El requisito que exige la Seguridad Social para poder cobrar una prestación por incapacidad permanente absoluta
Los trabajadores deben cumplir requisitos de cotización, afiliación y evaluación médica para acceder a la prestación
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El acceso a la prestación por incapacidad permanente absoluta precisa de una serie de requisitos establecidos por la Seguridad Social. El solicitante debe estar afiliado y en alta en la Seguridad Social o en una situación asimilada al alta en el momento de la solicitud. Además, se exige que haya agotado el periodo de incapacidad temporal, cuya duración máxima en España es de 545 días, incluyendo prórrogas.
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Otro factor determinante es el período mínimo de cotización, salvo que la incapacidad se deba a un accidente o enfermedad profesional. Si el trabajador tiene menos de 31 años, debe haber cotizado un tercio del tiempo entre los 16 años y la fecha del hecho causante. Para los mayores de 31 años, se requiere al menos un cuarto del tiempo desde los 20 años (o desde los 16 en ciertos casos) hasta el hecho causante, con un mínimo de cinco años.
El reconocimiento de la incapacidad permanente absoluta requiere un informe médico del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) que acredite que la enfermedad o lesión incapacita al trabajador de forma permanente. No existe un listado cerrado de enfermedades para su concesión, pero algunas de las más comunes incluyen la esquizofrenia, el lupus, la hernia discal y el trastorno bipolar.
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En el caso de la gran invalidez, además de la incapacidad absoluta, el trabajador debe requerir ayuda para actividades básicas como vestirse, asearse o comer, acreditado por un informe médico. Esta condición supone un nivel de dependencia mayor y, por ello, la prestación económica se incrementa para cubrir las necesidades adicionales del afectado.
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El acceso a la prestación por incapacidad permanente absoluta precisa de una serie de requisitos establecidos por la Seguridad Social. El solicitante debe estar afiliado y en alta en la Seguridad Social o en una situación asimilada al alta en el momento de la solicitud. Además, se exige que haya agotado el periodo de incapacidad temporal, cuya duración máxima en España es de 545 días, incluyendo prórrogas.