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El Gobierno fija en 63 años la edad mínima para las jubilaciones anticipadas
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PROPUESTA AL PACTO DE TOLEDO

El Gobierno fija en 63 años la edad mínima para las jubilaciones anticipadas

Jubilarse de forma anticipada será más difícil. El secretario de Estado de la Seguridad Social, Tomás Burgos, anunció ayer que quedará sin efecto -la norma iba a

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El Gobierno fija en 63 años la edad mínima para las jubilaciones anticipadas

Jubilarse de forma anticipada será más difícil. El secretario de Estado de la Seguridad Social, Tomás Burgos, anunció ayer que quedará sin efecto -la norma iba a entrar en vigor el próximo 1 de enero- la posibilidad de jubilarse a los 61 años con 33 años cotizados. En el futuro, en 2027, la edad mínima será de 63 años, sin que la medida afecte a las actuales situaciones. En todo caso, la aplicación será gradual.

La causa de esta suspensión tiene que ver con un hecho incuestionable. Mientras que la edad de jubilación ordinaria irá creciendo (hasta los 67 años) y de forma progresiva a razón de un mes por cada año hasta 2027, en el caso de las jubilaciones anticipadas no se prevé cambio alguno con la legislación todavía vigente, por lo que al final del periodo transitorio la distancia entre una y otra edad de jubilación será de nada menos que de seis años (ahora son cuatro). En palabras de Burgos,  no es razonable que se mantenga un sistema que “no trata equitativamente a los ciudadanos que hacen esfuerzos de cotización diferentes y que además supone un importante sobrecoste a la Seguridad Social”.

Los últimos datos del sistema público de protección social muestran que el 11% de las nuevas altas de jubilación con coeficiente reductor se refieren a trabajadores con 61 años o menos. En total, cuatro de cada diez trabajadores se jubilan antes de los 65 años, lo que supone una auténtica sangría para la Seguridad Social y una descapitalización de las empresas, que se desprenden de sus trabajadores con mayor experiencia profesional. Se da el caso, incluso, que la jubilación anticipada ha sido más frecuente que la ordinaria legal (65 años). En 2010 y 2011, más del 50% de las jubilaciones fueron anticipadas.

Según la Seguridad Social, pese a que la reforma de las pensiones, aprobada en tiempos de Rodríguez Zapatero (año 2011), penalizó el acceso a la jubilación anticipada con respecto a la anterior legislación, el adelanto de la edad de jubilación “sigue suponiendo un importante coste para el sistema de la Seguridad Social”.  Y en este sentido, se recuerda que este coste se acentúa en los supuestos de cotizaciones superiores a los 38 años y medio, donde el menor coeficiente corrector (hasta el 26% en el caso de los trabajadores con más de 38,5 años cotizados) “no se ve compensado por la cotización adicional que supone la diferencia de años cotizados”.

La Seguridad Social pone como ejemplo que en la última reforma, y para 2027, el coeficiente corrector aplicable con 61 o 62 años y supuestas cotizaciones de 34 años es el mismo, “cuando claramente no es lo mismo jubilarse o no un año antes”.

Por voluntad o no del trabajador

Por eso, la Seguridad Social propone tres medidas que afectarían tanto a las jubilaciones anticipadas por voluntad del trabajador como las obligadas por las circunstancias de la empresa.

Igualmente, la Seguridad Social pone un interrogante. “Habría que valorar si la jubilación anticipada por voluntad del trabajador se extiende o no a los empleados públicos”, se asegura en el informe.

El documento esgrime el coste que supone para la Seguridad Social el anticipar pagos (máxime en unos momentos de dificultades económicas), la incidencia de jubilaciones masivas en el sector público o el precedente de aplicación de fórmulas de anticipación a la jubilación, respecto de otras figuras como la jubilación parcial.

En el caso de este tipo de jubilaciones, lo que se propone es lo siguiente: adecuar la edad de acceso a este tipo de jubilación a la edad de acceso ordinario, además de una modificación de la jornada laboral que podría realizar el jubilado parcial, a fin de que la jubilación parcial recupere algunas de sus finalidades, entre las que se encuentra la trasmisión de conocimientos y experiencias.

Y en concreto, se propone aumentar un 50% la jornada de los jubilados a tiempo parcial y subir a 33 (desde los 30 actuales) los años de cotización para poder acceder a esta modalidad. Si sale adelante esta oferta del Gobierno planteada al Pacto de Toledo, el jubilado parcial tendría que realizar una jornada laboral del 37,5% como mínimo, en lugar del 25% establecido en la actualidad.

Jubilarse de forma anticipada será más difícil. El secretario de Estado de la Seguridad Social, Tomás Burgos, anunció ayer que quedará sin efecto -la norma iba a entrar en vigor el próximo 1 de enero- la posibilidad de jubilarse a los 61 años con 33 años cotizados. En el futuro, en 2027, la edad mínima será de 63 años, sin que la medida afecte a las actuales situaciones. En todo caso, la aplicación será gradual.