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El TS da carpetazo al conflicto que pudo llevarse por delante al pequeño comercio
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avala el impuesto a las grandes superficies

El TS da carpetazo al conflicto que pudo llevarse por delante al pequeño comercio

La patronal ANGED intentó que los tribunales consideraran ese tributo como discriminatorio y, por tanto, una subvención encubierta a los demás. De haber ganado, las pymes habrían tenido que pagar los platos rotos

Foto: Las grandes superficies pierden la guerra judicial contra las comunidades que gravaron su impacto en el medio ambiente con un impuesto
Las grandes superficies pierden la guerra judicial contra las comunidades que gravaron su impacto en el medio ambiente con un impuesto

Varapalo del Tribunal Supremo (TS) a los grandes almacenes. La patronal que representa a gigantes de la talla de El Corte Inglés, Carrefour o Fnac (ANGED) ha perdido la batalla judicial contra las comunidades autónomas que aplicaron un impuesto de carácter medioambiental a las grandes superficies a partir del año 2001, como Cataluña, Aragón o Asturias. La sentencia publicada este mes confirma que dicho tributo es legal pese al revuelo tanto en el sector público como en las empresas, que no dudaron en recurrir a todas las vías posibles para dejarlo sin efecto. También lo pelearon en Bruselas, donde intentaron demostrar que esos tributos se traducían en una supuesta ayuda estatal a otros operadores —como los 'retailers' digitales, tiendas especializadas o pymes minoristas— sin obligación de pagarlos.

Esa vía argumental pasó más desapercibida en el proceso pero escandaliza tanto a una parte de la industria como a los pequeños comerciantes, quienes habrían tenido que pagar el pato en caso de que los tribunales hubieran fallado a favor de ANGED. "Habría sido catastrófico, con consecuencias nefastas para el conjunto del sector. ANGED debería haber buscado otros mecanismos para 'tumbar' el impuesto, pero no a costa de los demás", opina José Guerrero, secretario general de la Confederación Española del Comercio (CEC). El Estado fue el primero en recurrir la aplicación del impuesto (en 2001) por motivos competenciales, si bien el Tribunal Constitucional dio la razón a las CCAA. Años más tarde, la patronal de los grandes almacenes lo impugnó ante el Tribunal Supremo mientras inició reclamaciones en la UE. En concreto, denunció a España ante la Comisión Europea por infracción del derecho comunitario en dichos tributos autonómicos y motivó dos líneas de investigación por parte de Bruselas.

Foto: El presidente de El Corte Inglés, Dimas Gimeno, ha sido el telonero de Mariano Rajoy este martes.

La primera, por presunto incumplimiento de los Tratados debido al posible carácter discriminatorio de los impuestos, pues podían favorecer a las empresas comerciales españolas frente a las detentadas por accionistas extranjeros. La segunda y más polémica, por supuesta ayuda de Estado a otros operadores indebidamente exentos del pago. En paralelo, el Supremo presentó una cuestión prejudicial al Tribunal Europeo de Justicia (TJUE) a instancias de ANGED para que este determinara si los impuestos son compatibles con el derecho comunitario. Y el TJUE los avaló. Como ya se esperaba, el TS ha hecho lo propio con una sentencia definitiva contra la que no cabe recurso, para disgusto de las grandes superficies. Si la doctrina de las ayudas estatales hubiera triunfado, la película sería muy distinta.

"ANGED llevó el caso al Tribunal de Luxemburgo asumiendo que el resto del comercio podían hacerse cargo de los platos rotos"

La patronal "cruzó todas las líneas rojas" al presionar para que ese tributo se considerase como subvención encubierta. "Llevó el caso ante el tribunal de Luxemburgo asumiendo que el resto del comercio podía pagar los platos rotos, y no le importó. Optó por el 'si me lo como yo, se lo comen todos'", critican fuentes del sector. Esas mismas fuentes cifran el impacto económico para el conjunto del sector en unos 1.661 millones de euros si la sentencia hubiera sido favorable a ANGED, unas estimaciones elaboradas a partir de los datos más recientes de superficie comercial y la fórmula para calcular el impuesto en cada CCAA. En el caso de Cataluña, el 'roto' habría sido de 584 millones de euros, por encima de Aragón (237 millones) pero por debajo de Asturias (840 millones) por la diferente metodología en su aplicación. Si Bruselas hubiera condenado a España, el pago de la sanción habría salido del bolsillo de todos los españoles.

ANGED no ve sentido al debate entre pequeños y grandes. La patronal de la gran distribución pone el acento en las "graves distorsiones" que generan estos impuestos en una sociedad en plena transformación digital, donde los operadores tipo Amazon no están sujetos al estricto corsé regulatorio de las grandes tiendas físicas. "Necesitamos una legislación flexible y moderna (...) España sigue siendo el segundo país con más restricciones al libre comercio", recuerdan fuentes de esta organización no sin antes advertir de sus efectos en términos de empleo y riqueza. "La aplicación de este tributo puede ser tan legal como insostenible, pues amplía los desequilibrios fiscales entre operadores físicos y 'online'", insistía la patronal de El Corte Inglés en uno de sus últimos comunicados al respecto.

placeholder Los establecimientos con más de 2.500 metros cuadrados de superficie deberán seguir pagando el impuesto en Cataluña, Aragón y Asturias.
Los establecimientos con más de 2.500 metros cuadrados de superficie deberán seguir pagando el impuesto en Cataluña, Aragón y Asturias.

El impuesto es una tarifa progresiva dirigida a todas aquellas superficies con más de 2.500 metros cuadrados, como pueda ser El Corte Inglés, Ikea, Leroy Merlin o Media Markt. Su objetivo teórico es compensar el impacto de los grandes almacenes sobre el territorio y el medio ambiente. Guerrero (CEC) comprende que ANGED pueda sentir agravio comparativo frente a otras grandes empresas no afectadas por el tributo —como los supermercados o las cadenas de ropa—, pero censura su 'modus operandi'. "Los que menos tienen que ver con este tema son los pequeños comerciantes. Aun así, nos han metido a todos en un mismo saco".

Las CCAA aplauden la sentencia

Al igual que la Confederación Española del Comercio, las comunidades autónomas que en su día aplicaron el tributo celebran tanto la postura del TJUE como la sentencia del Tribunal Supremo, y justifican el porqué de las medidas. "En Cataluña, los grandes establecimientos comerciales (con más de 2.500 metros cuadrados) representan el 0,2% del total pero provocan el 45% de las emisiones contaminantes. Nuestro tributo —vigente desde 2001— fue reformulado en 2017 para adaptarlo a las recomendaciones de la UE y reforzar su carácter ambiental, gravando también las externalidades negativas que provoca el acceso en vehículo privado a las grandes superficies", explican fuentes del departamento catalán de Economía y Hacienda a este periódico. Asimismo, se incorporan los centros comerciales y las tiendas con más de 1.300 metros cuadrados situadas fuera del casco urbano.

Cataluña fue la primera comunidad en crear dicho impuesto, seguida por Navarra, La Rioja, Canarias, Asturias y Aragón. Solo sigue vigente en la primera y las dos últimas citadas. Asturias valora una sentencia que viene a ratificar su tesis: "Nos encontramos ante un tributo que no grava la actividad comercial sino las externalidades negativas desde 2003 (...) Siempre apelamos al principio de que el que contamina, paga", aclaran desde el gobierno de esa comunidad autónoma.

Foto: El Corte Inglés es una de las empresas representadas a través de ANGED en los grupos de trabajo.

Por su parte, Aragón cobra el impuesto a partir de los 2.000 metros cuadrados de superficie (siempre que tengan aparcamiento). En su caso, esta medida formó parte de un proyecto medioambiental que también englobaba otro tributo sobre emisiones contaminantes a la atmósfera. "Sí detectamos asociaciones de comerciantes que mostraron su inquietud ante la resolución judicial", confirman desde el gobierno aragonés. La recaudación en esa CCAA ascendió a 8,9 millones de euros en 2016, frente a los 15 millones de Cataluña o los 5,5 millones de Asturias.

"El Tribunal Supremo por fin nos da tranquilidad y despeja cualquier incertidumbre. Afortunadamente, ha imperado el sentido común", zanjan desde la Confederación Española del Comercio. La sentencia pone punto y final a 17 años de polémicas y líos judiciales. Ahora queda por ver si otras comunidades autónomas imitarán a Cataluña, Aragón o Asturias para dar un impulso a su recaudación en nombre del medio ambiente.

Varapalo del Tribunal Supremo (TS) a los grandes almacenes. La patronal que representa a gigantes de la talla de El Corte Inglés, Carrefour o Fnac (ANGED) ha perdido la batalla judicial contra las comunidades autónomas que aplicaron un impuesto de carácter medioambiental a las grandes superficies a partir del año 2001, como Cataluña, Aragón o Asturias. La sentencia publicada este mes confirma que dicho tributo es legal pese al revuelo tanto en el sector público como en las empresas, que no dudaron en recurrir a todas las vías posibles para dejarlo sin efecto. También lo pelearon en Bruselas, donde intentaron demostrar que esos tributos se traducían en una supuesta ayuda estatal a otros operadores —como los 'retailers' digitales, tiendas especializadas o pymes minoristas— sin obligación de pagarlos.

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