La Seguridad Social ofrece casi 500 euros de ayuda a las personas que estén en este listado
La prestación del conocido como 'miniparo' está pensada para los ciudadanos en situación de desempleo que cumplan con una serie de condiciones previas.
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Buenas noticias para los españoles que se encuentran actualmente en situación de desempleo. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) otorga a estos usuarios diferentes ayudas y prestaciones económicas, destacando el conocido como ‘miniparo’. Dicho apoyo es ofrecido a las personas que, además de no disponer de empleo, presentan algunas circunstancias de mayor vulnerabilidad.
Entre ellos, se encuentran el porcentaje de ciudadanos que poseen una edad superior a los 52 años. Se trata de una herramienta que impulsa a las personas en situaciones de dificultad para su desempeño profesional. Dicha prestación no presenta un límite establecido, por lo que, los que la reciban, pueden hacerlo hasta lograr acceder a un nuevo puesto de trabajo o hasta que alcancen la edad de jubilación correspondiente.
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La cantidad que se ofrece con dicho subsidio es de 480 euros, lo que se traduce en el 80% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples). Esta será adquirida por sus beneficiarios en doce ingresos mensuales, sin pagas extras o bonificaciones adicionales.
Requisitos para solicitar el 'miniparo'
No obstante, los interesados deberán cumplir una serie de condiciones para solicitar este subsidio. El más predominante es el de presentar una edad de 52 años en adelante, además de haber concluido con la prestación contributiva por desempleo habitual o paro. En este sentido, se puede acceder a ella sin terminar dicha ayuda si durante la solicitud se acredita que no se está realizando ninguna actividad profesional, sumado a haber cotizado un mínimo de 90 días por desempleo de manera reciente.
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Por otro lado, los ingresos de los solicitantes no pueden ser superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Por supuesto, se deben seguir los requisitos mínimos para poder aspirar a la pensión contributiva por jubilación otorgada por la Seguridad Social, es decir, una cotización mínima total de 15 años, siendo dos de ellos en la última década y media.
De manera adicional, también se debe cotizar al menos seis años por desempleo, contando trabajos ajenos en el Régimen General de la Seguridad Social, el Sistema Especial Agrario, el Régimen de Trabajadores del Mar y los contratos de formación. Además de esto, si un beneficiario quiere seguir recibiendo la prestación, más allá de seguir cumpliendo con las condiciones anteriores, deberá presentar la Declaración Anual de Rentas, de forma que se pueda comprobar su situación de vulnerabilidad.
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