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Los casos de ''insolvencia sobrevenida no dolosa'' podrán evitar el desahucio
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ACOTAR EL RIESGO JURÍDICO Y CONCEDER UNA NUEVA OPORTUNIDAD

Los casos de ''insolvencia sobrevenida no dolosa'' podrán evitar el desahucio

Trabajo contrarreloj. El Gobierno prepara relevantes cambios legales para dar respuesta al creciente malestar y alarma social surgidos a raíz de las tres muertes de ciudadanos

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Los casos de ''insolvencia sobrevenida no dolosa'' podrán evitar el desahucio

Trabajo contrarreloj. El Gobierno prepara relevantes cambios legales para dar respuesta al creciente malestar y alarma social surgidos a raíz de las tres muertes de ciudadanos que se quitaron la vida en el momento en que iban a ser desahuciados de su vivienda o negocio. Este mismo lunes, representantes del Ejecutivo y de la oposición, que han formado un equipo de trabajo compuesto por seis expertos, adelantarán las bases del nuevo marco jurídico con el que se pretende atajar esta situación y conceder periodos de carencia o prórroga que eviten los desahucios, una solución que pasará, entre otros aspectos, por modificar la Ley Concursal sobre personas físicas, según fuentes que participan en el proceso.

El Gobierno pretende ampliar el régimen de garantías que incluye la Ley Concursal para personas físicas y emprendedores, de manera que pueda equipararse a la figura empresarial. Esta sería la manera legal de esquivar el artículo 1.911 del Código Civil por el que un particular tiene que responder con sus bienes presentes y futuros para para cumplir con la deuda hipotecaria. Se trata de atajar un problema creciente que con el aumento del deterioro económico, como refleja una tasa de paro superior al 25%, ha provocado que el impago de los préstamos avalados con el hogar, cuya morosidad representa sólo el 3%, haya derivado ya en más de 400.000 desahucios desde que comenzó la crisis.

La urgencia provocada por los acontecimientos luctuosos ha acelerado las reformas en camino, que pretendían resolver los procedimientos de sobreendedudamiento de familias de manera similar a los del resto de la UE, un especie de compendio de las prácticas que se llevan a cabo en Francia, Alemania y Suecia, "probablemente el modelo más perfecto", señala uno de los expertos que participa en el diseño. Esta solución en curso estaría más acorde con los usos continentales en lugar de la debatida dación en pago (liquidación del total de la deuda con la entrega de la garantía hipotecaria, que en la mayoría de casos se circunscribe a la propia vivienda) que se utiliza en la legislación de EEUU.

Uno de los cambios en discusión, respecto a la modificación de la Ley Concursal, tiene que ver con la creación de un procedimiento extrajudicial o extraconcursal, en el que se llevaría a cabo una mediación entre familia y acreedores para reestructurar la deuda. Los deudores que sí tuviesen viabilidad y acordasen con los bancos un convenio en esta primera fase, no iniciarían un proceso concursal. Para los casos en los que el plan de pagos no fuera viable se contemplaría una moratoria que impidiera el desahucio una vez que se hubieran liquidado todos los bienes del deudor que demostrase haber incurrido en una situación de "insolvencia sobrevenida no dolosa", la figura jurídica concebida para estos casos.

Este argumento, en negociación con la banca, permitiría ofrecer a los acreedores garantías para discriminar las posibles situaciones de abuso a que pudiera dar lugar esta alternativa y al mismo tiempo se conseguiría conceder una “segunda oportunidad” al deudor de buena fe, al que se facilitaría un “nuevo comienzo” para que tenga la posibilidad de incorporarse de nuevo al sistema, solución que han defendido desde hace tiempo expertos y activistas, que como el abogado Carlos Guerrero han apoyado esta vía como respuesta ante "la deficiente regulación de la insolvencia", que provoca "graves tensiones de liquidez coyunturales de las familias que acaban convirtiéndose en insolvencias definitivas".

Soluciones en marcha con retraso

El propio ministro de Justicia, Alberto Ruíz Gallardón, reconoció el pasado mes de septiembre en una entrevista al diario Expansión que el Gobierno estaba trabajando ya sobre un modelo para articular medidas que abordaran "los supuestos de sobrendeudamiento. Se están estudiando las diversas soluciones adoptadas en otros países para aplicar en España la que más se adapte a nuestras circunstancias". Este trabajo, sin embargo, llega con retraso a la luz de los acontecimientos pero también de acuerdo al calendario previsto, pues por mandato de las Cortes tenía que haber presentado el pasado mes de junio un informe sobre la aplicación de la reforma de la Ley Concursal aprobada en octubre de 2011.

Como reconocía el político popular, el trabajo en marcha está referido "más que por la dación en pago, por el diseño de un procedimiento extraconcursal en el que se favorezca la renegociación de la deuda de la persona natural y que, incluso con las debidas garantías, llegue a suponer en los casos de buena fe una cancelación del resto de las deudas contraídas. A ello se han de sumar otras mejoras que equiparen la situación de los ciudadanos y las familias en los concursos con la de las empresas”. Además, de manera paralela, el equipo de trabajo también pretende sacar adelante una ampliación del código de buenas prácticas bancarias aprobado el pasado marzo para evitar situaciones de abuso.

También forma parte del campo de trabajo la posible revisión de la Ley de Enjuiciamiento Civil, de manera que "se suavice" la relación de fuerzas contractual entre el prestatario moroso y el acreedor y sea el juez quien pueda determinar de oficio la congelación del desalojo en caso de apreciar la existencia de cláusulas abusivas. En este sentido, la reciente sentencia del Tribunal de Justicia Europeo dictaminó el pasado jueves que la ley española sobre desahucios viola la Directiva 93/13 de la Unión Europea al permitir la introducción de cláusulas abusivas en los contratos de préstamos hipotecarios que establecen los bancos y que, en caso de incumplimiento, acaban en la ejecución forzosa del desalojo.