las noticias de la caída de la luz, en directo
- Estado de las carreteras en directo tras el apagón en España: consulta los atascos y retenciones en Madrid, Barcelona, Valencia...
- ¿Qué sabemos hasta ahora del apagón? España aguanta gracias al diésel, Marruecos y Francia
Un día después del apagón, los transportes se están restableciendo y las comunicaciones ya funcionan en la práctica totalidad del país, pero las situaciones que afectan a cada trabajador continúan siendo muy diversas, desde los que han podido reanudar su actividad con normalidad hasta los que tienen problemas de desplazamientos e incluso de realización de las labores habituales de su puesto. Para estas circunstancias sobrevenidas, el Gobierno aprobó hace unos meses un permiso retribuido, pero las interpretaciones de su verdadera aplicación son diversas.
Desde la tarde del 28 de abril, día del apagón, el Ministerio de Trabajo ha recordado en sus redes sociales la existencia del permiso retribuido de cuatro días prorrogables “en caso de no poder desplazarse o desempeñar su trabajo”, asegurando además que “el Gobierno garantiza la protección de las personas trabajadoras ante los problemas de suministro eléctrico”. “Van a tener protegidos todos sus derechos laborales, incluidas sus retribuciones, a través de los permisos y derechos garantizados y reconocidos en el ET. Frente a las dificultades para trabajar por el contexto actual, ningún trabajador o trabajadora quedará desprotegido”, señala el ministerio.
Sin embargo, la realidad de las situaciones particulares y de los centros de trabajo es más compleja, por lo que CCOO hace una interpretación más específica que se aleja de que los trabajadores decidan unilateralmente por su cuenta no trabajar o teletrabajar en este martes y días sucesivos. Unai Sordo, secretario general del sindicato, ha recomendado que los trabajadores “se asesoren bien”. “En caso de que no puedan acceder a su puesto de trabajo, tienen derecho a un permiso retribuido, pero hay que cerciorarse bien de en qué situación están y si está recogido en el convenio colectivo o no”, ha señalado.
Fuentes del sindicato explican que antes de que el trabajador tome una decisión por sí mismo, si no existe la regulación de situaciones de fuerza mayor en el convenio, consulten qué hacer con los representantes legales de los trabajadores en su empresa. La realidad en cada centro de trabajo es distinta, por lo que CCOO recomienda ser más “conservadores” para que los trabajadores no decidan por su cuenta, sino que cuenten antes con el respaldo de los compañeros para no tener problemas.
‼️El Gobierno garantiza la protección de las personas trabajadoras ante los problemas de suministro eléctrico.
— Ministerio Trabajo y Economía Social (@empleogob) April 28, 2025
Los permisos retribuidos están disponibles para trabajadores y trabajadoras afectadas. pic.twitter.com/Vi1p4bhqj4
CCOO ha publicado una guía rápida para saber cómo actuar estos días en la que señalan que "en ausencia de regulación específica en el convenio colectivo, tus representantes sindicales deben negociar con la empresa para evitar descuentos salariales o la obligación de recuperar las horas no trabajadas". También recomiendan tener comunicación por escrito con la empresa "para evitar posibles sanciones por ausencia" o retraso debido a los problemas de desplazamientos por los transportes.
El permiso al que se refiere el Ministerio de Trabajo fue aprobado en el Real Decreto-Ley 8/2024, de 28 de noviembre, a raíz de lo sucedido en la dana de finales de octubre. Las situaciones sobrevenidas han sido frecuentes en los últimos años, pero los pasos de actuación siguen sin estar definidos en los centros de trabajo al tratarse de shocks diferentes, por lo que de esta manera los trabajadores tendrían un amparo legal último.
Ni siquiera el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública ha realizado una comunicación oficial a los empleados públicos, según trasladan fuentes sindicales, por lo que cada departamento está gestionando la situación de manera particular. Por ejemplo, se está tratando de garantizar la atención presencial en las oficinas y en los servicios públicos básicos. Fuentes del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones señalan que las oficinas del Instituto Nacional de la Seguridad Social y de la Tesorería General de la Seguridad Social “están ofreciendo atención a los ciudadanos, si bien en algunos centros todavía no es posible garantizar la prestación del servicio al 100% en este momento”. Los portales web sí funcionan “con normalidad” para realizar trámites.
La empresa decide si hay teletrabajo
El permiso establece en el artículo 37.3 g) del Estatuto de los Trabajadores una duración de cuatro días “por imposibilidad de acceder al centro de trabajo o transitar por las vías de circulación necesarias para acudir al mismo, como consecuencia de las recomendaciones, limitaciones o prohibiciones al desplazamiento establecidas por las autoridades competentes, así como cuando concurra una situación de riesgo grave e inminente, incluidas las derivadas de una catástrofe o fenómeno meteorológico adverso”.
:format(jpg)/f.elconfidencial.com%2Foriginal%2F521%2Fc09%2F689%2F521c09689303bf359e7ffec8caaeb0c1.jpg)
Transcurrido ese tiempo, el permiso se prolongaría “hasta que desaparezcan las circunstancias que lo justificaron, sin perjuicio de la posibilidad de la empresa de aplicar una suspensión del contrato de trabajo o una reducción de jornada derivada de fuerza mayor”. Por otra parte, añade que cuando la naturaleza de la prestación laboral sea compatible con el trabajo a distancia y el estado de las redes de comunicación permita su desarrollo, “la empresa podrá establecerlo”. Es decir, la decisión de adoptar el teletrabajo es de la empresa.
- Apagón en España: todas las noticias de la caída de la luz, en directo
- Estado de las carreteras en directo tras el apagón en España: consulta los atascos y retenciones en Madrid, Barcelona, Valencia...
- ¿Qué sabemos hasta ahora del apagón? España aguanta gracias al diésel, Marruecos y Francia
Un día después del apagón, los transportes se están restableciendo y las comunicaciones ya funcionan en la práctica totalidad del país, pero las situaciones que afectan a cada trabajador continúan siendo muy diversas, desde los que han podido reanudar su actividad con normalidad hasta los que tienen problemas de desplazamientos e incluso de realización de las labores habituales de su puesto. Para estas circunstancias sobrevenidas, el Gobierno aprobó hace unos meses un permiso retribuido, pero las interpretaciones de su verdadera aplicación son diversas.