Es noticia
Calatrava, condenado a pagar 3 millones por fallos en Oviedo
  1. Cultura
A LA PROMOTORA JOVELLANOS XXI, A LA QUE EL ARQUITECTO TAMBIÉN HABÍA DENUNCIADO

Calatrava, condenado a pagar 3 millones por fallos en Oviedo

El titular del Juzgado de Primera Instancia número 10 de Oviedo, Pablo Martínez-Hombre, ha condenado al arquitecto Santiago Calatrava a pagar 3,27

El titular del Juzgado de Primera Instancia número 10 de Oviedo, Pablo Martínez-Hombre, ha condenado al arquitecto Santiago Calatrava a pagar 3,27 millones de euros a la promotora Jovellanos XXI por los fallos detectados en la ejecución de la obra del Palacio de Congresos de Oviedo.

El fallo, contra el que cabe recurso de apelación, fija el total de la indemnización en 10,55 millones de euros, cantidad a la que descuenta los 7,28 millones de euros que la empresa adeudaba a Calatrava en honorarios, por lo que el arquitecto es condenado a pagar la diferencia entre ambas cantidades.

De este modo sentencia no es tampoco favorable del todo para la promotora y rechaza varias de las cuestiones planteadas por Jovellanos XXI —que de euros por incumplimientos y daños en el juicio celebrado por la demanda cruzada entre ambas partes—, aunque sí admite una serie de fallos en la ejecución de la obra.

El titular del Juzgado de Primera Instancia número 10 de Oviedo, Pablo Martínez-Hombre, ha condenado al arquitecto Santiago Calatrava a pagar 3,27 millones de euros a la promotora Jovellanos XXI por los fallos detectados en la ejecución de la obra del Palacio de Congresos de Oviedo.

El fallo, contra el que cabe recurso de apelación, fija el total de la indemnización en 10,55 millones de euros, cantidad a la que descuenta los 7,28 millones de euros que la empresa adeudaba a Calatrava en honorarios, por lo que el arquitecto es condenado a pagar la diferencia entre ambas cantidades.

De este modo sentencia no es tampoco favorable del todo para la promotora y rechaza varias de las cuestiones planteadas por Jovellanos XXI —que de euros por incumplimientos y daños en el juicio celebrado por la demanda cruzada entre ambas partes—, aunque sí admite una serie de fallos en la ejecución de la obra.