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Si no envías este documento antes del 31 de marzo, la Seguridad Social puede suspenderte la pensión
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PENSIONISTAS EN EL EXTRANJERO

Si no envías este documento antes del 31 de marzo, la Seguridad Social puede suspenderte la pensión

Todos aquellos pensionistas españoles que residan en el extranjero disponen de una novedosa aplicación que facilita el trámite.

Foto: El trámite podrá llevarse a cabo a través de una novedosa aplicación. (Andrea Piacquadio para Pexels)
El trámite podrá llevarse a cabo a través de una novedosa aplicación. (Andrea Piacquadio para Pexels)

Todos aquellos pensionistas españoles que residan en el extranjero deberán acreditar su vivencia antes del 31 de marzo para seguir recibiendo la pensión. Este trámite obligatorio, gestionado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y el Instituto Social de la Marina (ISM), determinará si los beneficiarios cumplen los requisitos para seguir percibiendo la prestación. La falta de acreditación dentro del plazo establecido puede suponer la suspensión del pago hasta que se regularice la situación.

Foto: María Jesús Montero, Félix Bolaños y Santos Cerdán, esta mañana en el Congreso. (Europa Press/Gabriel Luengas)

Para facilitar este proceso, los pensionistas disponen de varias opciones. La más novedosa es la aplicación VIVESS, que permite completar el trámite desde un dispositivo móvil mediante reconocimiento facial y validación de documentos. También es posible presentar un certificado de fe de vida a los Encargados del Registro Civil Consular o realizar la acreditación de manera presencial o telemática en las Consejerías o Secciones de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.

Más de 115.000 pensionistas que viven fuera de España han recibido una carta informativa con instrucciones para realizar el trámite. La implantación de VIVESS ha permitido que miles de personas completen la gestión de manera rápida y sencilla, evitando desplazamientos innecesarios. Durante el último año, esta herramienta ha facilitado la reactivación de más de 2.900 pensiones que fueron suspendidas por no acreditar la vivencia a tiempo.

Foto: Presta atención a los plazos (Europa Press/ Eduardo Parra)

Quienes no completen este trámite antes del 31 de marzo se enfrentarán a la suspensión del pago de su pensión. En caso de que esto ocurra, deberán presentar la acreditación cuanto antes para que la Seguridad Social reactive la prestación, aunque el retraso podría afectar la recepción de los ingresos mensuales.

Todos aquellos pensionistas españoles que residan en el extranjero deberán acreditar su vivencia antes del 31 de marzo para seguir recibiendo la pensión. Este trámite obligatorio, gestionado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y el Instituto Social de la Marina (ISM), determinará si los beneficiarios cumplen los requisitos para seguir percibiendo la prestación. La falta de acreditación dentro del plazo establecido puede suponer la suspensión del pago hasta que se regularice la situación.

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