La Justicia europea tumba la estrategia de Bruselas para controlar las 'operaciones mortales'
El TJUE niega una interpretación amplia de las normas realizada por la Comisión Europea que le permitía actuar en operaciones que no llegaran al umbral exigido
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el intérprete último del derecho de la Unión, ha anulado este martes la decisión por la que la Comisión Europea bloqueó la adquisición de Grail por parte de Illumina, una operación que afectaba a dos compañías estadounidenses en el sector sanitario y que no contaba con una dimensión europea (es decir, no sobrepasa un determinado umbral de volumen de negocio en la Unión Europea que permite su revisión por parte de la Comisión). Se trata de una decisión histórica que niega la interpretación amplia de las normas de competencia que permitía a la Comisión Europea actuar en casos en los que las empresas implicadas no cumplieran las condiciones claramente reflejadas en la norma europea, pero donde existiera el potencial de generar un daño a la competencia en el mercado interior. El TJUE señala que esa interpretación es errónea. Bruselas no renuncia a poder controlar estas operaciones, pero tendrá que buscar una vía para hacerlo que esté en línea con la decisión de la justicia europea.
La estrategia de la dirección general de Competencia del Ejecutivo comunitario consiste en acogerse al artículo 22 del Reglamento de Concentraciones con una interpretación que circuló en 2021, conocida como la "Guía Artículo 22", y en la que expresaba que se proponía, "en determinadas circunstancias, fomentar y aceptar las remisiones en casos en que el Estado miembro remitente no tenga competencia inicial sobre el asunto". El artículo 22 está enfocado a cubrir posibles "brechas de competencia", y se conocía como "cláusula holandesa", estableciendo un mecanismo por el que los Estados miembros pueden pedir a la Comisión Europea que revise una operación que no queda cubierta por sus normas nacionales. Se llamaba así porque Países Bajos ni siquiera tiene esas normas nacionales, y ofrecía así una ruta para que las autoridades holandesas pudieran pedir a la Comisión Europea que revisara posibles operaciones que pudieran poner en riesgo la competencia.
En sus directrices de 2021, Bruselas buscaba apuntar hacia lo que se conoce como "killer acquisitions", algo así como "adquisiciones mortales", entendidas como operaciones en las que todavía no se cumplen con los umbrales establecidos que permiten a la Comisión Europea analizar y bloquear una operación, pero en las que existe potencial de que se vayan a superar esos umbrales en el futuro o cuando una empresa cuenta con una tecnología clave que hace que su "importancia competitiva no se refleja en su volumen de negocio". Era una manera de actuar preventivamente ante industrias que crecen a gran velocidad.
La operación de Illumina y Grail fue la primera vez en la que una autoridad nacional, la francesa, se acogió a esta "Guía Artículo 22", y pidió a la Comisión que la evaluara. Se unieron otras autoridades: Bélgica, Grecia, Países Bajos y dos países del Espacio Económico Europeo, Islandia y Noruega. Las compañías recurrieron a la justicia europea, y el Tribunal General de la Unión Europea (TUE) dio la razón al Ejecutivo comunitario y a la interpretación realizada por el equipo de Margrethe Vestager, vicepresidenta ejecutiva de la Comisión Europea a cargo de Competencia, ahora negada por el TJUE.
Vestager ha respondido a la sentencia del TJUE defendiendo la necesidad de controlar estas operaciones. “Una empresa con un volumen de negocios limitado puede seguir desempeñando un papel competitivo importante en el mercado, como empresa emergente con un potencial significativo o como importante innovadora. Las ‘adquisiciones asesinas’ tratan de neutralizar a las empresas pequeñas pero prometedoras como posibles fuentes de competencia. A menudo, el tamaño de estas empresas se ve limitado por las grandes corporaciones que pretenden adquirirlas, y deben ser protegidas contra el riesgo de eliminación”, ha explicado la danesa.
Cuando en 2022 la Comisión prohibió la operación, admitió que "la transacción propuesta no alcanzaba los umbrales de volumen de negocios del Reglamento de concentraciones de la UE, y no fue notificada en ningún Estado miembro", sin embargo, explicó que "cumplía los criterios de remisión con arreglo al artículo 22 del Reglamento de Concentraciones de la UE". "En particular, la Comisión consideró que la transacción propuesta afectaría al comercio en el mercado único y amenazaba con afectar significativamente a la competencia en el territorio de los Estados miembros que presentaron la solicitud de remisión, y que ésta era apropiada porque la importancia competitiva de Grail no se refleja en su volumen de negocios", señaló el Ejecutivo comunitario.
Ahora, el alto tribunal de Luxemburgo señala que este "erró al concluir que la interpretación gramatical, histórica, sistemática y teleológica del Reglamento de Concentraciones permitía que las autoridades nacionales de defensa de la competencia solicitaran a la Comisión el examen de concentraciones que no solamente no son de dimensión europea, sino que, además, quedan fuera de sus competencias respectivas de control por no alcanzar los umbrales nacionales aplicables". Se trata de un duro golpe para Vestager, que durante su etapa al frente de Competencia, entre 2014 y 2019 como comisaria y entre 2019 y 2024 como vicepresidenta, ha potenciado una interpretación más ofensiva y arriesgada de las normas de competencia. En el último año la danesa y su equipo han sufrido varios reveses en la justicia europea, que no ha compartido su interpretación en distintos casos.
Según el TJUE, "el Tribunal General se equivocó al declarar que dicho Reglamento (de Concentraciones) establece un ‘mecanismo corrector’ - que estaría recogido en el artículo 22 - cuyo objeto es el control efectivo de todas las concentraciones que afecten de forma significativa a la estructura de la competencia en la Unión". Así, el alto tribunal de Luxemburgo reafirma que la manera de determinar si una operación debe ser revisada o no son los umbrales: "El Tribunal de Justicia considera a ese respecto que los umbrales fijados para definir si una operación debe o no ser notificada son una importante garantía de previsibilidad y seguridad jurídica para las empresas afectadas. Estas deben poder determinar fácilmente si su proyecto de operación tiene que ser objeto de examen previo y, en caso afirmativo, por parte de qué autoridad y con arreglo a qué requisitos procedimentales", explica.
La interpretación amplia que la Comisión Europea hace del Reglamento de Concentraciones no es casual. Es la conclusión de un largo periodo de consultas y trabajo técnico. Las consultas comenzaron en 2016, y en 2020 Vestager anunció que habría una revisión de la aplicación de las normas, enfocado precisamente a start-ups, empresas tecnológicas o sanitarias en las que una operación temprana podía tener efectos graves en la competencia del futuro.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el intérprete último del derecho de la Unión, ha anulado este martes la decisión por la que la Comisión Europea bloqueó la adquisición de Grail por parte de Illumina, una operación que afectaba a dos compañías estadounidenses en el sector sanitario y que no contaba con una dimensión europea (es decir, no sobrepasa un determinado umbral de volumen de negocio en la Unión Europea que permite su revisión por parte de la Comisión). Se trata de una decisión histórica que niega la interpretación amplia de las normas de competencia que permitía a la Comisión Europea actuar en casos en los que las empresas implicadas no cumplieran las condiciones claramente reflejadas en la norma europea, pero donde existiera el potencial de generar un daño a la competencia en el mercado interior. El TJUE señala que esa interpretación es errónea. Bruselas no renuncia a poder controlar estas operaciones, pero tendrá que buscar una vía para hacerlo que esté en línea con la decisión de la justicia europea.
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