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Economía devuelve el poder al Banco de España para los rescates y las derramas
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EL FONDO DE GARANTÍA NO PODRÁ DAR PREBENDAS

Economía devuelve el poder al Banco de España para los rescates y las derramas

La enésima norma de rescates bancarios que aprueba el Gobierno devuelve por sorpresa poderes al Banco de España en perjuicio del FROB y a pesar de que el BCE supervisa a los mayores bancos

Foto: Luis Linde (segundo por la izquierda) y Luis de Guindos (derecha) en el funeral de Emilio Botín. (EFE)
Luis Linde (segundo por la izquierda) y Luis de Guindos (derecha) en el funeral de Emilio Botín. (EFE)

Después de expulsar al Banco de España del FROB y asumir su control total -pese al pataleo del gobernador Luis Linde-, Luis de Guindos ha devuelto inesperadamente competencias importantes al antiguo supervisor nacional en dos temas muy delicados: el rescate de entidades en apuros y las aportaciones que van a tener que hacer los bancos tanto al Fondo de Garantía de Depósitos como al nuevo Fondo de Resolución Europeo. La medida sorprende todavía más puesto que esta devolución de competencias se hace a costa del propio FROB (el fondo público de rescate bancario) y a pesar de que el Banco de España ya no supervisa a las 15 mayores entidades españolas, sino que lo hace directamente el BCE.

Estas medidas aparecen en el Reglamento de la Ley de Recuperación y Resolución de Entidades de Crédito aprobado este viernes por el Consejo de Ministros. Este texto establece, en primer lugar, que los bancos deben elaborar un plan de recuperación con las medidas que tomarán en caso de atravesar dificultades. Y ese plan no debe ser aprobado por el FROB ni por Economía ni por el BCE, sino por el Banco de España, que incluso puede sancionar a las entidades si no se adecúa a sus exigencias. Esto se debe a que el BdE ha sido nombrado "autoridad de resolución preventiva", la figura a la que Bruselas otorga estas competencias.

Los bancos deben elaborar un plan de recuperación con las medidas que tomarán en caso de atravesar dificultades y ese plan debe ser aprobado por el BdE

Además, el organismo que gobierna Linde será el encargado de elaborar otro plan, llamado de resolución, que se aplicará en caso de que las dificultades de la entidad sean tan grandes que no sea posible superarlas con el primer plan y deban entrar en fase de resolución, es decir, que tengan que ser rescatadas. Fuentes de Economía afirman que estas competencias no chocan con la pérdida de la supervisión de las principales entidades a manos del BCE: "El BCE incluye a inspectores del Banco de España en la supervisión de las entidades españolas, por lo que siguen conociendo su estado pese al traspaso de competencias al supervisor europeo", explican.

El BdE decidirá cuánto aporta cada entidad

Y no acaba ahí la cosa. El Banco de España también tendrá una nueva capacidad muy golosa: decidirá cómo se repartirán entre los diferentes bancos los 11.700 millones que tendrá que aportar el sector de aquí a 2024: 5.300 millones para el Fondo de Resolución Europeo y 6.400 para el Fondo de Garantía de Depósitos nacional. Hasta ahora, esta última aportación -la otra es nueva y se empezará a realizar en 2016- se hacía en función del volumen de depósitos de cada entidad; en adelante, se ponderará por el riesgo de cada banco... y el Banco de España será el que determine cuál es ese riesgo en cada caso.

Todo este poder podía haber ido a manos del FROB, pero el ministro ha preferido que el fondo de rescate tenga sólo un poder en la "fase ejecutiva", es decir, cuando hay que rescatar una entidad; y como mero ejecutor, puesto que la decisión de intervenir la tomará el Mecanismo Único de Resolución, la pata dedicada a esta tarea del BCE. Eso sí, el fondo español conserva como gran competencia la gestión y venta de las participaciones que el Estado mantiene todavía en las entidades nacionalizadas, Bankia y BMN. Una cuestión que va a ser crucial después de las elecciones del 20-D.

Prohibido usar el FGD para rescatar bancos

El nuevo reglamento también prohíbe definitivamente que el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) pueda utilizarse para la resolución de entidades como ha ocurrido con fruición en España. El Gobierno de Zapatero y el Banco de España bajo el gobierno de Miguel Ángel Fernández Ordóñez decidieron utilizar el FGD para otorgar esquemas de protección de activos (EPA, es decir, garantías contra pérdidas futuras) para atraer compradoras a las subastas de CCM, de la CAM y de Unnim para no hacerlo con dinero público y que no computaran como déficit en unos tiempos en que éste llegó a superar el 11% del PIB.

A partir de ahora, ningún Gobierno podrá volver a hacer lo mismo pese a que resulte muy tentador (esta misma necesidad de no incrementar el déficit es la que llevó al ejecutivo actual a forzar que el 55% de Sareb pasara a manos de accionistas privados). Esto se deriva del nuevo esquema europeo de resolución bancaria, según el cual primero deben asumir pérdidas los accionistas, titulares de deuda y depositantes (por encima de 100.000 euros); después se inyectará dinero del Fondo de Resolución Europeo dotado por el sector; y sólo en caso de que fuera insuficiente -y de que lo considere imprescindible el Gobierno- se podrá usar dinero público, pero nunca el del FGD.

Después de expulsar al Banco de España del FROB y asumir su control total -pese al pataleo del gobernador Luis Linde-, Luis de Guindos ha devuelto inesperadamente competencias importantes al antiguo supervisor nacional en dos temas muy delicados: el rescate de entidades en apuros y las aportaciones que van a tener que hacer los bancos tanto al Fondo de Garantía de Depósitos como al nuevo Fondo de Resolución Europeo. La medida sorprende todavía más puesto que esta devolución de competencias se hace a costa del propio FROB (el fondo público de rescate bancario) y a pesar de que el Banco de España ya no supervisa a las 15 mayores entidades españolas, sino que lo hace directamente el BCE.

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