El Ministerio de Trabajo equipara a las futbolistas de Primera con los futbolistas de Tercera
Después de que Yolanda Díaz anunciara que "las diferencias retributivas deben ser razonables", esta es su respuesta a las impugnaciones de AFE y UGT al II Convenio Colectivo
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A la espera de su inminente publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), la Dirección General de Trabajo ha dado luz verde al II Convenio Colectivo del Fútbol Femenino tras rechazar las impugnaciones presentadas por la Asociación de Futbolistas Españoles (AFE) y UGT. Los sindicatos mayoritarios que, a diferencia de los mortecinos FUTPRO y Futbolistas ON, se negaron a firmarlo con la presidenta de la Liga F, Beatriz Álvarez.
Una firma que, nunca está de más recordarlo, tuvo lugar en la sede de la patronal del fútbol femenino profesional español y de la que a última hora se borró la Ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz. La también Vicepresidenta Segunda del Gobierno lo hizo tras tener conocimiento de una información ofrecida por este diario sobre quién era el presidente del mencionado sindicato Futbolistas ON, Juan José Martínez, en aquel momento —y a la espera de acontecimientos— con una orden de alejamiento de su ex pareja y en el sistema VioGén. Para qué decir más.
AFE y UGT sostienen que el contenido de este II Convenio Colectivo conculca la legalidad vigente, toda vez que su artículo 2 vulnera los principios de igualdad y no discriminación, así como la inexistencia de una justificación objetiva y razonable de cualquier exclusión respecto de las futbolistas del equipo filial. Sin embargo, desde el ministerio de Yolanda Díaz consideran que "mantiene idéntica redacción que el mismo artículo del Convenio anterior, todavía vigente, siendo además que este fue aprobado y suscrito por las dos organizaciones sindicales que pretenden ahora su impugnación".
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Este argumento tendría toda su lógica, si no fuera porque cuando se firma un nuevo convenio se supone que es para mejorar el anterior y, sobre todo, por el que se da a continuación. Así, tal y como puede comprobarse en el escrito de la Dirección General de Trabajo, en el siguiente párrafo se hace referencia a que el artículo impugnado por AFE y UGT "está en la misma línea que el transcrito ha sido aprobado por el sindicato AFE en el Convenio Colectivo para la actividad del fútbol profesional en la tercera categoría del fútbol nacional, la Primera Federación, firmado el 1 de abril de 2024".
El agravio de compararlo con la Primera Federación
Probablemente por desconocimiento, se compara una competición profesional como la Primera División de Fútbol Femenino con una competición que no lo es, independientemente de que la segunda, efectivamente, ahora conocida como Primera Federación y anteriormente llamada Segunda B, sea masculina. ¿Cómo es posible que el mismísimo Ministerio de Trabajo equipare los derechos laborales de las futbolistas de Primera con los de los futbolistas de Tercera?
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"Con independencia de lo anterior, debe considerarse si efectivamente se produce una vulneración del principio de igualdad y no discriminación", prosigue la contestación de la Dirección General de Trabajo, a la que en todo momento se le ve con pocas ganas de mejorar las condiciones laborales de todas las futbolistas. Primero, al apuntar que "se trata más bien de una mejora de las condiciones laborales y de los derechos de estas otras futbolistas, que en principio no tendrían que quedar afectadas por este Convenio al pertenecer al equipo filial y no al primer equipo de un Club/SAD". Es decir, que directamente se les excluye.
Lo fácil de echar la patata caliente a la RFEF
Y, segundo, para echar la patata caliente a la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), al considerar que es esta "la que limita el número de jugadoras del equipo filial que pueden jugar en cada partido, efectuando, de esta forma, una diferenciación entre las jugadoras".
Otro claro ejemplo de desconocimiento, aún más patente al asegurar que "no se estaría produciendo una discriminación, pues la distinción que pueda existir entre jugadoras del equipo filial o vinculado no se debe a ninguno de los factores de discriminación enumerados en la relación del artículo 14 de la Constitución Española ni tampoco del artículo 17 del Estatuto de los Trabajadores".
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Lo que más sorprende es que a raíz del caso Rubiales, Yolanda Díaz compareció en una rueda de prensa junto a Amanda Gutiérrez, presidenta del sindicato FUTPRO, en la que anunció una campaña de la Inspección de Trabajo sobre igualdad laboral en el mundo del fútbol, para perseguir posibles casos de discriminación salarial.
La ministra de Trabajo explicó que una futbolista y un futbolista no tienen por qué ganar lo mismo, si bien añadió que "las diferencias retributivas deben ser razonables, objetivables y estar motivadas". De aquí que sorprenda tanto que la Dirección General de Trabajo equipare ahora a las futbolistas de Primera con los futbolistas de Tercera. ¿Un paso hacia adelante y dos hacia atrás?
A la espera de su inminente publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), la Dirección General de Trabajo ha dado luz verde al II Convenio Colectivo del Fútbol Femenino tras rechazar las impugnaciones presentadas por la Asociación de Futbolistas Españoles (AFE) y UGT. Los sindicatos mayoritarios que, a diferencia de los mortecinos FUTPRO y Futbolistas ON, se negaron a firmarlo con la presidenta de la Liga F, Beatriz Álvarez.