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El sistema de módulos se consolida como un nido de “fraude y blanqueo”
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SEGÚN UN ESTUDIO EDITADO POR HACIENDA

El sistema de módulos se consolida como un nido de “fraude y blanqueo”

Uno de los mayores pozos de fraude fiscal está a la vista de todos. Así lo pone de relieve un estudio publicado por Hacienda que denuncia que el sistema de módulos facilita el blanqueo

Foto: Imagen de Markus Spiske en Unsplash.
Imagen de Markus Spiske en Unsplash.

“El régimen de estimación objetiva ha sido utilizado por algunos sujetos pasivos con fines espurios muy alejados de aquellos para los que fue concebido, convirtiéndolo en un instrumento para el fraude fiscal y el blanqueo de capitales”. Así de contundente se muestra un artículo publicado por 'Crónica Tributaria' —una revista editada por el Ministerio de Hacienda—, en el que se llega a la conclusión de que este sistema de tributación debe ser expulsado, no basta con reformarlo, del ordenamiento jurídico.

El artículo, firmado por el profesor Juan Jesús Martos García, de la Universidad de Granada, responde a una pregunta, ¿qué hacer con el régimen de estimación objetiva?, que es uno de los tres sistemas que utiliza Hacienda desde 1992 para determinar la base imponible de un contribuyente, junto a la estimación directa e indirecta.

El estudio va en la misma dirección que otros trabajos publicados en los últimos años por numerosos fiscalistas, incluido el que elaboró la llamada comisión Lagares, que en febrero de 2014 también reclamó “la desaparición de los regímenes modulares e indiciarios de estimación de bases imponibles”.

Foto: Imagen de la huelga del sector del taxi de Madrid. (EFE) Opinión
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Como recuerda el artículo, publicado por el Instituto de Estudios Fiscales (IEF), este sistema funcionó sin apenas control hasta finales de 2006, pero desde entonces todos los gobiernos, independientemente de que hubieran sido del PP o del PSOE, han intentado poner restricciones a su uso, conscientes de que se trata de un régimen con elevado fraude que posibilita, además, la emisión de facturas falsas con el fin de blanquear capitales obtenidos de forma ilícita. Entre las prácticas más comunes, igualmente, se encuentra la utilización de esas facturas ficticias para que un tercero se proveche de ellas y pueda desgravarse su factura fiscal.

En el régimen de estimación objetiva, como se sabe, y a diferencia de los métodos de estimación directa, el beneficio a computar por el empresario no se obtiene por la diferencia entre ingresos y gastos reales, sino que se renuncia a su cuantificación en favor de una estimación’ basada en diversas variables atendiendo al tipo de actividad.

Rendimientos reales

En la última orden ministerial, publicada el pasado 30 de noviembre, se incluyen sectores como la ganadería, la fabricación de pan, el comercio al por menor, los restaurantes, los taxis, los servicios de mudanzas y hasta los institutos de belleza, que tributan no por sus beneficios sino en función de una serie de parámetros determinados por Hacienda. Y más recientemente, el pasado 28 de diciembre, se prorrogó un año más el periodo transitorio (y van cuatro ejercicios) para tributar por el sistema de estimación directa, que es más gravoso porque recoge los rendimientos reales y no los ficticios. Es decir, no hay cambios pese a que el sistema es un pozo de fraude.

Foto: Hervé Falciani. (Reuters)

La solución que se ha apuntado es limitar el número de contribuyentes que se benefician del sistema de módulos, pero el artículo del profesor Martos García sostiene que “restringir el número de actividades y de contribuyentes que pueden estar en estimación objetiva reducirá el volumen de fraude, pero no acabará con él”.

Entre las figuras más habituales a la hora de realizar operaciones fraudulentas, se encuentra la ausencia de declaración de compras y ventas para no sobrepasar los límites de exclusión. Es decir, que se ocultan operaciones de cara al fisco, lo cual genera dinero negro, para que Hacienda no pueda gravarlas.

Un sistema opaco

Algunos fiscalistas han propuesto aumentar las restricciones a la hora de beneficiarse de la estimación objetiva, pero, en opinión del autor, eso “no cierra definitivamente la puerta del blanqueo de capitales”. Esto se explicaría por el carácter opaco de los ingresos.

Foto: El expresidente de Sacyr, Luis del Rivero, sale de la Audiencia Nacional. (EFE)

Como dice el estudio, si la mayor parte de los clientes son consumidores a los que no hay obligación de identificar (no es necesario emitir facturas a consumidores finales) y dado que suelen utilizar un volumen alto de pagos en efectivo, “seguiremos teniendo en la estimación objetiva un instrumento idóneo para el blanqueo de capitales”.

Frente a quienes piensan que el sistema de estimación objetiva simplifica los trámites para los pequeños empresarios, o que facilita los pagos a Hacienda porque asegura la recaudación independientemente de la situación coyuntural de la empresa, el artículo recupera una frase de la comisión de expertos que recordaba que “en pleno siglo XXI, hasta los aparatos electrónicos de computación más simples son capaces de llevar una contabilidad más o menos completa de cualquier actividad económica”.

Foto: TV3. (Raúl Arias)

Y en este sentido, se recuerda que en el País Vasco, gracias a su autonomía foral, las diputaciones provinciales derogaron la estimación objetiva como medio de determinación del rendimiento neto de las actividades económicas. Y no ha pasado nada. Solo que hay menos fraude.

Los datos más recientes de Hacienda, correspondientes a 2017, muestran que el tipo efectivo de las actividades económicas empresariales sujetas a módulos fue del 7,5%, mientras que en el caso de restaurantes, comercio, hospedaje y reparaciones, fue del 8,4%. Pero es que en las actividades relacionadas con el transporte y las comunicaciones, el tipo efectivo (lo que realmente se paga respecto del rendimiento) es del 2,32%. En total, 422.033 actividades empresariales se benefician del sistema de módulos.

Para situar el contexto de esta realidad, hay que recordar que, según Hacienda, el tipo efectivo en el caso de la estimación directa se sitúa en el 21,3%. Es decir, el triple que en módulos. Ese porcentaje desciende hasta el 17,3% si se trata de actividades empresariales. O el 23,9% para profesionales.

“El régimen de estimación objetiva ha sido utilizado por algunos sujetos pasivos con fines espurios muy alejados de aquellos para los que fue concebido, convirtiéndolo en un instrumento para el fraude fiscal y el blanqueo de capitales”. Así de contundente se muestra un artículo publicado por 'Crónica Tributaria' —una revista editada por el Ministerio de Hacienda—, en el que se llega a la conclusión de que este sistema de tributación debe ser expulsado, no basta con reformarlo, del ordenamiento jurídico.

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