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Los notarios quieren un certificado para evitar el fraude en el comercio electrónico
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RECLAMAN LEYES PARA FACILITAR LOS MOVIMIENTOS TRANSFRONTERIZOS DE LAS EMPRESAS

Los notarios quieren un certificado para evitar el fraude en el comercio electrónico

El 4º Congreso de los notarios europeos debatirá dos cuestiones: la seguridad en el comercio electrónico y los movimientos transfronterizos de empresas

Foto: José Manuel García Collantes. (Foto: notariosyregistradores.com)
José Manuel García Collantes. (Foto: notariosyregistradores.com)

El Brexit ha inaugurado un nuevo ciclo de deslocalizaciones empresariales. Pero no solo el Brexit. También la globalización y la integración europea, y los 40.000 notarios europeos se han puesto manos a la obra para impedir que las normas restrinjan la libre circulación de empresas que proclaman los tratados europeos.

Una primera discusión se producirá en el 4º Congreso de los notarios europeos, en el que se parte de una idea: en la UE hay libertad en el movimiento de personas físicas, pero en el caso de las empresas “es más complicado porque toca los intereses nacionales”.

Según José Manuel García Collantes, presidente de los notarios europeos, “la realidad es que, en ocasiones, una empresa tiene una oficina comercial en un país, su centro de producción está en otro y, por último, su sede está en un tercero. ¿Qué legislación se le aplica?", se pregunta Collantes.

Tiene que haber también libertad real de circulación de las empresas

Esto es lo que se debatirá en Santiago entre el 4 y 5 de octubre. Y es que, según el presidente de los notarios europeos, “tiene que haber también libertad real de circulación de las empresas, pero lo que sucede es que en muchas ocasiones las empresas solo pretenden beneficiarse de las ventajas de otros países”.

“Esto preocupa, sobre todo, en Alemania”, asegura Collantes, “donde la idea de la cogestión, la participación de los trabajadores en la gestión de las empresas, ha cuajado y muchas sociedades no aceptan ese sistema, y por eso desplazan sus centros de decisión a otros países para que no se les apliquen las leyes de cogestión”.

La legislación española prevé ya la posibilidad de que un acreedor o un accionista minoritario puedan dirigirse tanto a la sede social como a la sede real

Collantes reconoce: “Llevamos más de 15 años discutiendo sobre esto, y parece que ahora la Comisión Europea quiere tomar decisiones”. Se busca una solución parecida a la que se ha dado a las fusiones transfronterizas. Una de las salidas que se apuntan es que se pueda considerar domicilio no solo donde la empresa tiene su sede principal sino también otros domicilios. “Hay otro tema importante”, sostiene, “tenemos que aclarar a los accionistas o acreedores en qué países tienen mayor protección”.

La legislación española prevé ya la posibilidad de que un acreedor o un accionista minoritario puedan dirigirse tanto a la sede social como a la sede real. Y lo que proponen los notarios es que su colectivo pueda colaborar para eliminar “la incertidumbre actual, porque muchas empresas no conocen las condiciones necesarias para trasladar una empresa a otro país”.

Desplazamientos en libertad

El traslado de sede, no hay que olvidarlo, es un derecho de las empresas. Lo que se reclama es una legislación a nivel comunitario que garantice que una empresa pueda desplazarse con total libertad. “Es verdad”, sostiene García Collantes, “que el tema es complejo porque se entra en el núcleo duro de los estados, que es la recaudación. Pero nosotros podemos aportar nuestra experiencia diaria”. El problema, en su opinión, no es solo la fiscalidad, sino también los derechos que se reconocen a los accionistas minoritarios o a los acreedores que pueden afectar a las sociedades. “No se puede utilizar el cambio de domicilio para ignorar los derechos y las obligaciones de las empresas”, recalca el presidente de los notarios europeos.

Hay que establecer un catálogo clarísimo de obligaciones del oferente y de derechos del comprador de servicios 'online'

La otra gran cuestión que tratarán los notarios en el Congreso de Santiago de Compostela será la protección de los consumidores que hagan compras por internet. Según García Collantes, existe “una cierta sensación de inseguridad por parte de los ciudadanos, y los notarios tenemos el mejor soporte tecnológico para transmitir datos y analizar las causas que explican esa desconfianza”.

Los responsables de la fe pública recuerdan que la persona o la empresa que están al otro lado “van a disponer" de sus "datos", de su "tarjeta de crédito", y lo que quieren es que "todos los consumidores sepan los derechos y las obligaciones que tienen en sus operaciones de compra". "Hay que establecer un catálogo clarísimo de obligaciones del oferente y de derechos del comprador de servicios 'online”, señala.

La UE está legislando sobre esto desde hace tiempo, pero parcialmente. Según Collantes, es cierto que hay un conjunto de derechos de los consumidores en las legislaciones nacionales, “pero la verdad es que pocos los conocen, y además, ¿quién garantiza que esos derechos que aparecen en las páginas web son en realidad los que existen?”. Su propuesta es sencilla: “Nosotros queremos que haya un control general por parte de los notarios de las condiciones de contratación que aparecen en una página web, y ver si efectivamente esos derechos son los que aparecen en las directivas comunitarias”.

Ese sello se convertiría en una especie de certificado multilingüe que se pudiera exhibir por todos los países de la Unión Europea

Expresado de otra manera, el notario o las cámaras notariales podrían entrar en la página web para hacer una especie de control de legalidad, de policía, para garantizar que se cumplen las leyes.

Los notarios, incluso, apuntan a la posibilidad de que el controlador compruebe que se cumplen las normas y a continuación se entregue un sello notarial de conformidad, con lo que el consumidor tendría plenas garantías de que lo que compra se amolda a los derechos comunitarios. Es decir, ese sello se convertiría en una especie de certificado multilingüe que se pudiera exhibir por todos los países de la Unión Europea.

Ese certificado electrónico no solo acreditaría la identidad de la persona, del consumidor, sino también su capacidad para contratar, por ejemplo, que el consumidor es mayor de edad o que no tiene límites para poder realizar esa operación. Los notarios recuerdan que la firma electrónica es insuficiente para garantizar el buen funcionamiento de las compras a través de internet.

El Brexit ha inaugurado un nuevo ciclo de deslocalizaciones empresariales. Pero no solo el Brexit. También la globalización y la integración europea, y los 40.000 notarios europeos se han puesto manos a la obra para impedir que las normas restrinjan la libre circulación de empresas que proclaman los tratados europeos.

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