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Las empresas renuncian a las cláusulas de descuelgue salarial pese a la crisis
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cuenta con el respaldo de los sindicatos

Las empresas renuncian a las cláusulas de descuelgue salarial pese a la crisis

Cuando las empresas arrastran dificultades, tienen la posibilidad de no cumplir lo pactado en el convenio en materias como el salario. Pero en la práctica han renunciado al decuelgue.

Foto: La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, en el Congreso. (EFE)
La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, en el Congreso. (EFE)

El artículo 82.3 del Estatuto de los Trabajadores fue una de las novedades de la última reforma laboral (2012). Ese artículo, en concreto, habilita las empresas a no aplicar el convenio colectivo correspondiente cuando concurran determinadas circunstancias económicas, técnicas, organizativas o de producción. O lo que es lo mismo, cuando las empresas arrastren dificultades, tienen la posibilidad de no cumplir lo pactado en la negociación colectiva en materias como el salario, la jornada laboral o el trabajo a turnos. ¿Qué está pasando en esta crisis? Pues que, al contrario que en la anterior, los empresarios están renunciando a acogerse a esa cláusula, que exige negociarla con los sindicatos.

En concreto, y según los datos más recientes, apenas 459 empresas que representan a 14.921 trabajadores se habían acogido a esta posibilidad hasta el pasado mes de octubre. Es decir, prácticamente la mitad respecto de las 926 empresas que inaplicaron el convenio colectivo el año pasado en igual periodo de tiempo. Pero con una diferencia. Mientras que la economía creció el año pasado un 2%, en 2020, en términos anuales, está cayendo a un ritmo del 8,7%.

Hay que tener en cuenta que las últimas cifras reflejan una subida de los salarios del 1,93%, muy por encima de la inflación, que en octubre pasado descendió un 0,8%. En el caso de los convenios de empresa, que son los que pueden acogerse a la inaplicación, el incremento es del 1,62%.

Las últimas cifras reflejan una subida de los salarios del 1,93%, muy por encima de la inflación, que en octubre descendió un 0,8%

La renuncia es especialmente significativa en una coyuntura como la actual, y contrasta con lo que ocurrió en 2013, en medio de la segunda recesión, cuando 2.512 empresas con 159.550 trabajadores se acogieron a la posibilidad de no aplicar el convenio colectivo correspondiente.

En esta ocasión, también es muy significativo el hecho de que la renuncia a aplicar el convenio ha contado con el respaldo casi total de los representantes de los trabajadores. En concreto, en el 95% de los casos, lo que ha permitido no tener que acudir a ningún laudo obligatorio, pese a que en más de la mitad de las inaplicaciones la renuncia afecta al salario de los trabajadores, que de esta manera no han podido cobrar los incrementos pactados en convenio.

Según el último informe de CCOO, el 74% de los acuerdos de inaplicación registrados en 2020 se produjo en empresas pequeñas; sin embargo, estos acuerdos solo afectan al 35% del total de trabajadores; el 15% en empresas medianas, que vinculan al 34% de los trabajadores, y un 7% en las grandes, que afectan al 31% de los empleados. Por sectores de actividad, en los tres últimos años la mayoría de los acuerdos se producen en empresas del sector servicios.

Concretamente, el 64%. El segundo lugar lo ocupa el sector de la construcción, con un 16% de los acuerdos, por delante de industria, si bien el número de personas afectadas es mayor en el sector industrial que en la construcción, lo que tiene que ver con el reducido tamaño de las empresas de la construcción frente a empresas más grandes del sector industrial. El sector agrario es el que menor número de inaplicaciones registra: en 2020, el 4% del total, aunque afectan al 13% de los trabajadores.

Foto: La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz (EFE)

La causa de evolución tiene que ver con la ralentización de la negociación colectiva por la pandemia, pero también con el hecho de que las empresas con mayores dificultades financieras, principalmente en el sector servicios (turismo, hostelería o transporte), tienen a sus trabajadores en suspensión de empleo a través de un ERTE, por lo que el convenio colectivo está en la práctica suspendido.

Hay que tener en cuenta que si en 2019, entre enero y septiembre, se firmaron y registraron 777 convenios colectivos, en 2020, en igual periodo, apenas se han alcanzado los 330, lo que supone la cifra más baja de las series históricas. En total, 419.742 trabajadores, cuando un año antes por estas fechas se alcanzaban los 1,46 millones de asalariados, lo que da idea de la parálisis que se ha producido en la negociación colectiva nueva respecto de otros años.

Otro factor que explica lo que está sucediendo tiene que ver con un fenómeno que no se produjo en la anterior recesión de forma tan intensa: la destrucción del tejido empresarial.

Los últimos datos del Ministerio de Trabajo reflejan que tan solo en el mes de marzo, al comienzo de la pandemia, el número de empresas registradas en la Seguridad Social por contar con algún trabajador cayó en 85.873. A partir de mayo, coincidiendo con el levantamiento progresivo de las restricciones impuestas por el estado de alarma, el número de empresas volvió a crecer, excepto en agosto, cuando se volvió a registrar un ligero descenso, hasta los 1,27 millones. En septiembre, sin embargo, la cifra ha vuelto a crecer en 9.680 empresas más. Aun así, hoy hay 84.327 empresas menos de las que había en febrero, el mes inmediatamente anterior a la declaración del estado de alarma.

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Otro factor tiene que ver con la plurianualidad de los convenios colectivos, que hace que su eficacia en cuanto a incrementos salariales se haya aplicado desde el 1 de enero. Es decir, antes de que la pandemia hiciera acto de presencia en España. Según CCOO, de los 2.770 convenios que han registrado el incremento salarial para este año, 2.493 —el 90%, que afecta a 6, 81 millones de trabajadores— son plurianuales que iniciaron su vigencia antes de 2020 y que han registrado la revisión salarial para el año en curso. Por lo tanto, se trata de revisiones automáticas. Los restantes 277 convenios, que afectan a 244.504 personas, corresponden a los que han iniciado su vigencia en 2020.

El artículo 82.3 del Estatuto de los Trabajadores fue una de las novedades de la última reforma laboral (2012). Ese artículo, en concreto, habilita las empresas a no aplicar el convenio colectivo correspondiente cuando concurran determinadas circunstancias económicas, técnicas, organizativas o de producción. O lo que es lo mismo, cuando las empresas arrastren dificultades, tienen la posibilidad de no cumplir lo pactado en la negociación colectiva en materias como el salario, la jornada laboral o el trabajo a turnos. ¿Qué está pasando en esta crisis? Pues que, al contrario que en la anterior, los empresarios están renunciando a acogerse a esa cláusula, que exige negociarla con los sindicatos.

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