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Los ricos que viven de las rentas del capital apenas pagarán el Impuesto del Patrimonio
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LAS PLUSVALÍAS REDUCEN LA FACTURA DE ESTE TRIBUTO

Los ricos que viven de las rentas del capital apenas pagarán el Impuesto del Patrimonio

Parece el mundo al revés. Si el Impuesto sobre el Patrimonio pretende gravar a las rentas más altas y a las grandes fortunas, no tiene mucho

Parece el mundo al revés. Si el Impuesto sobre el Patrimonio pretende gravar a las rentas más altas y a las grandes fortunas, no tiene mucho sentido que precisamente las rentas del capital sean las más beneficiadas ante Hacienda. Pero así es, por mucho que el Gobierno se diga "socialista". Una persona que obtenga únicamente plusvalías de su sicav pagará mucho menos por este tributo (si es que llega a implantarse) que un alto ejecutivo que reciba unos ingresos similares como rendimientos del trabajo o de actividades económicas.

Esta es una de las 'aberraciones' de este tributo que lo hacían "anacrónico, injusto e ineficaz", como dijo el presidente Rodríguez Zapatero cuando tomó la decisión de suprimirlo en 2008. La explicación reside en el llamado "límite conjunto de Renta-Patrimonio" establecido en el artículo 31 de la Ley de este impuesto, una norma que establece que la cantidad que uno paga por la suma del IRPF y el Impuesto de Patrimonio no puede superar el 60% de la base imponible del primero. Traducido, esto significa que a las personas con elevados patrimonios les interesa tener muy pocas rentas, es decir, bajar todo lo posible la base imponible del IRPF, porque eso rebajará su factura de Patrimonio. De ahí que muchos empresarios no se pongan un sueldo o lo cobren a través de una sociedad.

Pero aún hay más. Resulta que para el cómputo de esa base imponible no cuentan las plusvalías por inversiones, que, como es sabido, también tienen un trato privilegiado en el IRPF (tributación máxima del 21%). Por tanto, interesa generar toda la renta posible en forma de plusvalías, algo bastante sencillo a través del vehículo favorito de inversión de las fortunas españolas, las sicav. Hay una precisión: esas plusvalías deben ser generadas a más de un año, porque Patrimonio mantiene la antigua distinción del IRPF que desapareció con la llegada del PSOE al poder, pero que no se eliminó de este tributo. Y como ahora no se ha tocado su configuración, vuelve a ser relevante pese a estar obsoleta.

La mejor forma de verlo es un ejemplo. Supongamos dos personas que tienen un patrimonio de 10 millones de euros (excluida la vivienda habitual) y que ganan una renta de un millón al año, con la diferencia de que una lo percibe como rendimientos del trabajo, de actividades económicas e intereses de sus cuentas bancarias, y la otra, como plusvalías a más de un año de su sicav. La primera discriminación la tendríamos en renta, donde el primero tributaría al 45% por ese millón, es decir, 450.000 euros; el segundo, al tratarse de la base del ahorro, sólo pagaría 209.880 euros.

Pero la gran diferencia se da en Patrimonio. En ambos casos, una vez restado el mínimo exento de 700.000, tendríamos una base imponible de 9,3 millones. Esto supone un gravamen aproximado, según la escala que acaba de reinstaurarse, de 150.00 euros en ambos casos. Si lo sumamos a lo que estas dos personas han pagado de IRPF, nos salen 600.000 euros en el primer caso y 359.880 en el segundo.

Y ahí es donde entra el límite conjunto de Renta-Patrimonio. Para la primera, ese 60% del millón de euros que gana al año son 600.000 euros, justo lo que ha pagado de impuestos. Pero para la segunda, como las plusvalías no entran, la base imponible se reduce a cero. La Ley impone un mínimo para estos casos, que es el 20% de lo que le correspondería pagar en Patrimonio: 30.000 euros en este ejemplo. Eso es lo que pagaría por este impuesto. Sumado al IRPF, la segunda persona pagaría 239.880 euros, es decir, 360.120 euros menos que la primera con el mismo patrimonio y los mismos ingresos.

Una subvención del 80% del impuesto

"En el fondo, de lo que se trata es de una subvención del 80% del Impuesto del Patrimonio para las rentas del capital", explica un asesor fiscal de una firma internacional. Lógicamente, interesa que las rentas de otras actividades se perciban directamente por la sicav (u otras sociedades intermedias) y que el contribuyente se limite a ir sacando dinero de este vehículo. Con la única precaución de que ese dinero corresponda a plusvalías a más de un año, como se ha explicado antes.

Esta vía de escape es muy habitual entre los contribuyentes obligados a tributar por Patrimonio. De hecho, es la vía de escape de este tributo más utilizada, junto a la llamada exención de la empresa familiar, que deja fuera del impuesto las participaciones en empresas superiores al 5% del capital.

Parece el mundo al revés. Si el Impuesto sobre el Patrimonio pretende gravar a las rentas más altas y a las grandes fortunas, no tiene mucho sentido que precisamente las rentas del capital sean las más beneficiadas ante Hacienda. Pero así es, por mucho que el Gobierno se diga "socialista". Una persona que obtenga únicamente plusvalías de su sicav pagará mucho menos por este tributo (si es que llega a implantarse) que un alto ejecutivo que reciba unos ingresos similares como rendimientos del trabajo o de actividades económicas.