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Cómo reclamar para recuperar el IRPF de la prestación por maternidad
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la sentencia no genera jurisprudencia

Cómo reclamar para recuperar el IRPF de la prestación por maternidad

Aunque la reciente sentencia del TSJM se ciñe a un caso concreto, abre la puerta a que muchas personas puedan reclamar la devolución del IRPF desde 2012

Foto: Vista del interior de una delegación de Hacienda. (EFE)
Vista del interior de una delegación de Hacienda. (EFE)

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha dictado una sentencia en la que dictamina que Hacienda debe devolver la tributación por IRPF de una prestación por maternidad.

El tribunal ha fallado a favor de una contribuyente que había solicitado la devolución de los 3.135 euros que había pagado en concepto de IRPF tras recibir una prestación por maternidad que ascendió a 11.679 euros. Esta sentencia contradice lo dictado por el Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid, que previamente había desestimado la petición de la demandante, al entender que esas rentas estaban sujetas al IRPF como “rendimiento del trabajo”.

En el fallo, el TSJM afirma que la prestación por maternidad recibida tiene que estar “forzosamente incluida” en el artículo 7 de la Ley de IRPF, por lo que debe quedar exenta.

Si se agota la vía administrativa, el siguiente paso es iniciar un procedimiento judicial con la interposición de un recurso contencioso administrativo ante el TSJ

Desde Legálitas, señalan que el efecto de la sentencia del TSJM se ciñe a un caso concreto, pero abre la puerta a que muchas personas puedan reclamar la devolución del IRPF desde 2012. A la espera de que se haga una unificación doctrinal, la firma jurídica opina que la decisión del TSJM ha elevado las posibilidades de ganar el procedimiento en vía judicial.

¿Qué tengo que hacer para reclamar?

“En primer lugar, debemos presentar una solicitud de rectificación de la correspondiente autoliquidación del IRPF”, explica Paula Caro, socia del área de Fiscal de Olleros Abogados. “Debemos argumentar que se trata de una renta exenta”. La abogada recuerda que esta sentencia es tanto aplicable a las prestaciones por maternidad como por paternidad.

Caro señala que, “casi con toda certeza”, este primer escrito será resuelto de forma desfavorable, por lo que deberá acudirse a la vía de recurso: “Es posible que la AEAT, para desestimar la rectificación solicitada, argumente que el artículo 7 de la Ley de IRPF no recoge las prestaciones por maternidad abonadas por el INSS". Cabe recordar que esta sentencia no crea jurisprudencia.

Si efectivamente recibe una resolución desestimatoria, el siguiente paso sería interponer una reclamacion económico-administrativa ante el Tribunal Económico Administrativo Regional competente. “A la vista de la sentencia del TSJ, se abre la posibilidad de que los tribunales Económico-Administrativos puedan cambiar su doctrina”, señala la abogada, quien recuerda que el problema de estos tribunales es la “demora” de sus resoluciones: “Estamos hablando de tres años, más o menos”, apostilla.

Si se agota sin éxito la vía administrativa, el siguiente paso es iniciar un procedimiento judicial mediante la interposición de un recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia correspondiente. “Los costes para el contribuyente afectado aumentan, por lo que deberá valorarse si efectivamente compensa económicamente acudir a esta vía", señala Caro. Para las mujeres que han sido madres este año, Caro aconseja presentar una autoliquidación por el IRPF incluyendo dichas prestaciones y posteriormente presentar una solicitud de rectificación de la misma.

Los técnicos de Hacienda, en contra

Tras conocer la sentencia, los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) consideran que la exención del pago choca con los principios de igualdad y progresividad fiscal de la Constitución.

En un comunicado, Gestha opina que las exenciones solo deben establecerse por razones “muy fundamentadas y justificadas”. A diferencia de Legálitas, Gestha cree que no se van a generalizar estos pleitos “porque el criterio del TSJM no tiene por qué ser el criterio de otros tribunales superiores en otras comunidades autónomas, ni tampoco excluye que se produzca un cambio de criterio del propio TSJM”.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha dictado una sentencia en la que dictamina que Hacienda debe devolver la tributación por IRPF de una prestación por maternidad.

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