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Por qué los agricultores han estallado contra Planas tras regular la venta a pérdidas
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habrá que estudiar cada caso con lupa

Por qué los agricultores han estallado contra Planas tras regular la venta a pérdidas

La nueva normativa complica el proceso para sancionar esta práctica, pues ya no bastará con demostrar que el precio de venta es inferior al precio de compra

Foto: Los agricultores y ganaderos no están contentos con la nueva regulación de la venta a pérdidas. (EFE)
Los agricultores y ganaderos no están contentos con la nueva regulación de la venta a pérdidas. (EFE)

La nueva normativa de venta a pérdidas no ha sentado bien a los productores españoles. Todos ellos se muestran perplejos ante el real decreto (R/D) aprobado el pasado viernes en Consejo de Ministros, un año después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) anulase un artículo de la ley que regula esta práctica. La parte positiva es que el Gobierno pone punto y final a un año de vacío legal. Lo malo para el eslabón más débil de la cadena es que los procesos para multar a los infractores se complican hasta niveles insospechados y quedan sujetos a la libre interpretación de los organismos sancionadores, en contraste con lo sugerido por el ministro de Agricultura. Luis Planas se había comprometido a intensificar la lucha contra esta mala praxis, pero sus palabras no se han traducido en hechos a ojos de los agricultores.

La norma en cuestión es la Ley del Comercio Minorista, que hasta ahora contemplaba la prohibición general de la venta a pérdidas en caso de que se demostrase que el precio de venta al público era inferior al precio de compra (vía facturas) y afectaba a los intereses de los consumidores. Todo cambió cuando el mayorista murciano Europamur recurrió la sanción que le había puesto el Gobierno autonómico ante el TJUE alegando que el motivo de la multa no estaba contemplado en la normativa comunitaria, y ganó. El veredicto del año pasado sirvió para dejar claro que la legislación española necesitaba un cambio para ajustarse a la europea, pues no puede existir un prohibición absoluta sino supuestos de deslealtad.

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El Gobierno recoge el guante con un R/D que elimina dicha prohibición con carácter general y vincula la venta a pérdidas a cuatro supuestos de competencia desleal: cuando sea susceptible de inducir a error a los consumidores acerca del nivel de precios de otros productos de la misma tienda, cuando quiera desacreditar la imagen de un producto o establecimiento ajeno, cuando forme parte de una estrategia encaminada a eliminar a un competidor del mercado o cuando ofrezca información falsa o engañosa sobre el precio o la existencia de ventajas específicas. Si ninguna de estas hipótesis se prueba, no se podrá sancionar a los que incurran en venta a pérdidas.

Ya no bastará con aportar las facturas para acreditar la venta a pérdidas, ni habrá sanción fuera de cuatro supuestos

“Valorar la intención del que comete esta práctica es muy complicado y, sobre todo, difícil de demostrar. Puede conllevar un caos administrativo (…) Desde ahora se tendrá que probar caso por caso”, a riesgo de que los organismos sancionadores (es decir, las comunidades autónomas) actúen de manera arbitraria o se basen en criterios subjetivos, advierten fuentes del sector.

Antes bastaba con aportar las facturas de compra y venta que acreditasen esa mala praxis. “Nadie se tomaba la molestia de realizar una prueba exhaustiva. Pero ahora la carga de la prueba recaerá en la Administración, quien deberá demostrar que el acusado incurre en una de las cuatro conductas. Es un cambio radical de enfoque”, explica Nathalie Klefisch, socia y encargada de derecho público en Marimón Abogados.

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Las asociaciones de productores (Asaja, COAG y UPA) vaticinan serios problemas jurídicos por culpa de una norma “farragosa” que, a su juicio, solo servirá para entorpecer las futuras aperturas de expediente. Incluso califican el R/D como “un paso atrás inaceptable” que juega en contra de sus intereses. Su visión contrasta con las palabras del ministro de Agricultura, Luis Planas, quien considera que la nueva regulación aporta una mayor seguridad jurídica.

El responsable técnico de la cadena agroalimentaria de Asaja, José Ramón Díaz, no oculta su decepción con el ministro. “Nos ha dejado desprotegidos, pese a que estamos en una clara situación de desventaja. Aun así, tendemos la mano al Gobierno para reconducir la situación”, señala a este periódico. El nuevo real decreto bebe de la Ley de Competencia Desleal, que también castiga la venta por debajo del coste de producción pero relega el conflicto a los tribunales.

Qué proponen los agricultores

En efecto, los sindicatos agrarios han solicitado una reunión urgente con Planas para presentar sus propuestas. La primera, integrar la venta a pérdidas en la Ley de la Cadena Alimentaria, donde se recogen las especificidades del sector agrario. La segunda, dotar a la Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA) —dependiente del Ministerio de Agricultura— de nuevas competencias para sancionar esta práctica, una función que ahora recae en las comunidades autónomas, pese a que cada una aplica la normativa de manera desigual.

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En la actualidad, AICA vela por el buen funcionamiento de la cadena, inspecciona, sanciona prácticas como el incumplimiento de los plazos de pago o la ausencia de contratos y traslada indicios a las CCAA en los casos de venta a pérdidas. “Si ese organismo tuviera potestad para multar a los que venden por debajo del coste de producción, sería todo mucho más sencillo”, zanjan los productores. Queda por ver si el Gobierno atiende las demandas de COAG, Asaja y UPA, aunque parece poco probable. Las organizaciones lamentan que se haya impuesto la tesis del Ministerio de Comercio frente a la de Agricultura.

La Federación de Industrias de Alimentación y Bebidas (FIAB) tampoco está satisfecha. “La reforma del Gobierno es insuficiente y se ha quedado a medio camino entre la permisividad y la prohibición de la venta a pérdidas, al limitarla a los casos de deslealtad o engaño”, indica en declaraciones a este periódico. La patronal critica que la nueva normativa quede sujeta a la libre interpretación de la Administración y los tribunales de Justicia, “con la incertidumbre que puede provocar y con la poca aplicación práctica que puede llegar a tener”.

La nueva normativa de venta a pérdidas no ha sentado bien a los productores españoles. Todos ellos se muestran perplejos ante el real decreto (R/D) aprobado el pasado viernes en Consejo de Ministros, un año después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) anulase un artículo de la ley que regula esta práctica. La parte positiva es que el Gobierno pone punto y final a un año de vacío legal. Lo malo para el eslabón más débil de la cadena es que los procesos para multar a los infractores se complican hasta niveles insospechados y quedan sujetos a la libre interpretación de los organismos sancionadores, en contraste con lo sugerido por el ministro de Agricultura. Luis Planas se había comprometido a intensificar la lucha contra esta mala praxis, pero sus palabras no se han traducido en hechos a ojos de los agricultores.

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