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Lissavetzky insta al TAS y a los tribunales para solucionar la sanción a Valverde
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EL SECRETARIO DE ESTADO PARA EL DEPORTE CREE EN EL MURCIANO

Lissavetzky insta al TAS y a los tribunales para solucionar la sanción a Valverde

El secretario de Estado para el Deporte, Jaime Lissavetzky, dijo este miércole en Murcia que la "decisión definitiva" sobre la sanción del Comité Olímpico Italiano (CONI)

Foto: Lissavetzky insta al TAS y a los tribunales para solucionar la sanción a Valverde
Lissavetzky insta al TAS y a los tribunales para solucionar la sanción a Valverde

El secretario de Estado para el Deporte, Jaime Lissavetzky, dijo este miércole en Murcia que la "decisión definitiva" sobre la sanción del Comité Olímpico Italiano (CONI) al ciclista Alejandro Valverde deberá adoptarla el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS), en el ámbito deportivo, y los tribunales, en el jurídico.

En rueda de prensa, Lissavetzky apuntó que el corredor murciano, que ha sido sancionado por el CONI con dos años sin participar en carrera alguna que se celebre en Italia por su supuesta implicación en la llamada 'Operación Puerto', será el que tenga que recurrir esta resolución ante el TAS.

Indicó asismismo que los tribunales españoles tendrán que resolver "si existe delito o no" en el juicio oral que se celebrará próximamente a raíz de las investigaciones de la 'Operación Puerto', desarrollada por la Guardia Civil española y que consiguió desmantelar una red de sustancias dopantes.

Dijo también que el juez instructor que lleva el caso ha denegado, en varias ocasiones, la solicitud de la Federación Española de Ciclismo y del Consejo Superior de Deportes para obtener las pruebas, porque éstas "habían sido obtenidas por un presunto delito y no podían utilizarse para sanciones administrativas que son las que, en todo caso, se pueden aplicar al deportista".

No figuraba en la investigación

En este sentido explicó que el CONI consiguió las pruebas referidas a Alejandro Valverde "en función de una convención internacional que permite hacerlo dentro de la Unión Europea en determinados aspectos jurídicos".

Señaló también que en el informe emitido inicialmente por la Guardia Civil sobre esta operación policial, figuraban una serie de ciclistas entre los que no se encontraba Alejandro Valverde, y que hasta ahora la actuación del Consejo Superior de Deportes se ha basado en esos datos.

Asimismo, Lissavetzky reiteró la posición adoptada por el Consejo Superior de Deportes y la Agencia Estatal antidopaje que hicieron público en un comunicado el pasado 1 de abril, tras el anuncio de la Fiscalía Antidopaje del CONI que solicitaba una sanción para el ciclista español.

En este comunicado, ambas administraciones indican que respetan la autonomía del CONI, pero que actuarán "de conformidad con lo que resuelva la Justicia española respecto a la petición de todas las pruebas solicitadas por la Federación Española de Ciclismo".

El comunicado expresa además su "respeto a la independencia del corredor y su equipo para llevar a cabo las actuaciones que consideren oportunas en el marco de la legítima defensa de sus derechos e intereses".

El secretario de Estado para el Deporte, Jaime Lissavetzky, dijo este miércole en Murcia que la "decisión definitiva" sobre la sanción del Comité Olímpico Italiano (CONI) al ciclista Alejandro Valverde deberá adoptarla el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS), en el ámbito deportivo, y los tribunales, en el jurídico.

En rueda de prensa, Lissavetzky apuntó que el corredor murciano, que ha sido sancionado por el CONI con dos años sin participar en carrera alguna que se celebre en Italia por su supuesta implicación en la llamada 'Operación Puerto', será el que tenga que recurrir esta resolución ante el TAS.

Indicó asismismo que los tribunales españoles tendrán que resolver "si existe delito o no" en el juicio oral que se celebrará próximamente a raíz de las investigaciones de la 'Operación Puerto', desarrollada por la Guardia Civil española y que consiguió desmantelar una red de sustancias dopantes.

Dijo también que el juez instructor que lleva el caso ha denegado, en varias ocasiones, la solicitud de la Federación Española de Ciclismo y del Consejo Superior de Deportes para obtener las pruebas, porque éstas "habían sido obtenidas por un presunto delito y no podían utilizarse para sanciones administrativas que son las que, en todo caso, se pueden aplicar al deportista".