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Declaración de la renta, a última hora: guía rápida para hacerla el último día (sin olvidos)
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Declaración de la renta, a última hora: guía rápida para hacerla el último día (sin olvidos)

El próximo 2 de julio finaliza el plazo para presentar la declaración de la renta, y ya sólo quedan dos opciones para hacerlo: a través de la página web y a través de la aplicación para móvil

Foto: Una contribuyente utiliza la 'app' para presentar la declaración de la renta
Una contribuyente utiliza la 'app' para presentar la declaración de la renta

Ya ha llegado el día: hoy, 2 de julio, es una fecha marcada en rojo en el calendario de aquellas personas que todavía no han presentado la declaración de la renta. Es la última ocasión para hacerlo una vez cumplidos los plazos para domiciliar el ingreso —que concluía el pasado 27 de junio— y para solicitar una cita previa que permitiera presentarla de forma presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria, cuya fecha límite era el viernes pasado. También era el último día para realizar el trámite por teléfono a través del servicio 'Le llamamos', por lo que ahora sólo quedan dos opciones:

A través de la web

En la página web de la Agencia Tributaria, cada año se genera una sección específica para la declaración, a la que se puede acceder desde la misma portada. El Portal de Renta 2017 muestra todos los datos de interés para presentarla, desde la fecha de comienzo de campaña a los datos fiscales de cada usuario, pasando por las declaraciones que ya han sido presentadas: a través del servicio de tramitación del borrador/declaración (Renta Web), al que se puede acceder por varias vías, se puede confeccionar, modificar y presentar la declaración. ¿Qué necesito para entrar en el servicio?

  • Clave pin: para hacerlo de este modo es imprescindible estar registrado previamente en el sistema Cl@ve.
  • Certificado o DNI electrónico.
  • Número de referencia: en primer lugar, hay que acceder al servicio RENØ para obtener el número, que en 2018, en lugar de enviarse a través de un mensaje de texto al teléfono móvil, se podrá consultar directamente en la pantalla o en la 'app'.

A través de la aplicación

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La 'app' para hacer la declaración de la renta | EFE

La otra opción es utilizar la aplicación para móvil que la Agencia Tributaria ha incorporado este año con el fin de presentar las declaraciones de forma más sencilla. A través de este servicio disponible para IOS y Android se puede acceder a los datos fiscales, al número de referencia o a mensajes, y se puede presentar la declaración. La aplicación también permite al contribuyete solicitar el número de referencia para acceder a los datos fiscales, así como identificarse mediante certificado electrónico y la cl@ve pin.

En total, la Agencia Tributaria estima en 4,8 millones el número de contribuyentes que podrán confirmar su declaración a través de este sistema, quienes no necesiten aportar información adiciona al borrador. Todos aquellos que necesiten completar la información de su borrador serán redirigidos desde la aplicación al programa Renta Web para que la incluyan.

Gastos deducibles que no debes olvidar

Además de las rentas del trabajo y de otros beneficios económo del ejercicio de 2017, hay una serie de conceptos de los que uno se puede deducir y que no cabe olvidar en el momento de hacer la declaración:

  • Cuotas sindicales o correspondientes a colegios profesionales, siempre y cuando sea obligatorio estar colegiado para el ejercicio de la profesión. Estas deducciones, con carácter general, están limitadas a 500 euros anuales.
  • Gastos en abogados para defenderse de la empresa (con un límite de 300 euros).
  • Donaciones a partidos políticos. Se podrá desgravar un 20% del dinero abonado a un partido político en concepto de cuota de afiliación, con un máximo de 600 euros.
  • Deducciones autonómicas. Cada comunidad autónoma ofrece conceptos deducibles distintos, por lo que a la hora de hacer la declaración es importante revisar las páginas correspondientes a estos conceptos, ya que puede encontrase con beneficios, como por ejemplo el alquiler, que tras ser retirado como deducible a nivel estatal, sigue siéndolo en muchas regiones.
  • Deducción por la compra de vivienda habitual con anterioridad a 2013. Podrán beneficiarse de una deducción en este concepto aquellos que compraron una vivienda habitual antes de la fecha señalada y que se dedujeron por este concepto en declaraciones de 2012 o anteriores.
  • Rehabilitación o ampliación de vivienda habitual con anterioridad a 2013. También pueden beneficiarse de deducciones aquellos que inviertieron dinero en reformar o ampliar su casa antes de 2013, siempre que las obras finalizasen antes de 2017.

Ya ha llegado el día: hoy, 2 de julio, es una fecha marcada en rojo en el calendario de aquellas personas que todavía no han presentado la declaración de la renta. Es la última ocasión para hacerlo una vez cumplidos los plazos para domiciliar el ingreso —que concluía el pasado 27 de junio— y para solicitar una cita previa que permitiera presentarla de forma presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria, cuya fecha límite era el viernes pasado. También era el último día para realizar el trámite por teléfono a través del servicio 'Le llamamos', por lo que ahora sólo quedan dos opciones:

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