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La SGAE tendrá que pagar 3,1 millones por imponer tarifas abusivas en los conciertos
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La SGAE tendrá que pagar 3,1 millones por imponer tarifas abusivas en los conciertos

Competencia multa a la sociedad de autores por la "tarifa excesiva" del 10% que cobra sobre la taquilla de los conciertos al menos el año 2002 hasta la actualidad

Foto: Concierto de Enrique Iglesias ayer en Barcelona (EFE/Marta Pérez)
Concierto de Enrique Iglesias ayer en Barcelona (EFE/Marta Pérez)

La SGAE tendrá que pagar 3,1 millones de eurospor "abusar de su monopolio e imponer determinadas condiciones abusivas a los promotores musicales". Así lo ha dictado una sentenciade laComisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) que se centra en la concesión de licencias de derechos propiedad intelectual para la celebración de conciertos y, en particular, en la "tarifa excesiva" del 10% que la sociedad cobra sobre la taquilla.

Este expediente sancionador fue iniciado a raíz de la denuncia que laAsociación de Promotores Musicales(APM) presentó en 2005 contra la SGAE. La resolución puede ser recurrida ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, aunque es definitiva en vía administrativa. Y la sociedad ya ha asegurado en un comunicado que lo harápor considerarque la sanción"es inconstitucional y carece de justificación jurídica".

Por su parte, la APM ha considerado que la sanción "supone un significativo hito en el contenciosos iniciado hace nueve años contra la SGAE con el objetivo de que cesara en sus prácticas abusivas en la concesión de licencias de derechos de propiedad intelectual para la celebración de conciertos".

"Es patente que la SGAE no solono cumplió con los deberesde especial atención y cuidado que le correspondían, sino que fue precisamente dicha posición privilegiada la que le permitió aplicar tarifas no equitativas y excesivas", señala la sentencia de la CNMC, que reitera que la conducta infractora se ha producido desdeal menos el año 2002 hasta la actualidad.

En la resolución,la CNMC considera que la SGAE habría incurrido en un"abuso de posición" por la fijación de tarifas no equitativas en conciertos en España. En este sentido, alerta de que los "precios excesivos difícilmente se autocorregirán ya que la presencia en el mercado de rentas monopolísticas difícilmente se autocorregirán".

Además de la sanción económica, la comisióninsta a esta institución a que "cese en su conducta en el plazo de tres meses" y, en el futuro, "se abstenga de cometer prácticas como las sancionadas u otra análogas que puedan obstaculizar la competencia". Asimismo, insta a la Dirección de Competencia a vigilar el cumplimiento de la resolución.

Sin unanimidad

La resolución de la CNMC se aprobadocon dos votos discrepantes, uno del consejero Fernando Torremocha quien considera que no debería imponerse multa al no haber conductas prohibidas; y otro del consejero Benigno Valdés, que muestra "discrepancia" por el método utilizado para establecer la sanción. A este respecto, la SGAE ha expresado su "total desacuerdo" con los argumentos esgrimidos por la comisión, quien, añade, "llega a la conclusión contraria, sin haber realizado un estudio comparativo en profundidad de las tarifas aplicables en el resto de países de la UE".

La denuncia originaria fue sobreseída por el Servicio de Defensa de la Competencia, dicho sobreseimiento fue ratificado por el Tribunal de Defensa de la Competencia (órgano precedente de la actual Comisión Nacional de la Competencia), cuya resolución fue recurrida por APM ante la Audiencia Nacional, la cual dictó el 6 de abril de 2010 una sentencia que dió la razón a APM y fue ratificada por el Tribunal Supremo.

En aplicación de dicha sentencia, la CNC (antigua CNMC) abrió un nuevo expediente sancionador contra la SGAE en abril de 2013, que se ha resuelto de forma favorable a la APM mediante la resolución antes mencionada, fechada el 6 de noviembre de 2014 y notificada este jueves.

La SGAE tendrá que pagar 3,1 millones de eurospor "abusar de su monopolio e imponer determinadas condiciones abusivas a los promotores musicales". Así lo ha dictado una sentenciade laComisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) que se centra en la concesión de licencias de derechos propiedad intelectual para la celebración de conciertos y, en particular, en la "tarifa excesiva" del 10% que la sociedad cobra sobre la taquilla.

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