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El Valencia golea a la Generalitat: la Justicia anula la multa de 20 millones de euros
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tras el recurso ante el TGUE

El Valencia golea a la Generalitat: la Justicia anula la multa de 20 millones de euros

El Tribunal General anuló la decisión de la Comisión en relación con el Hércules y este jueves ha hecho lo propio con el Valencia CF y el Elche CF

Foto: El Valencia celebra un gol en Vitoria. (EFE)
El Valencia celebra un gol en Vitoria. (EFE)

Entre 2009 y 2010, el Instituto Valenciano de Finanzas —institución financiera de la Generalitat Valenciana— otorgó varios avales a fundaciones vinculadas al Valencia CF, el Hércules CF y el Elche CF. Estos avales estaban destinados a garantizar préstamos bancarios suscritos por esas fundaciones para participar en la ampliación de capital de los clubes a los que están vinculadas. Pero en 2016, una Comisión creada para estudiar eldeclaró que esas medidas constituían ayudas de Estado ilegales y se exigió su recuperación. Cada uno de los clubes interpuso un recurso ante el Tribunal General de la Unión Europea solicitando que se anulara la decisión de dicha Comisión. Mediante sentencia de 20 de marzo de 2019, el Tribunal General anuló la decisión de la Comisión en relación con el Hércules y este jueves ha hecho lo propio con el Valencia CF y el Elche CF.

De esta manera, el TGUE se queda sin efecto la multa que se había puesto al Valencia de 20,4 millones de euros y al Elche otra de 3,7 millones a raíz de los avales otorgados por el Instituto Valenciano de Finanzas que, según Bruselas, les permitió obtener préstamos en condiciones más favorables cuando atravesaban dificultades económicas.

Los errores con el Valencia

En cuanto al Valencia, la Comisión había llegado a la conclusión de que las acciones del Valencia CF adquiridas por la Fundación Valencia y pignoradas a favor del IVF, como contragarantía, tenían un valor "prácticamente nulo" en la fecha en la que se concedió este incremento, puesto que el Valencia CF se encontraba en crisis y sus operaciones eran deficitarias. El Tribunal General estima que los datos en los que se basan las conclusiones de la Comisión sobre esta cuestión son parcialmente inexactos, ya que el ejercicio anterior a esa fecha había arrojado beneficios. También considera que la Comisión incurrió en un error manifiesto de apreciación a este respecto, porque no tuvo en cuenta factores pertinentes, como la existencia de un patrimonio neto importante del club y la obtención de un beneficio antes de impuestos en el ejercicio anterior a la concesión del incremento. Estos errores vician la apreciación de la Comisión sobre el valor de las contragarantías ofrecidas por la Fundación Valencia y, en consecuencia, el cálculo del importe de la ayuda derivada del aumento de la garantía.

Los errores con el Elche

Con respecto al Elche, el Tribunal General señala que la apreciación de la Comisión sobre la existencia de una ventaja en favor del Elche CF adolece de errores manifiestos:

- En primer lugar, el Tribunal General indica que la Comisión incurrió en un error manifiesto de apreciación al no tomar en consideración la situación económica y financiera de la fundación prestataria vinculada al Elche CF, la Fundación Elche. El Tribunal General señala que se trata de una circunstancia pertinente para valorar el riesgo asumido por el avalista público y, por ende, la comisión de aval que un operador privado exigiría en circunstancias similares. En efecto, aunque la Comisión no haya identificado a la Fundación Elche como la beneficiaria efectiva del préstamo, era ella la que se beneficiaba del aval controvertido conforme al contrato celebrado con el IVF y la que debía responder ante el IVF de las consecuencias, en su caso, de la ejecución del aval.

- En segundo lugar, el Tribunal General señala que la Comisión incurrió igualmente en un error manifiesto de apreciación al no tener en cuenta tampoco, a la hora de apreciar la existencia de una ventaja, el hecho pertinente constituido por la hipoteca sobre una parcela que la Fundación Elche había concedido al IVF como contragarantía.

- En tercer lugar, el Tribunal General estima que la Comisión cometió un error al no tomar en consideración la recapitalización del Elche CF para apreciar el valor de las acciones de este club que habían sido pignoradas al IVF como contragarantía, valor que la Comisión consideró "prácticamente nulo".

- En cuarto lugar, el Tribunal General destaca, como hizo en relación con el Valencia CF, que la Comisión, tras haber señalado que el Elche CF era una empresa en crisis, presumió erróneamente que ninguna entidad financiera concedería un aval a una empresa en esa situación y que, por tanto, no existía ninguna prima de garantía de referencia correspondiente en el mercado. Del mismo modo, el Tribunal General critica a la Comisión por no haber respaldado suficientemente su conclusión relativa al número insuficiente de operaciones comparables para determinar el precio de mercado de un préstamo similar no avalado.

Entre 2009 y 2010, el Instituto Valenciano de Finanzas —institución financiera de la Generalitat Valenciana— otorgó varios avales a fundaciones vinculadas al Valencia CF, el Hércules CF y el Elche CF. Estos avales estaban destinados a garantizar préstamos bancarios suscritos por esas fundaciones para participar en la ampliación de capital de los clubes a los que están vinculadas. Pero en 2016, una Comisión creada para estudiar eldeclaró que esas medidas constituían ayudas de Estado ilegales y se exigió su recuperación. Cada uno de los clubes interpuso un recurso ante el Tribunal General de la Unión Europea solicitando que se anulara la decisión de dicha Comisión. Mediante sentencia de 20 de marzo de 2019, el Tribunal General anuló la decisión de la Comisión en relación con el Hércules y este jueves ha hecho lo propio con el Valencia CF y el Elche CF.

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