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El Banco Santander cobró de manera impropia 7,3 millones en comisiones de su gestora
  1. Economía
SENTENCIA DE LA AUDIENCIA NACIONAL

El Banco Santander cobró de manera impropia 7,3 millones en comisiones de su gestora

La Audiencia Nacional ha admitido como hecho probado que el Banco Santander percibió entre los años 2003 a 2007 un total de 7,3 millones de euros

Foto: El Banco Santander cobró de manera impropia 7,3 millones en comisiones de su gestora
El Banco Santander cobró de manera impropia 7,3 millones en comisiones de su gestora

La Audiencia Nacional ha admitido como hecho probado que el Banco Santander percibió entre los años 2003 a 2007 un total de 7,3 millones de euros en concepto de comisiones que debían haber sido transferidas a dos fondos de inversión comercializados por Santander Asset Management, la sociedad gestora del grupo que preside Emilio Botín. La sentencia desestima el recurso de la entidad financiera contra la multa de 14 millones de euros impuesta por la exvicepresidenta económica, Elena Salgado, a instancias de una infracción muy grave denunciada por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).

El organismo regulador que entonces presidía Julio Segura consideró que la gestora del Banco Santander estaba vulnerando la Ley de Instituciones de Inversión Colectiva en su régimen de ingresos, comisiones y gastos imputables a dos fondos garantizados bajos las denominaciones de Santander Superselección 2 y Fondo Super 100. Las prácticas que motivaron el conflicto están relacionadas con las llamadas "retrocesiones", que, según la jerga al uso en el mercado financiero, sirve para identificar las dobles comisiones que se generan cuando un fondo de inversión invierte, a su vez, en otros fondos alternativos.

Los partícipes tienen que pagar su propia comisión y la del producto ajeno, pero la magnitud de las cantidades permite a las gestoras negociar a la baja, reduciendo los costes de intermediación. La CNMV cuestionó que el dinero ahorrado no fuera a parar a los propietarios de los fondos, sino a la entidad matriz de la gestora, que era el Banco Santander. El organismo regulador abrió un expediente sancionador que se saldó con una infracción considerada “muy grave” que fue dictada en agosto de 2011 y confirmada después por resolución del Ministerio de Economía en septiembre de ese mismo año con una multa de 14 millones de euros.

El Banco Santander recurrió a la vía judicial aseverando que no había existido perjuicio para los clientes finales, que recibieron íntegramente la rentabilidad prevista. La Audiencia no niega dichos extremos, pero en la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo se exponen con cierta crudeza los hechos objeto del pleito con la CNMV. La resolución de los tribunales considera “claramente demostrado” que la gestora conocía que las retrocesiones originadas por la inversión de los fondos gestionados por Santander AM en otros fondos debían ser abonados a estos.

Según los mismos términos de la sentencia, la Comisión de Valores había trasladado a este tipo de instituciones de inversión colectiva la prohibición de aplicar retrocesiones que no tuvieran a los fondos como beneficiarios cuando la inversión se realizaba a través de productos derivados. Los dos mencionados productos comercializados por Santander AM invertían en derivados OTC contratados con JP Morgan Chase Bank, BNP Paribas y Merrill Lynch Internacional.

Incumplimiento continuado entre los años 2003  a 2007

La ponente del tribunal, María Asunción Salvo, destaca en la resolución que la entidad gestora no sólo pertenece al Grupo Santander, sino que el Banco es accionista directo suyo. A partir de esta consideración añade que “resulta difícil aceptar que siendo consciente de la práctica de retroceder comisiones por volumen contratado por parte de las instituciones de inversión colectiva (IIC) extranjeras, desconociese que el Banco recibía las retrocesiones”.

La sentencia afirma que esta conducta supone un “incumplimiento continuado” de la obligación de actuar en beneficio o interés de los partícipes de dos instituciones de inversión colectiva administradas por Santander AM. La Audiencia Nacional especifica el perjuicio causado a cada fondo sobre el patrimonio a 30 de septiembre de 2007, que alcanza los 4,46 millones de euros en el caso del Fondo Superselección y de 2,85 millones para el Fondo Super 100.

El Fondo Superselección 2 fue la segunda edición de un primer fondo que permitió al antiguo Banco Santander Central Hispano (BSCH) captar hasta 2.000 millones de euros en un mes. La gestora garantizaba en un plazo de 42 meses el capital invertido más el 75% de revalorización de una cesta de diez fondos escogidos entre los mejores del mundo, de acuerdo con la clasificación de Standard & Poor’s. El Super 100 era un fondo de la misma naturaleza que aseguraba rentabilidades sobre la base de inversiones en otras instituciones de inversión colectiva.

La actividad de la gestora del Banco Santander ha supuesto, sin embargo, un mal negocio por cuanto que la multa de 14 millones de euros ha sido una de las más escandalosas impuestas por el Gobierno para castigar una actuación de las que el organismo supervisor considera “muy grave”. La sanción podría haber alcanzado cinco veces la cifra de comisiones impropias, pero la falta de agravantes o antecedentes disciplinarios ha permitido establecer su límite en el doble de la infracción. En todo caso, un serio revés para la reputación social de la primera corporación bancaria de España en un momento en el que precisamente no pintan oros, sino más bien bastos, en el mercado financiero español.

La Audiencia Nacional ha admitido como hecho probado que el Banco Santander percibió entre los años 2003 a 2007 un total de 7,3 millones de euros en concepto de comisiones que debían haber sido transferidas a dos fondos de inversión comercializados por Santander Asset Management, la sociedad gestora del grupo que preside Emilio Botín. La sentencia desestima el recurso de la entidad financiera contra la multa de 14 millones de euros impuesta por la exvicepresidenta económica, Elena Salgado, a instancias de una infracción muy grave denunciada por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).