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El TAD anula dos de las tres sanciones de la LFP que descendieron al Real Murcia
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la lfp dice que no tiene que ver con el descenso

El TAD anula dos de las tres sanciones de la LFP que descendieron al Real Murcia

Las sanciones se produjeron por incumplir el control económico de la Liga y ya no existiría reincidencia. La Liga dice que no tiene relación con el descenso

Foto: José Manuel Aira, entrenador del Real Murcia (EFE).
José Manuel Aira, entrenador del Real Murcia (EFE).

El Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) ha anulado dos de las tres sanciones que descendieron a Segunda División B al Real Murcia por incumplir las normas del control económico impuestas por la Liga de Fútbol Profesional (LFP).

Las dos sanciones que el Murcia ha visto anuladas versaban sobre sus deudas con Hacienda, pero son anteriores a la decisión del 7 de agosto que terminó con descenso a Segunda B, motivo por el que el club 'pimentonero' ya reclamó la restitución de la categoría o una indemnización económica.

Dichos expedientes han sido declarados "nulos", una vez se considera que el Comité de Control Económico de la LFP ha incurrido en "duplicidad sancionadora" vulneradora -por tanto- del principio 'non bis in idem', algo que avisó el Real Murcia en el momento de la sanción.

De esta forma, el club presidido por Jesús Samper entiende que "siguiendo el criterio del TAD" al anular las sanciones por duplicidad, ésta última "ha de ser igualmente anulada", aunque la restauración de la categoría parece inviable por el hecho de que ya se han disputado cinco jornadas en Segunda División.

El Murcia mostró su desacuerdo una vez más mediante un comunicado hecho público este viernes. "Se evidencia el comportamiento que la LFP ha tenido con el Real Murcia, a espaldas de la legalidad, lo que se pondrá en conocimiento del Juzgado de lo Mercantil, quien conoce de la demanda presentada el pasado mes de agosto por el Murcia, a los efectos legales oportunos", sentenció el club.

La LFP dice que no tiene que ver con el descenso

La LFP, mediante un comunicado oficial, ha apuntado que "desconoce el contenido de la referida resolución del TAD dado que no ha sido parte en el procedimiento administrativo tramitado ante dicho organismo, ya que se trata de un acuerdo adoptado por el Comité de Segunda Instancia de la Licencia UEFA de la RFEF, que confirmó una anterior resolución del Comité de Control Económico de la Liga de Fútbol Profesional".

Asimismo, la LFP ha apuntado que "la resolución del TAD, debe traer causa de una anterior resolución del Comité de Segunda Instancia de la RFEF en la que se confirmó la sanción de prohibición de inscripción de jugadores impuesta al Real Murcia por el Comité de Control Económico de la LFP, como consecuencia de la comisión de sendas infracciones a la normativa de control económico de la LFP al incumplir, dicha entidad sus compromisos con el Estado y con sus deportistas, de conformidad con la normativa de control económico aplicable".

"Es decir, en ningún caso se trata de una sanción disciplinaria de descenso de categoría como la impuesta por el Juez de Disciplina Social de la LFP el pasado día 7 de agosto del 2014, cuya conformidad a Derecho ha confirmado el Juzgado de lo Mercantil nº 7 de Madrid en su Auto del día 21 del citado mes", se recoge en el comunicado de la LFP.

Según ello, la LFP señala que "en consecuencia, la resolución del TAD citada en la nota oficial del Real Murcia CF, SAD no guarda ninguna relación, ni directa, ni indirecta, con el objeto del proceso judicial que se está tramitando en la actualidad ante el Juzgado de lo Mercantil nº 7 de Madrid ni, obviamente, con la sanción disciplinaria impuesta por el Juez de Disciplina Social de la LFP de descenso de categoría impuesta a la referida entidad, de conformidad con lo dispuesto en la Ley del Deporte y el Real Decreto de Disciplina Deportiva".

El Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) ha anulado dos de las tres sanciones que descendieron a Segunda División B al Real Murcia por incumplir las normas del control económico impuestas por la Liga de Fútbol Profesional (LFP).

Jesús Samper
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