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La sentencia que ratifica la protección de Sánchez a Rubiales (y por qué dimitió Albert Soler)
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EL EX DIRECTOR GENERAL ESTABA EN CONTRA

La sentencia que ratifica la protección de Sánchez a Rubiales (y por qué dimitió Albert Soler)

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional anula la resolución del CSD por la que José Manuel Franco no elevó al TAD las denuncias contra el expresidente de la RFEF

Foto: Sánchez y Rubiales, durante un partido de España en el Mundial de Rusia. (EFE)
Sánchez y Rubiales, durante un partido de España en el Mundial de Rusia. (EFE)
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Aunque la sentencia es del 19 de diciembre del año pasado, su contenido se ha conocido hace unos días. La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, Sección Sexta, ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por LaLiga contra la resolución del Consejo Superior de Deportes (CSD) del 9 de septiembre de 2022 por la que José Manuel Franco, su entonces presidente, no elevó al Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) varias denuncias contra Luis Rubiales.

Una resolución, la del ahora senador socialista, que protegió al que fuera presidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) y también ha sido anulada. Más por una cuestión de forma que de fondo, aunque detrás hubiera una decisión claramente política. "No acredita la identidad de los hechos investigados en la jurisdicción penal y los que son objeto de denuncia por la LaLiga que justifique la suspensión acordada", puede leerse en el escrito al que ha tenido acceso este diario.

Foto: csd-jose-manuel-franco-luis-rubiales-querella-prevaricacion-victor-francos-rfef

Más allá de discusiones o consideraciones jurídicas, que haberlas, haylas, esta no es sino otra prueba más de la protección que el Gobierno de Sánchez dispensó hasta el último momento al inhabilitado, imputado, dimitido e, incluso, condenado por agresión sexual, expresidente de la RFEF. Tanto a través del directamente implicado José Manuel Franco, como posteriormente su sucesor, Víctor Francos, ambos con Miquel Iceta como ministro, y a instancias siempre de su "amigo Pedro".

Soler era partidario de elevar las denuncias al TAD

Solo Albert Soler, el que fuera director general del CSD con Franco de presidente, se mostró a favor de elevar al TAD las denuncias contra Rubiales. De hecho, esto fue lo que provocó la dimisión del catalán a comienzos de 2023. Así como la persecución de la que fue objeto, antes y después de este gesto tan digno como inusual.

El dimitido exdirector general del CSD fue perseguido desde la RFEF y el entorno de Florentino Pérez, vicepresidente de Rubiales

Primero, por el propio Luis Rubiales, de la mano de sus secuaces Andreu Camps y Tomás González Cueto. Y, más tarde, desde el entorno mediático que estos compartían —y siguen compartiendo— con Florentino Pérez, no en vano vicepresidente de aquella RFEF que llevó al fútbol español a uno de los momentos más turbios y bochornosos de su historia. Aunque lo más doloroso para Albert Soler fue verse abandonado por quienes pensaba que eran los suyos.

placeholder Albert Soler, durante su toma de la posesión como director general del CSD. (EFE/J.J. Guillén)
Albert Soler, durante su toma de la posesión como director general del CSD. (EFE/J.J. Guillén)

Antes de regresar al CSD, el cual presidió durante unos meses en 2011 tras la marcha de Jaime Lissavetzki, el catalán fue director de las secciones profesionales del FC Barcelona. De ahí que desde la RFEF, con la adhesión del Real Madrid, pretendieran imputarle en el caso Negreira los delitos de prevaricación administrativa y omisión del deber de perseguir delitos. Es decir, justo lo contrario de lo que hizo y por lo que dimitió. Como era de esperar, el recurso contra él fue desestimado.

José Manuel Franco ya fue denunciado por prevaricación

Volviendo al revés sufrido por José Manuel Franco, quien ya en su momento fue denunciado por prevaricación, lo que no se puede obviar es que la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional también ha estimado parcialmente los recursos de apelación interpuestos por el propio CSD contra la sentencia del Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo N.º 4, que de igual forma ha anulado.

Efectivamente, este juzgado estimó el recurso interpuesto por LaLiga contra la resolución del CSD por la que José Manuel Franco acordó suspender las actuaciones previas sobre las posibles irregularidades en la RFEF hasta que el Juzgado de Instrucción N.º 4 de Majadahonda se pronunciara sobre los hechos denunciados por los presuntos delitos de administración desleal y corrupción en los negocios.

El CSD no acreditó la identidad de los hechos investigados en la jurisdicción penal y los que eran objeto de denuncia por la LaLiga

Dicho juzgado consideró que la decisión de Franco no se ajustaba a Derecho, por lo que la dejó sin efecto y declaró la obligación del CSD de elevar al TAD las denuncias presentadas por la LaLiga, para que por dicho tribunal adoptara "la resolución que proceda".

Contra esta sentencia, el CSD, además de Rubiales y García Caba, interpusieron recursos de apelación, de los que se dio oportuno traslado a LaLiga, quien presentó su escrito de oposición, remitiéndose los autos a la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

placeholder José Manuel Franco y Luis Rubiales, en la sede del CSD. (EFE/J.J. Guillén)
José Manuel Franco y Luis Rubiales, en la sede del CSD. (EFE/J.J. Guillén)

Cabe recordar que los hechos denunciados por Javier Tebas ante el CSD fueron las presuntas irregularidades en la organización de la Supercopa de España en Arabia, el pago del alquiler de la vivienda por parte de la RFEF a su presidente, las presuntas irregularidades en desplazamientos de este del 31 de octubre al l4 de noviembre de 2018 a Nueva York, la presunta contratación de detectives para espiar al presidente de AFE y las presuntas irregularidades en el procedimiento seguido para cubrir la vacante en Segunda B por el descenso administrativo del Reus CF.

Las presuntas irregularidades denuncias por Tebas iban desde la Supercopa en Arabia, al pago del alquiler de la vivienda a Rubiales

Asimismo, se instó la remisión de dichas denuncias al TAD para que por este se incoara el correspondiente procedimiento disciplinario. Tal como alegó la entidad demandante, algunos de los ilícitos denunciados podrían revestir solamente carácter administrativo, y no penal. De ahí que consideraran que no estaba justificada la suspensión del procedimiento disciplinario deportivo en relación con tales hechos.

Sin embargo, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional explica que, como quiera que la Ley impide al TAD incoar un expediente sancionador por su propia iniciativa, "cuando el fallo de la sentencia recurrida declara la obligación del CSD de elevar al TAD las denuncias presentadas por LaLiga, deja sin efecto las funciones que se le conceden al CSD, sin las cuales se convertirían en un mero receptor de denuncias".

La Audiencia Nacional da la razón al abogado del Estado al dictar que el CSD sí tiene competencias para la tramitación de actuaciones previas

Es por ello que rechaza su planteamiento e insiste en que "el CSD examina y analiza la denuncia, y, en su caso, formula petición razonada al TAD, siendo este quien, a la postre, decide la incoación del procedimiento". De esta forma, "el TAD conserva en exclusiva la facultad de decidir la incoación o no de aquellos procedimientos respecto de los que el CSD le formule petición razonada, correspondiendo a este el examen y análisis de las denuncias para formular petición, exclusivamente, en aquellos supuestos que revistan indicios de ilícito disciplinario".

Y prosigue el escrito de la Audiencia Nacional, que en este caso da la razón al abogado del Estado: "Carece por ello de fundamento lo razonado en la sentencia de instancia cuando afirma que el CSD carece de competencias para la tramitación de actuaciones previas y que estas solo pueden ser llevadas a cabo por el TAD, porque precisamente mediante tales actuaciones el CSD puede analizar las circunstancias del caso y valorar la conveniencia o no de iniciar un procedimiento".

placeholder El presidente de la RFEF, Luis Rubiales, durante su visita a Pedro Sánchez.
El presidente de la RFEF, Luis Rubiales, durante su visita a Pedro Sánchez.

La estimación del recurso de LaLiga es parcial

Es por ello que la estimación es parcial, toda vez que "la Sala no discute que el CSD tenga competencia y pueda acordar tal suspensión, porque para valorar adecuadamente la conveniencia de formular petición razonada al TAD, deberá conocer el resultado de la investigación penal y de ahí la necesidad de suspender tales actuaciones previas o información reservada".

Ahora bien, para ello añade que será necesario que se acredite que los hechos objeto de denuncia por LaLiga y los investigados penalmente son los mismos porque la sentencia recurrida declara que "no se pueden contrastar los hechos denunciados en vía administrativa con los que son objeto de las diligencias penales, pues no consta en el expediente administrativo el auto dictado en fecha 26-6-2022 por el Juzgado de Primera Instancia de Majadahonda".

No se discute que el CSD tenga competencia para acordar tal suspensión y que el TAD deberá conocer el resultado de la investigación penal

Y concluye: "La carga de la prueba de la prejudicialidad penal corresponde al CSD, que debía incorporar a la resolución recurrida la descripción de los hechos investigados por el Juzgado de Instrucción para poner de manifiesto su identidad y la necesidad de esperar al resultado de dicha investigación para decidir si se remitía o no la denuncia al TAD".

Lo dicho, una cuestión más de forma que de fondo, aunque si algo ratifica la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional es que José Manuel Franco, a instancias "de Moncloa", como le gustaba decir a él para no nombrar a Sánchez, protegió políticamente a Rubiales de una posible inhabilitación del TAD. La cual solo llegó después de que la FIFA le inhabilitara por su bochornoso comportamiento en la final del Mundial femenino. Una caída al más puro estilo Al Capone.

Aunque la sentencia es del 19 de diciembre del año pasado, su contenido se ha conocido hace unos días. La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, Sección Sexta, ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por LaLiga contra la resolución del Consejo Superior de Deportes (CSD) del 9 de septiembre de 2022 por la que José Manuel Franco, su entonces presidente, no elevó al Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) varias denuncias contra Luis Rubiales.

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