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La CNMV supervisará a las agencias de rating desde 2011
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La CNMV supervisará a las agencias de rating desde 2011

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) supervisará las agencias de calificación crediticia a partir del ejercicio 2011, según ha confirmado la vicepresidenta segunda del

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, la vicepresidenta ha explicado que la iniciativa parte de la Unión Europea (UE) tras el cuestionado papel desempeñado por las agencias de rating en la crisis financiera.

"Después de la crisis financiera la UE ha visto la necesidad de completar la regulación de las agencias de calificación, claves para la estabilidad del sistema financiero en tanto que evalúan la solvencia de una entidad o de un instrumento financiero", ha indicado.

La normativa establece la obligación para las entidades de crédito y las empresas de servicios de inversión de utilizar las calificaciones emitidas por agencias registradas o certificadas en virtud del reglamento para el cálculo de sus recursos propios.

España traspone así el reglamento europeo 1060/2009, que determina las condiciones organizativas y operativas que deben cumplir las agencias, así como su régimen de registro y supervisión. La reforma incluye además el régimen sancionador y el régimen de colaboración entre supervisores.

Al ser preguntada por las sanciones que pueden imponerse a las agencias de rating, Salgado ha dicho que éstas serán las aplicables según el reglamento y la decisión del organismo supervisor de los mercados correspondiente.

El reglamento europeo contempla la creación de la Autoridad Europea del Mercado de Valores (ESMA, por sus siglas en inglés) con competencias de supervisión sobre las agencias de calificación, aunque esta entidad delegará en los organismos supervisores nacionales algunas de sus funciones.

La CNMV ejercerá sus competencias de conformidad con lo que establezca la normativa de la UE y a partir de 2011 supervisará a estas entidades. Podrá imponer sanciones "sin perjuicio de la capacidad de otras autoridades competentes de la Unión Europea para imponer sanciones de acuerdo al reglamento 10/2009".

El reglamento europeo establece en su artículo 36 que "los estados miembro determinarán el régimen de sanciones aplicable a las infracciones" y "adoptarán todas las medidas necesarias para garantizar su aplicación". Asimismo, contempla que "las sanciones así establecidas serán efectivas, proporcionadas y disuasorias".

La CNMV también tendrá un registro de agencias de calificación crediticia establecidas en España y que hayan sido registradas de conformidad con lo dispuesto a dicho reglamento.

El Ministerio de Economía precisa que con la ley se pretende dotar de la máxima seguridad jurídica a las previsiones del reglamento europeo, al tiempo que se realizan los ajustes imprescindibles para facilitar la efectividad del futuro sistema supervisor europeo sobre las agencias una vez eche a andar la ESMA.

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, la vicepresidenta ha explicado que la iniciativa parte de la Unión Europea (UE) tras el cuestionado papel desempeñado por las agencias de rating en la crisis financiera.

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