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La Audiencia obliga a dos 'mini-SGAE' a pagar 3,3 millones por tarifas abusivas a las TV
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AL NO SUSPENDER UNA SENTENCIA DE LA CNC

La Audiencia obliga a dos 'mini-SGAE' a pagar 3,3 millones por tarifas abusivas a las TV

Golpe de la justicia a las entidades de gestión. La Audiencia Nacional ha decidido por primera vez no conceder la suspensión cautelar de una sentencia de

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La Audiencia obliga a dos 'mini-SGAE' a pagar 3,3 millones por tarifas abusivas a las TV

Golpe de la justicia a las entidades de gestión. La Audiencia Nacional ha decidido por primera vez no conceder la suspensión cautelar de una sentencia de la Comisión Nacional de Competencia (CNC) que obligaba a dos de las principales asociaciones que gestionan la propiedad intelectual a pagar 3,3 millones a las televisiones. Las afectadas son Agedi y AIE, sociedades constituidas por los productores musicales para gestionar los derechos de los artistas. Un triunfo simbólico para las cadenas, que abonan anualmente a estas organizaciones en torno a 30 millones de euros en el caso de los grandes grupos.

La CNC imponía el 14 de junio sendas multas a la Asociación de Gestión de Derechos Intelectuales (Agedi) –de 1,94 millones- y a la Artistas Intérpretes y Ejecutantes (AIE) –de 1,35 millones- al “considerar acreditado que abusaron de su posición dominante en el mercado de gestión de los derechos de propiedad intelectual”. De hecho, el supervisor iba más allá y exponía que ambas entidades exigen desde el año 2003 a las cadenas en abierto “unas tarifas abusivas por inequitativas y discriminatorias”. También criticaba “la falta de transparencia en los criterios de fijación de tarifas generales y en las condiciones pactadas” con las televisiones.

Los argumentos de la Audiencia para no conceder la suspensión cautelar de la sentencia son llamativos. En primer lugar, estima que “no constan acreditados que los perjuicios que se le ocasione a las sociedades recurrentes sean irrepetibles”. En román paladino, que pueden sufragar el pago sin demasiados problemas. Y los números cantan. La sentencia recoge que, a 31 de diciembre de 2011, Agedi tiene un activo de 35,5 millones de euros. “De estas cantidades, 4.953.041,923 euros corresponden a inversiones financieras a corto plazo y 2.352.721,37 euros a efectivo o activos líquidos equivalentes”, subraya el fallo.

En el caso de AIE, los números son todavía más abultados. “Tiene un activo de 175.849.557 euros de los que 63.966.228,66 euros corresponden a inversiones financieras a corto plazo y en efectivo y otros activos líquidos equivalentes 11.089.170,73”, reza el documento. En este escenario, la sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional estima que no es suficiente que las entidades de gestión ofrezcan garantías para el pago y cita una sentencia del Tribunal Supremo para justificar su decisión. “La adopción de la cautela requiere (…) una mínima acreditación efectiva de los daños irreparables que la ejecución de las multas produzcan a los recurrentes. No habiéndose hecho así en este caso, fallaba el primer presupuesto para que pudiera acordarse la suspensión solicitada”, remata.

Sospechosos habituales

No era la primera sanción económica que recibían las entidades de gestión por parte de las autoridades de Competencia. Y la Audiencia las había suspendido hasta ahora. Sin embargo, más que servir como jurisprudencia, la reincidencia ha terminado con la paciencia del tribunal. Y es que las continuas sanciones económicas son un “indicio de que no se ha conseguido con ello persuadir a las recurrentes [Agedi y AIE] de continuar realizando prácticas restrictivas de la competencia a pesar de la numerosa jurisprudencia que se ha venido dictando tanto a nivel nacional como europeo referida a la fijación de tarifas por parte de las sociedades de gestión de derechos de autor, por lo que con más razón debe denegarse la suspensión”, expone.

En efecto, el entonces Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) ya sancionó el 27 de julio de 2000 a Egeda (45 millones de pesetas), Aisge (10 millones) y AIE (cinco millones) por fijación de tarifas inequitativas para los hoteles. Dos años después, la multa era para la SGAE: 125.000 euros por fijación de tarifas discriminatorias a Vale Music frente a otras productoras de discos. El 13 de julio de 2006, el TDC ponía el foco en Agedi, que recibía un correctivo de 300.000 euros por fijación de tarifas discriminatorias a Antena 3 y Telecinco en relación a TVE. Finalmente, la CNC imponía el 9 de diciembre de 2008 un castigo de 815.000 euros a Agedi y 615.000 euros a AIE, también por fijar tarifas discriminatorias a Sogecable frente a TVE y ONO. Todas estas multas fueron suspendidas por la Audiencia.

Agedi e IAE –dos de las ocho entidades reconocidas por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte- recaudan derechos de autor vinculados con la música. Agedi representa a los productores fonográficos, mientras que AIE recauda la propiedad intelectual de los artistas intérpretes. Según exponen ambos en su web, su labor “contribuye a que se desarrollen actividades dirigidas a la promoción y defensa de la música, a lucha contra la piratería, las copias y los usos fraudulentos, actividades de las que se beneficia la sociedad en su conjunto y que fundamentan un sistema de garantías y de respeto a la creatividad y al esfuerzo”. Ante el fallo de la Audiencia, ambas tienen derecho a interponer un recurso de reposición.

Golpe de la justicia a las entidades de gestión. La Audiencia Nacional ha decidido por primera vez no conceder la suspensión cautelar de una sentencia de la Comisión Nacional de Competencia (CNC) que obligaba a dos de las principales asociaciones que gestionan la propiedad intelectual a pagar 3,3 millones a las televisiones. Las afectadas son Agedi y AIE, sociedades constituidas por los productores musicales para gestionar los derechos de los artistas. Un triunfo simbólico para las cadenas, que abonan anualmente a estas organizaciones en torno a 30 millones de euros en el caso de los grandes grupos.

SGAE Audiencia Nacional