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Los contratos en cine, teatro y música, protegidos por las nuevas medidas urgentes
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Los contratos en cine, teatro y música, protegidos por las nuevas medidas urgentes

Las medidas afectan a empresas con "una enorme volatilidad en el ámbito del empleo o para los que el volumen de trabajadores puede depender sustancialmente de prestación o evento"

Foto: Los cines, teatros y salas de conciertos están cerrados por el estado de alarma (EFE)
Los cines, teatros y salas de conciertos están cerrados por el estado de alarma (EFE)

El Gobierno ha incluido a las empresas de los sectores de las artes escénicas, musicales y del cinematográfico y audiovisual en el Real Decreto-ley aprobado este martes de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, según han anunciado la portavoz del Ejecutivo, María Jesús Montero, y los vicepresidentes Nadia Calviño y Pablo Iglesias en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

Tal y como recoge el borrador de este Real Decreto-ley, con estas medidas se tendrá en cuenta, en particular, las "especificidades de aquellas empresas que presentan una alta variabilidad o estacionalidad del empleo o una relación directa con eventos o espectáculos concretos, como sucede, entre otros, en el ámbito de las artes escénicas, musicales, cinematográfico y audiovisual".

Empresas vulnerables y autónomos

En concreto, en el caso de contratos temporales, el compromiso de mantenimiento del empleo no se entenderá incumplido cuando el contrato se extinga por expiración del tiempo convenido o la realización de la obra o servicio o cuando no pueda realizarse de forma inmediata la actividad objeto de contratación.

El compromiso de mantenimiento del empleo no se entenderá incumplido cuando el contrato se extinga por expiración del tiempo convenido o no se pueda realizar la obra para la que se ha sido contratado


Asimismo, subraya que, en todo caso, las medidas previstas en los artículos 22 a 28 de Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, resultarán de aplicación a todas las personas trabajadoras, "con independencia de la duración determinada o indefinida de sus contratos".

Según ha destacado Calviño durante su intervención, con estas medidas se cubren "lagunas" en distintos colectivos, y se da un "tratamiento específico a sectores con enorme volatilidad en el ámbito del empleo o para los que el volumen de trabajadores puede depender sustancialmente de prestación o evento", como es el caso, según ha especificado, del sector de "las artes escénicas, musicales, cinematográficas y sector audiovisual".

La prestación extraordinaria por cese de actividad para los autónomos, en el ámbito de las actividades culturales se amplía el período a tener en cuenta para acreditar la reducción de los ingresos de seis meses a un año


En cuanto a la prestación extraordinaria por cese de actividad para los autónomos, en el ámbito de las actividades culturales se amplía el período a tener en cuenta para acreditar la reducción de los ingresos de seis meses a un año. "Con ello se pretende dar cobertura a las profesiones culturales que suelen tener un carácter discontinuo y, en muchas ocasiones, estacionales", según han señalado también desde el Ministerio de Cultura.

El Gobierno ha incluido a las empresas de los sectores de las artes escénicas, musicales y del cinematográfico y audiovisual en el Real Decreto-ley aprobado este martes de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, según han anunciado la portavoz del Ejecutivo, María Jesús Montero, y los vicepresidentes Nadia Calviño y Pablo Iglesias en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

Nadia Calviño