La salvación del patrimonio pasa por la derogación de la Ley de la CAM
El Tribunal Constitucional ha hablado para sentenciar que la Comunidad de Madrid ha querido saltarse la Constitución al tratar de legislar al margen del Estado
El Tribunal Constitucional ha hablado para sentenciar que la Comunidad de Madrid ha querido saltarse la Constitución al tratar de legislar al margen del Estado español, en la protección del patrimonio histórico y artístico español. Y lo ha hecho porque esta ley “responde a las fuertes presiones inmobiliarias, perfectamente alineados con la política”, explica Javier García Fernández, jurista autor del recurso y catedrático en Derecho Constitucional.
“No exagero al decir que esta ley era el acontecimiento más grave que ha ocurrido durante la democracia en el campo de la protección de los bienes culturales”, asegura el experto que especificó en el Ateneo de Madrid que la sentencia, en realidad, no afecta a ocho, sino a nueve artículos, ya que impone la interpretación de uno de ellos.
El fallo aclara que sólo es competencia del Estado establecer las condiciones que determinen la calificación de Bien de Interés Cultural (BIC) y defender al patrimonio contra la expoliación. A pesar de que el gobierno de Ignacio González ha pretendido separarse de la Constitución en esta materia, la Ley de Patrimonio de 1985 seguirá siendo quien tenga la última palabra. Y podrá tenerse en cuenta en los expedientes de Canalejas, el teatro Albéniz, la Quinta de Torre Arias, los edificios de la Corredera, el Edifico España, Palacio de la Música y el frontón Beti Jai, entre otros.
De hecho, como recordó García Fernández, la orden ministerial de 2010 emitida para proteger el barrio del Cabanyal (Valencia) contra el expolio ya despejaba toda duda al respecto. Para el jurista, dado la solidez del ordenamiento español de protección del Patrimonio Histórico, hay que reconocer al Gobierno de la CAM una “especial habilidad para regular la desprotección jurídica de los bienes culturales más importantes”.
Guerra semántica
Esa habilidad a favor de la desprotección arranca en un subterfugio semántico que ha paralizado el TC, gracias a la acción de las asociaciones y a la complicidad de los senadores socialistas y del grupo mixto: la nueva ley dice que para declarar un BIC debe ser considerado “excepcional”. Es decir, que no se repita, que sea único. La norma nacional define al BIC como un bien “relevante”.
Entre un adjetivo y otro el expolio se hace fuerte, porque rebajar la protección es permitir el robo y la destrucción. En ese sentido, para el TC la CAM “interfiere claramente en un ámbito que está reservado al Estado”, por lo tanto el artículo 2 es invasivo e inconstitucional. Resultado: nulidad.
García Fernández ilustró con un ejemplo las consecuencias de la rebaja en la protección en la que pretendía tener potestad la CAM: “Puedo convencer a mis amigos políticos de la Comunidad para que quiten la protección de mi Greco y lo subasto en una casa de subastas en el extranjero”.
Ley inútil, nueva ley
“Ha sido un proceso lleno de mentiras”, sentenció Alicia Torija, portavoz de Madrid ciudadanía y patrimonio, sobre el proceso de dos años de negociación. “Los artículos declarados inconstitucionales suponen el 20% de la norma. Otros artículos atentan contra el patrimonio, ningunean la arqueología preventiva o menosprecian el patrimonio inmaterial. Por eso pedimos que la ley sea revocada”, dijo. “Hay que empezar de nuevo y ofrecemos nuestro trabajo, tiempo, colaboración y experiencia”.
Por su parte, Jaime Almansa, presidente del Colegio de doctores y licenciados en filosofía y letras y ciencias de la sección de Arqueología, apuntó que como ley “era tan mala que por primera vez todos trabajamos juntos con un objetivo común, terminar con una ley que iba en contra del patrimonio”.
Al acto celebrado ayer en el Ateneo, convocado por las asociaciones citadas, acudieron también la senadora socialista Maru Menéndez y Milagros Hernández, portavoz del área de las artes por Izquierda Unida. Además de la derogación de la Ley de Patrimonio, solicitan la comparecencia de la consejera de Cultura de la CAM en la Asamblea de Madrid, Ana Isabel Mariño.
Contra la ciudadanía
Los compromisos mercantiles estaban por encima del consenso vinieron a criticar los presentes cuando explicaron que el proyecto de ley se aprobó con urgencia sin pactar con la oposición ni con la sociedad civil. Entre los fines económicos de la CAM se señaló la “Operación Canalejas”, que queda en entredicho con el reciente fallo.
Para el especialista, Canalejas incumple con la alteración de la base registral. Es decir, no sólo condena las segregaciones parcelarias, sino también las agrupaciones de BIC, como se está ejecutando en estos momentos en la manzana que Villar Mir compró a Botín por 215 millones de euros para montar hoteles, viviendas y comercios.
Además, queda en entredicho la operación por ser inconstitucional la remoción de un bien sin tener en cuenta la competencia estatal, así como la intervención en voladizos. En el futuro, los comercios de Canalejas no podrán colocar publicidad, ni antenas ni cables ni conducciones en sus fachadas, y su dueño tendrá que permitir el acceso a los ciudadanos que quieran visitar el BIC.
El Tribunal Constitucional ha hablado para sentenciar que la Comunidad de Madrid ha querido saltarse la Constitución al tratar de legislar al margen del Estado español, en la protección del patrimonio histórico y artístico español. Y lo ha hecho porque esta ley “responde a las fuertes presiones inmobiliarias, perfectamente alineados con la política”, explica Javier García Fernández, jurista autor del recurso y catedrático en Derecho Constitucional.