Ya es oficial: Mercadona rebaja el IVA de estos productos al 4%
El Tribunal Supremo determinó que el IVA superreducido del 4% debe aplicarse a más productos
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El Tribunal Supremo determinó que el IVA superreducido del 4% debe aplicarse a más productos de panadería, una decisión que ha obligado a Hacienda a modificar su criterio. Hasta ahora, algunos de ellos tributaban al 10%, a pesar de que la legislación defiende que productos similares deben recibir el mismo tratamiento fiscal.
Tras la resolución judicial, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el Ministerio de Hacienda ha confirmado la reducción del impuesto, equiparando estos productos al pan común. La medida beneficia a numerosas referencias que hasta la fecha no podían acogerse al tipo impositivo reducido. En este contexto, grandes cadenas de distribución han comenzado a aplicar la rebaja en sus establecimientos.
Mercadona confirma la aplicación del nuevo IVA
La cadena de supermercados Mercadona ha sido una de las primeras en anunciar la actualización de precios en sus productos afectados. A través de un comunicado, la empresa ha informado a sus clientes: "Hoy comenzamos a aplicar la reducción del IVA en nuestros panes especiales en todas nuestras tiendas de España. El IVA en estos productos pasa del 10% al 4%". La compañía destaca que la implementación de esta medida ha sido posible gracias al esfuerzo de su equipo, garantizando que los clientes se beneficien de la bajada de impuestos desde este mismo viernes 28 de febrero.
La resolución recoge que el IVA superreducido se extiende a los panes que, según la normativa de calidad, entran en la categoría de pan especial. Esto incluye variedades como el pan sin gluten, el pan de molde, la baguette, la chapata, el pan tostado, los colines, los biscotes y el pan rallado.
Hoy comenzamos a aplicar la reducción del IVA en nuestros panes especiales en todas nuestras tiendas de España. El IVA en estos productos pasa del 10% al 4%. Agradecemos al equipo #Mercadona su esfuerzo para implementar esta medida en tiempo récord. pic.twitter.com/hXJNK3tEXO
— Mercadona (@Mercadona) February 28, 2025
Con esta decisión, se elimina la diferenciación fiscal entre el pan común y otras variantes que, hasta ahora, se veían penalizadas con un gravamen superior. La medida llega tras la finalización de la reducción temporal del IVA en alimentos básicos, impulsada por el Gobierno en respuesta a la inflación.
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El Tribunal Supremo determinó que el IVA superreducido del 4% debe aplicarse a más productos de panadería, una decisión que ha obligado a Hacienda a modificar su criterio. Hasta ahora, algunos de ellos tributaban al 10%, a pesar de que la legislación defiende que productos similares deben recibir el mismo tratamiento fiscal.