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Lo que la República separó... que no lo una Franco: la increíble historia de los primeros divorciados españoles
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Lo que la República separó... que no lo una Franco: la increíble historia de los primeros divorciados españoles

Se celebra el 40 aniversario de la ley de Divorcio de 1981, pero realmente son 90 años los transcurridos desde la que fue la primera ley que garantizaba la ruptura matrimonial

Foto: Matrimonio civil entre milicianos durante la Guerra Civil.
Matrimonio civil entre milicianos durante la Guerra Civil.

"Sucede en muchas familias que salga un chico descarriado ignorándolo los padres. El caso de mi hermano Ramón es uno de ellos", así le explicaba el dictador Francisco Franco a su primo Salgado Araujo en mayo de 1964, que su hermano fuera un bala perdida porque, entre otras cosas, había tenido una primera mujer, una segunda y un divorcio entremedias, además de una hija, antes de morir en un accidente de avión en 1938 en plena guerra. El "chico descarriado", se había divorciado legalmente mientras estuvo vigente la ley del divorcio de marzo de 1932, y falleció antes de que su propio hermano la derogara.

Ahora que se cumplen cuarenta años de la ley de divorcio de 1981, conviene recordar que son realmente 90 los transcurridos desde la que fue la primera ley que garantizaba la ruptura matrimonial, enunciada ya en el articulado de la Constitución española de 1931, aprobada en diciembre y desarrollada un año después, en 1932, durante la II República. Es cierto que Franco se llevaría por delante todo el edifico legal republicano tras el golpe del 18 de julio y la victoria en la Guerra Civil, solo que no fue tan fácil deshacer lo que había desunido el hombre. Pese al BOE franquista que dejaba sin efecto las sentencias anteriores, los divorciados de la II República siguieron existiendo en la España nacional católica. Pero el conflicto entre las leyes de Dios y las de los hombres lio una buena. Pasó de todo.

Las parejas rotas en el fragor de la ley de 1932 siguieron derroteros muy distintos

Con Franco en la Jefatura del Estado nadie pudo volver a divorciarse hasta que seis años después de su muerte, Transición mediante, se aprobara la ley de 1981. Tampoco hubo forma de que se reconocieran los matrimonios civiles de la república y por supuesto quedaban aquellos que disponían en mano de sentencia firme de divorcio anterior: quedarían atrapados en una maraña legislativa que dio lugar a historias rocambolescas propias de una sociedad que se niega a sí misma al convertir en tabúes las más mundanas de las situaciones.

Alcanzó a todos sin distinción, como al mismísimo padre del dictador Franco y también a su hermano, aunque hubiera fallecido. Demuestra que un buen legado no se compone de órdenes o deseos. Nicolás Franco padre repudió a su mujer, Pilar Bahamonde, la adorada madre del dictador, mientras que su hijo Ramón se divorció. Una de tantas parejas rotas en el fragor de la también ideologizada ley del Divorcio de 1932 y que siguieron derroteros desiguales: eso sí, ninguna ley podía conseguir que desaparecieran del mapa. En plena posguerra en Madrid uno no se podía encontrar a su ex en ninguna parte porque técnicamente ya no era su ex, sino de nuevo su esposa. Y hubo que arreglarlo, claro.

Adopciones y custodias

Algunos casos: María de la Concepción, que había estado casada con Julián entre 1913 y 1935, según los documentos que ha cedido la familia a El Confidencial y que prefiere, más de un siglo después, que se oculten los apellidos... Otro de los efectos que tuvo la regresión: nadie quería airear explícitamente en la España de la posguerra una desviación de los valores del nacionalcatolicismo, incluso en el bando que había ganado. Así, tras el divorcio de 1935, María Concepción, obtenía un certificado de sentencia firme por parte de los nuevos juzgados franquistas en 1941, permitiendo que su nuevo cónyuge adoptara a su hija del matrimonio anterior. Atención a la fecha: 1941, en pleno franquismo, dos años después de que Franco derogara la ley de marzo de 1932 dejando sin efecto los divorcios de la II República por medio de la correspondiente ley de septiembre de 1939. Hubo, pues, sus complicaciones.

placeholder Documento del Juzgado con el certificado de divorcio.
Documento del Juzgado con el certificado de divorcio.

Según la "Nota de Divorcio", que figura en el documento del registro de María de la Concepción, se deduce el caos que rigió durante todo el proceso de desarmar la ley de matrimonio civil de 1932 y que se multiplicó por toda España, debido a algunas de estas causas: que existiera una petición de divorcio que estuviera siendo estudiada cuando comenzó la guerra, que alguno de los cónyuges hubiera fallecido después de la sentencia o que alguno de los cónyuges o los dos hubieran contraído segundas nupcias.

Motivaciones ideológicas

A eso habría que añadirle cuestiones como que los casados fueran católicos o no, que tuvieran la potestad de los hijos, que hubieran obtenido la nulidad... En definitiva, un gran abanico de posibilidades no previstas por la llana y taxativa derogación franquista dictada por las convicciones católicas del nuevo régimen. Dios tiene sus leyes y los hombres las suyas. Son los dos motivos fundamentales que sustentaron ambas normas: la republicana tenía voluntad progresista pero también la de minar a la Iglesia e imponer la versión republicana del laicismo.

La de 1939, por su parte, más que ayudar a la vida de los españoles tras una guerra, la complicó aún más, imponiendo la visión católica de la sociedad y la familia. Exactamente, lo que va del golpe del 14 de abril de 1931, por el que se proclamó la II República, al del 18 de julio de 1936 y después hasta el fin del franquismo con la aprobación de la Constitución de 1978. En toda Europa solo fuimos parejos a Portugal e Italia, en donde Pietro Germi ridiculizó la situación con la memorable 'Divorcio a la italiana' (1961) protagonizada por Marcelo Mastroianni.

En Italia Pietro Germi ridiculizó la situación con la memorable 'Divorcio a la italiana' (1961)

Se produjo una situación evidentemente desfavorable para la mujer como explica a El Confidencial, Rosa María Aragües, autora de 'Las rojas y sus hijos, víctimas de la legislación franquista: El caso de Predicadores (1939-1945)': "La derogación de la ley divorcio y la del matrimonio civil condujo a un caos, sí, pero especialmente a una desprotección de los cónyuges casados por lo civil y de las mujeres que contrajeron matrimonio canónico. Se abrió una brecha enorme hasta el punto de que había penas de cárcel por adulterio para las mujeres, pero no para los hombres que les podían quitar los hijos...".

Durante la discusión de la ley republicana en cortes que culminaría con su aprobación en 1932 se establecieron hasta 14 supuestos para poder divorciarse, entre ellos infidelidad, abandono... no como ahora que no es necesario esgrimir nada. Sin embargo, tal y como señala el experto Jesús Daza Martínez, catedrático de Derecho Romano: "Más que el triunfo de la razón laica o la puesta en práctica de un proyecto laico coherente, se buscaba la imposición de unos principios y de un sistema de valores que pusiera fin a la prevalencia de modos de pensar y criterios de vida en común que habían sido hasta entonces dominantes en Europa".

placeholder Boda de Francisco Franco y Carmen Polo.
Boda de Francisco Franco y Carmen Polo.

En cierta medida, como con casi toda la legislación de la II República, los conservadores tuvieron estrechez de miras para aceptar situaciones de divorcio que realmente consistieran en una protección de la familia, incluso según sus preceptos católicos. De la misma forma, el bando nacional no tardó en arremeter contra el elemento simbólico del divorcio, y ya en 1938, durante la guerra, suspendieron la vigencia de la ley. Con la victoria en 1939 la derogaron pero tal y como señala Aurora Bosch solo tuvieron en cuenta el matrimonio católico, sin medir las consecuencias de olvidar los matrimonios civiles.

Civil o canónico

Lo aclara a El Confidencial Valeska Ferrer Usó, abogada canonista: "El matrimonio civil es un contrato entre dos partes ante el juez o un funcionario señalado por el Código Civil y que no requiere de causa alguna para su disolución a través del divorcio u otro medio jurídico recogido en la ley. En cambio, el matrimonio canónico, por reconocerse en el sacramento una presencia especial de Dios, es uno e indisoluble y, por lo tanto, no cabe el divorcio". No obstante, la propia Iglesia tenía y tiene un mecanismo como es la nulidad, que en la práctica durante el franquismo podía hacer las veces de divorcio, si bien para la Iglesia y los católicos no haya tenido nunca esa acepción. Actualmente se admiten hasta el 70% de los casos presentados. Fue uno de los lastres de la ley franquista: simplemente no se ajustaba a todas las posibilidades que el derecho canónico ya permitía; ni tampoco regulaba correctamente el plano civil de la realidad matrimonial.

"La Iglesia tenía y tiene un mecanismo para no alargar una relación rota, que es la nulidad"

Al final se tuvo que articular una ley de separación que solo era de "cuerpo y bienes" según Rosa María. Es decir, no se podía ni tener pareja a pesar del trámite, por otra parte ya entonces se otorgaba casi en un 90% la custodia de los hijos a la madre. Entre otras cosas la norma del régimen significaba que, incluso separada, una mujer podía ser acusada de adulterio e ir a la cárcel. Una desproporción abusiva que, sin embargo, no fue tan común. En cualquier caso, evidenciaba que la exclusión de lo civil por lo canónico era problemático y un error que se corrigió en el 81, según Valeska:

"La existencia de una sola de estas opciones (matrimonio civil o canónico) en un estado con pluralidad de confesiones o maneras de estar ante la trascendencia, conlleva la limitación de derechos fundamentales, ya sea el derecho al matrimonio (art. 32 de la CE), ya sea el derecho a la libertad religiosa (art. 16 CE), con las correspondientes consecuencias jurídicas ante la ruptura del matrimonio. De ahí que el respeto a los derechos fundamentales, que tanto nos ha costado conquistar, sea esencial". Es lo que garantizó la ley del Divorcio de 1981, una auténtica liberación que cumplió las expectativas tal y como rememora Rosa María que se acogió a ella dos décadas después de estar separada.

'Prostituta indecente'

Antes, como consecuencia de imponer una matrimonio exclusivamente canónico, los funcionarios franquistas tuvieron que corregir en varias ocasiones con órdenes ministeriales los vericuetos de la ley, permitiendo la regularización de situaciones como la de María de la Concepción en 1941. No fue el caso del padre del dictador que vivía técnicamente en "amancebamiento" con la maestra de escuela Agustina Aldama, después de haber repudiado a la madre de Franco, Pilar Bahamonde. La "prostituta indecente", como la describía el Caudillo y según la versión de los hijos, fue quien avisó que el padre del jefe del Estado, Nicolás Franco Salgado-Araujo, se moría (Paul Preston, 'Franco', Debate).

Franco la humilló y cuando su hermana Pilar, el cura y un médico entraron al piso de la calle Fuencarral en Madrid para asistir al agonizante anciano de 84 años, exigieron a Agustina —con quien había convivido Nicolás desde hacía tres décadas— que esperase en otra estancia de la casa porque no se la consideraba digna de estar presente ante una eventual confesión o incluso en el acto de la extrema unción.

Mientras, la hija de María de la Concepción sí obtuvo el certificado de divorcio para que su nuevo cónyuge, Eduardo —con quien se casó antes de que se aprobara la nueva ley—, pudiera convertirla legalmente en su hija. Lo curioso es que ella misma contrajo matrimonio poco después, en 1943, y se separaría de su marido dos décadas más tarde: otra muestra más de la gran fisura del franquismo, ya que por mucho que se quisiera observar la ley de dios había que habilitar sencillamente algún mecanismo para la de los hombres que fue la ley de 1962. Todo orbitó en función de unas normas católicas que no podían dar respuesta a las necesidades de un Estado. Finalmente, Concepción, como su madre, pudo divorciarse en 1981, la ley de la que ahora se cumple el 40 aniversario.

"Sucede en muchas familias que salga un chico descarriado ignorándolo los padres. El caso de mi hermano Ramón es uno de ellos", así le explicaba el dictador Francisco Franco a su primo Salgado Araujo en mayo de 1964, que su hermano fuera un bala perdida porque, entre otras cosas, había tenido una primera mujer, una segunda y un divorcio entremedias, además de una hija, antes de morir en un accidente de avión en 1938 en plena guerra. El "chico descarriado", se había divorciado legalmente mientras estuvo vigente la ley del divorcio de marzo de 1932, y falleció antes de que su propio hermano la derogara.

Divorcio Francisco Franco
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