La Seguridad Social ofrece esta ayuda de 568 euros en España para las personas que no han cotizado lo suficiente
Quienes no alcanzan los 15 años de cotización exigidos para acceder a la jubilación ordinaria aún pueden optar por otro tipo de pensión
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Muchas personas en España se encuentran en una situación complicada al llegar a la edad de jubilación sin haber cotizado lo suficiente para acceder a una pensión contributiva. Para estos casos, la Seguridad Social dispone de una prestación que garantiza unos ingresos mínimos a quienes cumplen ciertos requisitos económicos.
Quienes no alcanzan los 15 años de cotización exigidos para acceder a una pensión contributiva aún pueden optar a una prestación no contributiva de jubilación e invalidez. Esta ayuda está destinada a personas en situación de vulnerabilidad económica que no cuentan con los recursos suficientes para su subsistencia. Los interesados deben cumplir con varios requisitos. En primer lugar, tener al menos 65 años y haber residido en España durante un período mínimo de 10 años, de los cuales al menos dos deben ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la solicitud.
Requisitos económicos para acceder a la ayuda
Además de los requisitos de edad y residencia, es necesario acreditar una carencia de ingresos suficientes. En 2025, el límite de ingresos personales anuales para poder optar a esta prestación es de 7.905,80 euros. No obstante, si el solicitante convive con familiares, la suma de los ingresos de todos los miembros de la unidad económica de convivencia no debe superar los siguientes umbrales:
- 2 convivientes: 13.439,86 euros anuales.
- 3 convivientes: 18.973,92 euros anuales.
- 4 convivientes: 24.507,98 euros anuales.
Si en la unidad de convivencia hay algún pariente de primer grado (padres o hijos), los límites aumentan:
- 2 convivientes: 33.599,65 euros anuales.
- 3 convivientes: 47.434,80 euros anuales.
- 4 convivientes: 61.269,95 euros anuales.
Cuantía de la ayuda en 2025 y dónde se solicita
En 2025, la cuantía de la pensión no contributiva se ha incrementado un 6,9% respecto al año anterior. Con esta subida, la prestación alcanza los 7.905,80 euros anuales, lo que equivale a 568,70 euros mensuales, distribuidos en 14 pagas.
Esta revalorización fue aprobada por el Consejo de Ministros en enero de 2025 como parte de la actualización de las pensiones contributivas y no contributivas. Es importante destacar que esta ayuda es incompatible con otras pensiones no contributivas, como la de invalidez, y tampoco puede combinarse con una pensión de viudedad. Sin embargo, quienes la reciben tienen derecho a asistencia médico-farmacéutica gratuita y a otros servicios sociales complementarios.
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Para solicitarla, los interesados deben dirigirse a los servicios de prestaciones de la Seguridad Social o al Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso), que gestiona estas ayudas en colaboración con las comunidades autónomas. La solicitud puede realizarse de manera presencial o telemática a través de la sede electrónica.
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