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Francesco Posteraro: "Es mejor ir contra la operadora que contra el usuario"
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Francesco Posteraro: "Es mejor ir contra la operadora que contra el usuario"

El comisario de la AGCom italiana se ha reunido con los responsables de Cultura e Industria para explicar el éxito de su sistema de lucha contra la piratería

Foto: Francesco Posteraro, comisario de la AGCom italiana. (Foto: http://www.aesvi.it/)
Francesco Posteraro, comisario de la AGCom italiana. (Foto: http://www.aesvi.it/)

Los datos hablan por sí solos. En Italia, en los sietes meses que lleva en marcha la Autoridad para la Garantía de las Comunicaciones (AGCom) encargada de la lucha contra la piratería, se han iniciado más de 120 procedimientos a partir de denuncias por infracciones de los derechos de autor. De estos, más de la mitad se han resuelto con la eliminación voluntaria del contenido ilegal y se han impuesto 22 sanciones de bloqueo de sitios web vía servidores DNS. En España, según datos de la Coalición de Creadores, entre marzo de 2012 y 2013 se presentaron 145 expedientes, de los que 64 estaban pendientes de tramitar con un tiempo medio de espera de 400 días.Lo más llamativo es que la Ley de Propiedad Intelectual italianaestá inspirada en la legislación española. A la luz de estas cifras, la eficacia española es un coladero.

Nuestro procedimiento es ejecutable inmediatamente mientras que el procedimiento administrativo español lo tiene que ratificar la autoridad judicial. Es necesario que el procedimiento administrativo se una, no sustituya, al penal

El comisario de la AGCom,Francesco Posteraro, viajó ayer a España para reunirse con la directora general de Política e Industrias Culturales y del Libro del Ministerio de Cultura,Teresa Lizaranzu, con responsables de laSecretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, dependiente del Ministerio deIndustria, así como con los portavoces de la Comisión de Cultura delCongreso. Les trasladó cómo funciona elmodelo italiano, basado en una autoridad independiente, quepuede ordenar a las operadoras de telefoníay al resto de proveedores de acceso a internet (ISP) elbloqueo de sitios web,con tiempos de resoluciónmás cortos y capacidad para imponer sanciones que van desde el bloqueo hasta multasde entre 10.000 y 25.000 euros ¿sin depender de la Justicia?

P. La ley italiana está inspirada en la española, pero en estos meses de aplicación parece más eficaz contra la piratería. ¿En qué la mejora?

R. La ley italiana es una reglamento aprobado por la AGCom, que se sustenta en la Ley nacional de Derecho de Autor y la directiva europea de Comercio Electrónico, que crea un procedimiento administrativo para tutelar el derecho de autor online. La diferencia radica en el enforcement, en el procedimiento que reprime la vulneración de los derechos de autor. Es un procedimiento que se pone en marcha sólo por demanda del titular del derecho, no de oficio. Nosotros no somos los sheriffs de la red. Cuando se inicia, se comunica al proveedor y, si se puede localizar, al que sube los contenidos y a los gestores de la página.

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Además, el procedimiento tiene que terminar en 35 días laborables. Y en el caso depiratería masiva o profesional, es decir cuando hace falta intervenir inmediatamente, el plazo es de 12 días hábiles. En caso de vulneración, si el sitio es italiano, se envía una orden para eliminar del contenido ilegal. Si es piratería masiva se ordena bloquear el sitio (el DNS y no del IP). Si el sitio es extranjero, no podemos poner en marcha la eliminación porque ladeep packet inspectionva en contra de la UE, así que la única posibilidad es bloquear la página en Italia. Lógicamente tiene que haber una proporción entre la vulneración y la sanción que se emite. Si no hay una vulneración masiva, no podemos bloquear el sitio. No podemos bloquearYoutubesi existe una vulneración, sólo bloqueamos las páginas masivas de piratería.

P. ¿Cuáles son las diferencias entre la AGCom y la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual española?

R. Hay dos diferencias básicas. Nuestro procedimiento es ejecutable inmediatamente, mientras que el procedimiento administrativo español lo tiene que ratificar la autoridad judicial. Es necesario que el procedimiento administrativo se una, no sustituya, al penal. Y la segunda, en la notificación de la puesta en marcha del procedimiento. Nosotros la mandamos por email, pero aquí debe hacerse de forma física. Es más burocrático. Además, en Italia nos dirigimos sólo al proveedor, que es fácil de identificar, mientras que en España quizás es más completo, porque se refiere a todos los sujetos identificados uno a uno y, por lo tanto, se tarda más.

P. Más completo, pero con menor éxito, según las coaliciones de creadores.

R. El procedimiento español es similar al judicial, intenta golpear a todos los infractores, desde quien sube el contenido al gestor de la página, el proveedor delhosting, el del transporte, el usuario… Nosotros sólo nos referimos al proveedor, quesi está en Italia es el que hace elhostingo el que ofrecemere conduit[quien facilita eltransporte de datos]si es una página extranjera. Es mejor ir contra el proveedor que contra el usuario, porque permite una identificación inmediata y no hace falta que intervenga un juez.

P. ¿Cómo han manejado en Italia lalobbyde las empresas de telecomunicaciones?

R. Al principio, la preocupación de los operadores de telecomunicaciones era que, según la directiva europea, la responsabilidad del proveedor surge en el momento en el que el operador es consciente de que está alojando contenido ilegal. Y, por tanto,al iniciar el procedimiento se convertían en responsables de la vulneración. Lo que hemos hecho ha sido aclarar en nuestro reglamento que la comunicación del procedimiento no conlleva responsabilidad. Aparece sólo cuando se llega al final del procedimiento, es decir cuando se emite una orden de eliminación o bloqueo. Los grandes operadores de Italia están colaborando mucho y esto ha permitido desarrollar el cumplimiento de la ley y llevar un control más exhaustivo.

P. En España la reforma de la LPI ha sido aprobadaúnicamente con los votos del PP en el Gobierno, ¿ha habido consenso en Italia? ¿Lo considera fundamental para luchar contra la piratería?

R. Nuestra autoridad es independiente del poder político.

P. Pero son un órgano que nace de una ley de protección de los derechos de autor.

El procedimiento se pone en marcha por demanda del titular del derecho, no de oficio. Noo somos los 'sheriffs' de la red

R. Efectivamente, la AGCom surge de esa ley. El Parlamento nombra a sus miembrosy el Gobierno al presidente, pero nuestro procedimiento no tiene que estar aprobado por nadie. Somos independientes. Hubo algún representante político en contra pero no una oposición oficial o de un partido.

P. ¿Qué recomendaciones les ha dado a los responsables de los ministerios de Cultura e Industria para conseguir una aplicación como la de Italia?

R. Les he trasladado que la diferencia principal entre ambos modelos nace del hecho de que no existe en España una autoridad independiente con los mismos poderes que tenemos nosotros. Dicho esto, internet no tiene fronteras y el pirata no tiene fronteras geográficas. Y nosotros, aunque actuamos dentro de nuestras fronteras nacionales, necesitamos la máxima coordinación para proteger la propiedad intelectual. Italia ha dado un primer paso pero esperamos que España dé el segundo y haya un frente lo más amplio posible contra la piratería en toda la UE.También ha sido muy positiva la convergencia entre la industria cultural y la industria digital. Antes había cierta oposición entre ambas entidades, pero ahora han aceptado la necesidad y el compromiso de tutelar los derechos de autor juntos. Esto es un paso fundamental para la protección de los derechos de autor.

P. ¿Es la represiónel único camino para luchar contra la piratería?

El consumidor debe entender que descargar contenidos protegidos es ilegal pero también tiene que encontrar esos contenidos en la red de forma legal. Y tiene que encontrarlos a un precio razonable

R. Si la cultura se consume de forma ilegal significa que no se remunera al autor que crea, al productor que invierte o al distribuidor que nos hace llegar los contenidos. Al final esto puede acabar secando las fuentes de la producción. Los adversarios que están en contra de la regulación y de nuestro reglamento siempre han presentado un enfrentamiento entre el internauta con ganas de cultura y la industria enriqueciéndose. Pero no es así porque de un lado está el autor que crea o el productor que invierte y, de otro, un pirata que roba. La legalidad es vital, pero tanto como la educación y la promoción de la oferta legal.

P. Las plataformas de descargas legales o streaming, llámense Spotify o Netflix, están funcionando cada vez mejor pero ¿cómo se acaba con esa opción mayoritaria de bajarseelcontenidoilegalmente?

R. El consumidor debe entender que descargar contenidos protegidos es ilegal pero también tiene que encontrar esos contenidos en la red de forma legal. Y tiene que encontrarlos a un precio razonable porque no es suficiente con reprimir. Aún falta mucho por hacer en este sentido. Sobre todo hayque entender que una descargar ilegal es un delito. El año pasado se estimó que en Italia cada año 10 millones de ordenadores descargan contenidos ilegales. Teniendo en cuenta que esas descargas equivalen a robar un libro en una librería o un DVD en una tienda de discos, no creo que haya 10 millones de personas que deseen robar un libro o un DVD. Con esto quiero decir que los jóvenes no son conscientes de que esta acción es ilegal. Por tanto, hay que promover la oferta legal y educar a los consumidores.

Los datos hablan por sí solos. En Italia, en los sietes meses que lleva en marcha la Autoridad para la Garantía de las Comunicaciones (AGCom) encargada de la lucha contra la piratería, se han iniciado más de 120 procedimientos a partir de denuncias por infracciones de los derechos de autor. De estos, más de la mitad se han resuelto con la eliminación voluntaria del contenido ilegal y se han impuesto 22 sanciones de bloqueo de sitios web vía servidores DNS. En España, según datos de la Coalición de Creadores, entre marzo de 2012 y 2013 se presentaron 145 expedientes, de los que 64 estaban pendientes de tramitar con un tiempo medio de espera de 400 días.Lo más llamativo es que la Ley de Propiedad Intelectual italianaestá inspirada en la legislación española. A la luz de estas cifras, la eficacia española es un coladero.

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