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El TS confirma 10 años de cárcel para un excampeón de boxeo por intento de asesinato
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TRAS UNA BRUTAL PALIZA A OTRO JOVEN

El TS confirma 10 años de cárcel para un excampeón de boxeo por intento de asesinato

Una brutal paliza a un joven que montaba en bicicleta ha provocado que el Tribunal Supremo haya confirmado la pena de diez años de cárcel a un excampeón de boxeo amateur en Cataluña

Foto: El TS confirma 10 años de cárcel para un excampeón de boxeo por intento de asesinato (Efe).
El TS confirma 10 años de cárcel para un excampeón de boxeo por intento de asesinato (Efe).

El Tribunal Supremo rechazó el recurso planteado por Iván H.B., que fue campeón de Cataluña de boxeo aficionado en 2011, contra la sentencia de la Audiencia de Barcelona que le condenó a 10 años de cárcel por propinar una paliza a otro joven con el que se cruzó por la calle y al que dejó en coma. El Supremo le mantiene la pena al inadmitir su recurso contra la sentencia que le condenó por delitos de asesinato en grado de tentativa, obstrucción a la justicia y quebrantamiento de medidas cautelares.

El alto tribunal rechazó los argumentos que exponía el condenado, que niega ser el autor de la paliza, al considerar que hubo prueba de cargo válida y suficiente contra él. Los hechos probados de la sentencia ya firme señalan que Iván H.B., español, de 18 años y sin antecedentes penales, el día 11 de febrero de 2014, sobre las 20:30 horas, a la altura de la calle 11 de septiembre en su confluencia con el número 6 de la calle de Santa Caterina de Sant Adrià de Besós (Barcelona), se cruzó accidentalmente, con Luis H.L., de 19 años, que montaba en bicicleta.

Tras iniciar una breve discusión por causas desconocidas, el acusado "con absoluto desprecio hacia la integridad física de Luis, le propinó un puñetazo que dejó a este inconsciente en el suelo junto con la bicicleta, que quedó sujeta entre sus piernas". Según la sentencia, el acusado a continuación se agachó y le propinó varios puñetazos más en la cara, "y con intención entonces de acabar con la vida de la víctima, o siendo consciente del riesgo que ello implicaba para su vida, con nula posibilidad de defensa eficaz por parte de Luis H., le pateó la cabeza de su inmóvil cuerpo en varias ocasiones con el empeine y la aplastó con la planta del pie contra el suelo".

Al oír gritos de personas que desde distintos puntos recriminaban su actitud y se acercaban, el condenado se alejó del lugar. Los jueces dejan constancia en su sentencia que el acusado en la fecha de los hechos practicaba boxeo, y en especial la modalidad de 'kick boxing', y que había sido campeón de Cataluña de boxeo aficionado en el año 2011 y que se entrenaba todos los días en un gimnasio. La víctima sufrió fractura craneal y hemorragia intracraneal, así como varias fracturas, entre ellas nasal.

Aunque el juez dejó en libertad condicional al agresor, que fue arrestado en mayo de 2014 al regresar de un viaje a Nueva Zelanda, le impuso una medida cautelar de alejamiento a 500 metros que el boxeador incumplió cuando el 24 de mayo de aquel mismo año se encontró a su víctima y le dijo: "Si no retiras la denuncia te hago la vida imposible, voy a por ti". El TS considera prueba de cargo que la víctima reconociera a su agresor cuando aún estaba en el hospital viendo un vídeo en 'Youtube' de un combate de kick boxing.

El Supremo entiende que además el agresor incurrió "en contradicciones y ambigüedades" que restaron verosimilitud a su negación de los hechos. Además de considerar "coherente, verosímil y persistente" el relato de la víctima, el tribunal también considera que "los informes médicos y forenses demuestran que las lesiones son de tal magnitud y gravedad que resulta plenamente verosímil que el autor fuera un experto" en boxeo.

El Tribunal Supremo rechazó el recurso planteado por Iván H.B., que fue campeón de Cataluña de boxeo aficionado en 2011, contra la sentencia de la Audiencia de Barcelona que le condenó a 10 años de cárcel por propinar una paliza a otro joven con el que se cruzó por la calle y al que dejó en coma. El Supremo le mantiene la pena al inadmitir su recurso contra la sentencia que le condenó por delitos de asesinato en grado de tentativa, obstrucción a la justicia y quebrantamiento de medidas cautelares.

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