El estudio que valida las quejas de los riders: peor sueldo y menos empleo que antes de la ley
Se encuentran efectos indeseados sobre las condiciones laborales que disminuyen el bienestar de los repartidores, pero se solventarían bonificando cotizaciones sociales a las empresas que cumplen la norma
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La ley 12/2021, conocida como Ley Rider, estableció que los repartidores de las plataformas digitales de España deben ser empleados en vez de proveedores independientes con el objetivo de mejorar sus derechos laborales. La norma, liderada por el Ministerio de Trabajo, fue pionera y se ha replicado a nivel europeo a través de una directiva más amplia, pero la distancia entre sus intenciones y los efectos generados cada vez está más en cuestión.
Sin lugar a dudas, la ley ha producido una transformación del sector, dividiéndolo entre las empresas cumplidoras y las incumplidoras, y ha impactado en las condiciones laborales de los riders, aunque no de manera tan favorable como se pretendía. Así lo constata el reciente estudio Riders on the Storm, publicado por el instituto alemán de economía laboral (IZA), que concluye que la ley ha tenido efectos negativos en los salarios, las horas trabajadas y el volumen de empleo de los repartidores, especialmente entre los más vulnerables.
Estos perjuicios son aparentemente inexistentes si solo se tienen en cuenta los datos de evolución de empleo en el sector, que ha pasado de emplear a 25.000 repartidores en España antes de la ley a 35.000 en 2024. Sin embargo, los investigadores atribuyen este crecimiento a cuestiones de ciclo: “Debe considerarse a la luz de la tendencia de aumento de la demanda de pedidos de alimentos en línea desde la pandemia, junto con el consiguiente aumento del número de nuevas plataformas que entran en este sector”, señalan los autores.
Hay voces que llevan meses alertando de posibles efectos negativos de la Ley Rider. Un ejemplo es la organización sectorial de trabajadores, la Asociación Autónoma de Riders, que señala que alrededor del 65% de sus miembros están descontentos con la legislación porque reduce los salarios mensuales al restar libertad de decisión sobre el número de horas trabajadas de los empleados en las plataformas que cumplen la ley. Además, los que siguen subcontratados critican que tienen una demanda más débil de sus servicios.
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Tomando el indicio de estas quejas, los investigadores Juan J. Dolado, Álvaro Jáñez y Felix Wellschmied construyen un modelo que permite estimar un escenario contrafactual, es decir, cómo se habría comportado en términos macroeconómicos el sector de los riders si no se hubiera aplicado la ley, y lo hacen a partir de datos administrativos y de dos encuestas a riders. Los resultados obtenidos son que reduce el empleo en siete puntos porcentuales, los salarios medios por hora en un 3% y las horas trabajadas en un 2,5%. “Por lo tanto, concluimos que la reforma disminuye el bienestar de los riders en términos de unidades equivalentes de consumo”, señalan los autores.
Los riders más negativamente afectados por la ley son los que permanecen como autónomos en las empresas que no la cumplen, pero también se ven perjudicados los que ya son asalariados. Lo que sucede es que las sanciones administrativas recibidas por las plataformas que desafían la nueva normativa aumentan el coste marginal de los pedidos, lo que ha conducido a una menor demanda de mano de obra para los riders autónomos. Los repartidores autónomos tienen mayores tiempos de espera para recoger pedidos desde que se aprobó la ley, lo que se traduce en horas suministradas que no son retribuidas y reduce su salario por hora un 6,8% y las horas efectivas trabajadas en un 4,6%.
Ante esta pérdida de atractivo del autoempleo en el reparto, muchos buscan empleo como asalariados en las plataformas que sí cumplen, pero no todos lo consiguen. Según señala el estudio, las empresas que cumplen la ley no han podido absorber a todos los riders existentes previamente a pesar de que han aumentado su cuota de mercado. En concreto, solo han podido absorber el 46% de la disminución del empleo (6 de casi 13 puntos) en las empresas incumplidoras, Glovo y Uber Eats, que continúan usando total o parcialmente el modelo de subcontratación anterior a la ley. Por tanto, la tasa de desempleo entre los riders habría aumentado del 10% al 17%, aunque esta estimación no tiene en cuenta qué parte de los trabajadores del sector se habría ido a otros ante la pérdida de atractivo.
Además, la disminución de los salarios entre los riders autónomos tiene un efecto indirecto entre los asalariados porque, a medida que el trabajo por cuenta propia se hace menos atractivo en el sector, “la opción exterior para los repartidores asalariados empeora, debilitando su posición negociadora y reduciendo sus salarios”.
Bonificar cotizaciones sociales aliviaría el impacto
Uno de los motivos por los cuales las empresas que cumplen la ley no logran absorber todo el descenso del empleo de riders autónomos es que los empresarios que contratan asalariados tienen que pagar más impuestos, lo que “impide un mayor aumento de la mano de obra”. Además, aumentan los riders que prefieren permanecer desempleados a aceptar las condiciones de trabajo como autónomos y también crecen los que no encuentran atractivo el empleo en ninguna de las dos opciones en el sector porque los salarios no suben en el empleo asalariado.
Por ello, los autores exploran la hipótesis de cómo la introducción de una bonificación fiscal en las cotizaciones sociales que pagan los empresarios que contratan y cumplen la ley podría desempeñar “un papel útil para lograr un mayor impulso de su demanda de mano de obra”. Encuentran efectos positivos sobre el sector, incluso manteniendo las sanciones a las empresas que incumplen. Según los autores, esta medida aumentaría los salarios de los riders asalariados y la probabilidad de encontrar empleo en las empresas que cumplen al aumentar también la demanda de mano de obra.
En definitiva, los investigadores concluyen que bonificar las cotizaciones sociales a las empresas cumplidoras “habría mejorado sustancialmente los resultados negativos de la reforma”. Aunque reconocen que tiene un coste presupuestario, consideran que es “mínimo” dado que el sector de reparto de comida por internet “es una pequeña fracción del mercado laboral”. “Podría interpretarse como una subvención del conjunto de la economía al sector de los riders”, concluyen.
La ley 12/2021, conocida como Ley Rider, estableció que los repartidores de las plataformas digitales de España deben ser empleados en vez de proveedores independientes con el objetivo de mejorar sus derechos laborales. La norma, liderada por el Ministerio de Trabajo, fue pionera y se ha replicado a nivel europeo a través de una directiva más amplia, pero la distancia entre sus intenciones y los efectos generados cada vez está más en cuestión.