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A Dani Alves lo condenó la ideología, no los hechos
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Juan Soto Ivars

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A Dani Alves lo condenó la ideología, no los hechos

Para que quede claro: no sé si Dani Alves violó a esa mujer. Sin embargo, a la gente se la condena con pruebas incuestionables y se la absuelve sin ellas

Foto: Comparecencia semanal de Dani Alves en la Audiencia de Barcelona. (EFE)
Comparecencia semanal de Dani Alves en la Audiencia de Barcelona. (EFE)
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Hace un año, a Dani Alves lo condenaron a cuatro años de cárcel y a pagar 150.000 euros de indemnización a la mujer que lo denunció por una violación en la discoteca Sutton de Barcelona. El futbolista estuvo mucho tiempo en prisión preventiva, de la que salió abonando un millón de euros de fianza después de 14 meses. Lo indemnizarán por una cantidad aproximada de 12.000 euros.

Para que quede claro: no sé si Dani Alves violó a esa mujer. Él también mintió: dijo que no habían tenido relaciones sexuales. Ignoro si lo que ella cuenta que pasó en el baño es tal como lo dice. Pero a la gente se la condena con pruebas incuestionables y se la absuelve sin ellas. En caso de duda, presunción de inocencia. Y a Dani Alves lo condenaron con un testimonio donde el tribunal detectó una importante falla. Leer aquella sentencia da cuenta de hasta qué punto ha infectado el "yo sí te creo" de la ideología feminista el funcionamiento de los juzgados.

Es perfectamente razonable que, en ausencia de otras pruebas, se pueda condenar a alguien con un testimonio. En violaciones o maltratos domésticos, esa puede ser la única evidencia. Sin embargo, hay que ser muy cuidadosos con el análisis de la testifical. El Supremo exige tres requisitos: no pueden detectarse en la declaración motivaciones espurias como el beneficio, la industria o la venganza; el testimonio no puede contener mentiras; y la acusación debe mantenerse en el tiempo. Sin una de estas tres exigencias, la presunción de inocencia prevalece.

Bien: el afán de la judicatura por asumir la perspectiva de género que le exigen la ley y la presión femenista ha abierto camino en los últimos años, sin embargo, a una técnica jurídica terrible. Consiste en partir el testimonio de una mujer en pedazos: si una parte de la declaración se demuestra falsa, no es problema. Se corta y se echa a la papelera para que no afecte al resto, donde se vuelven a pedir los criterios de verosimilitud y coherencia que exige el Supremo, como si nada.

En ausencia de pruebas, se puede condenar con un testimonio. En violaciones o maltratos domésticos, puede ser la única evidencia

Así se argumentó la sentencia de Dani Alves. Hubo juristas que pusieron el grito en el cielo. El artículo de Pablo de Lora fue insuperable. Venía a decir que el "in dubio pro reo" había saltado por los aires con un "hermano, yo no te creo". Pero no es tan raro. Alves es famoso y su juicio fue mediático, eso es todo. En los últimos años, yo he visto unas cuantas sentencias como esta, demasiadas. Sin embargo, he aquí la novedad, esta vez el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha firmado una sentencia que revoca la condena. Sus argumentos abren una vía esperanzadora.

La revocación llega por unanimidad. Firman tres juezas y un juez, y han sido muy taxativos y duros. La denunciante explicó ante el tribunal cómo llegaron Dani Alves y ella al baño de la discoteca donde se habría producido la violación, y luego lo que el futbolista le hizo dentro.

La sentencia condenatoria es una muestra elocuente de troceamiento del testimonio. El tribunal no tuvo dudas de que la chica estaba mintiendo en lo primero (cómo llegaron al baño) puesto que las imágenes de las cámaras de seguridad que hay en la discoteca la desmentían. Sin embargo, esa mentira manifiesta no fue problema para dar credibilidad al relato del baño, donde no había cámaras. El abogado José María de Pablo lo explicó con cierta melancolía: "reconozco que la denunciante miente en la parte que puedo contrastar con hechos objetivos, pero doy credibilidad al resto de su declaración, que no se puede contrastar".

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Bien. Así se condenó a Dani Alves, repito, a cuatro años y seis meses de cárcel y 150.000€ de indemnización. Ahora el TSJ de Cataluña revoca la condena y argumenta que la "credibilidad" no es sinónimo de "fiabilidad". Vamos: que el tribunal puede creer a la denunciante tanto como desee, pero debe prevalecer la congruencia y verosimilitud del testimonio, porque una cosa son los hechos y otra las sensaciones.

Esto ha cabreado mucho a las sacerdotisas del dogma de que las mujeres no mienten. La exministra de Igualdad Irene Montero protesta y habla de "violencia institucional", como si no fuera "violencia institucional" que un tribunal se pase por el arco del triunfo la presunción de inocencia. La ministra de igualdad actual, Ana Redondo, ha ido un poco más lejos y nos deja unas palabras que me resisto a transcribir:

"No se puede estar cuestionando permanentemente la voz de las mujeres. No se puede cuestionar la veracidad de lo que expresan en juicio. Esto ya ha pasado a la historia. La ley respeta, protege y avala lo que una mujer está diciendo como veraz. Hay que tener en cuenta que la ley ha cambiado, que ese consentimiento es algo a tener en cuenta. (...) Ellas tienen que poder denunciar y tienen que saber que su voz y su palabra es creíble y es avalada por la ley. (...) El Poder judicial tiene que hacer una reflexión porque la sociedad española ha avanzado. (...) No se puede estar permanentemente cuestionando la voz de las mujeres".

Lo que dice la ministra es que una palabra no verificable de mujer debería ser suficiente para meter entre rejas a cualquier tipo, y que asumir esto es un avance social. Así es como la ideología condena donde fallan los hechos. Se ve que el TSJ de Cataluña ha permanecido sin avance, anclado en el anacrónico concepto de los Derechos Humanos y los principios de la Ilustración.

La duda que queda, oyendo a nuestras ministras, es para qué demonios se celebran juicios. Si la palabra de una mujer es la verdad, una simple máquina podría ir estableciendo las condenas. Sobran los tribunales.

Hace un año, a Dani Alves lo condenaron a cuatro años de cárcel y a pagar 150.000 euros de indemnización a la mujer que lo denunció por una violación en la discoteca Sutton de Barcelona. El futbolista estuvo mucho tiempo en prisión preventiva, de la que salió abonando un millón de euros de fianza después de 14 meses. Lo indemnizarán por una cantidad aproximada de 12.000 euros.

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