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  1. Vivienda

DICEN QUE LA SENTENCIA DEL ts NO LES AFECTA

Por qué la banca se niega a devolver los gastos de las hipotecas y obliga a ir a juicio

La historia se repite. Tal y como ha sucedido con las cláusulas suelo, los bancos se están aferrando a todos los argumentos posibles para evitar devolver un solo euro

La aventura inmobiliaria en España del clan de los Capriles en Madrid comienza a dar sus primeros frutos. Los empresarios Miguel Ángel Capriles y Axel Daniel Capriles, parientes del opositor venezolano Henrique Capriles, compraron a destajo más de una de

La historia se repite. Tal y como ha sucedido con las cláusulas suelo, a pesar de que el Tribunal Supremo ha dictaminado que los gastos derivados de la firma de una hipoteca debe pagarlos el banco y no el hipotecado, los bancos se están aferrando a todos los argumentos posibles para evitar devolver un solo euro a los clientes por este concepto, obligándoles a acudir a un abogado e ir a juicio.

Pero pongámonos en antecedentes. En diciembre de 2015, el Supremo, atendiendo a una demanda de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), dio un nuevo mazado al sector bancario español al anular la cláusula de gastos en las escrituras de préstamos hipotecarios del BBVA. El fallo del Alto Tribunal venía a decir 'grosso modo' que, puesto que es al banco a quien interesa que la escritura de la hipoteca esté inscrita en el registro, le corresponde a él asumir los gastos derivados de dicho trámite y no a quien solicita la hipoteca.

Dicha sentencia ha abierto la puerta a miles de reclamaciones por parte de miles de hipotecados que desde entonces han acudido a su oficina bancaria solicitando las cantidades abonadas de más en concepto de notaría, gestoría y registro por la escritura del préstamo hipotecario. Y todos se están encontrando con la misma respuesta por parte de los bancos: aquel fallo no les afecta.

Así lo ha constatado El Confidencial con varias entidades financieras y tras recibir varias cartas en las que varias entidades, en concreto BBVA, Bankinter, CaixaBank y Bankia, rechazan la reclamación de sendos clientes para que se les devuelva el dinero derivado de la hipoteca, obligándoles a acudir a los tribunales para que sea un juez el que decida quién tiene razón. Pero, según constatan varios abogados consultados por El Confidencial, "el "no", es la respuesta habitual de la banca. Ninguna entidad está devolviendo los gastos hipotecarios por voluntad propia", asegura a este diario Ignacio Para Mata, socio de Lean Abogados. Este abogad reconoce, no obstante, que alguna entidad sí está intentando resolver las reclamaciones de manera extrajudicial, "pero lo está haciendo de manera aleatoria, para unos clientes sí y otros no, sin que estén claros los motivos de estas decisiones".

Es decir, a pesar de la sentencia del Tribunal Supremo y tal y como sucedió con las cláusulas suelo, los bancos sigue aferrándose a un clavo ardiendo para evitar devolver un solo euro a sus clientes. Pero, ¿cuáles son los argumentos que están utilizando para negarse a ello?

1.- La sentencia no les afecta

Es el principal argumento de las entidades. "La cláusula de gastos de su escritura no ha sido declarada nula por el Tribunal Supremo ya que se trata de una versión diferente a la enjuiciada", asegura el BBVA. Por su parte, Bankinter argumenta en la carta a la que ha tenido acceso este diario que "en ningún momento, la cláusula contenida en su contrato, y a la que usted se refiere, ha sido declarada nula por ningún Tribunal".

Se repite, de esta manera, el argumento que ya utilizó la entidad que preside Francisco González para negarse a devolver las cláusulas suelo a algunos de sus clientes obligándoles a acudir a los tribunales, ya que el banco da a entender que al margen del caso juzgado por el Tribunal Supremo en 2015, ningún otro cliente tiene derecho a la devolución.

Un argumento muy similar al esgrimido por la entidad naranja, que considera que la sentencia del Alto Tribunal tampoco le afecta. "En relación a la Sentencia que cita, queremos indicarle que la misma no hace referencia alguna a la cláusula que Bankinter incorpora en sus préstamos hipotecarios, dado que esta entidad no fue parte en el procedimiento judicial finalizado con la referida Sentencia de tal forma que no podría, en ningún caso, extenderse esa conclusión sobre la nulidad de la cláusula que está incorporada en su préstamo hipotecario".

Y así lo reitera la entidad a El Confidencial al asegurar que, "de momento, no hay ningún dictamen judicial que diga que Bankinter debe devolver de forma retroactiva los gastos hipotecarios de clientes que suscribieron en el pasado con nosotros algún producto hipotecario".

2.- El cliente aceptó dicha cláusula

Los bancos, como también hicieron con el suelo de las hipotecas, aseguran que los clientes fueron informados por un notario de la presencia de dichas cláusulas. "El pacto contractual se firmó con plena libertad y conocimiento de sus consecuencias", responde Bankinter a un cliente. Y añade que "el notario dio lectura concreta a la cláusula en cuestión, que fue plenamente consentida por usted, y cuyo cumplimiento aceptó, realizando la consiguiente provisión de fondos y el abono de los gastos, sin que a esta entidad le conste la realización de objeción alguna sobre los mismos".

Es decir, la entidad defiende la transparencia de dichas cláusulas. "Todos los clientes fueron perfectamente informados en la documentación precontractual facilitada, que ellos aceptaron abonar. Tampoco hay ninguna otra sentencia en la que se pueda inferir que esto debe ser así", insisten a este diario desde la entidad.

3.- Acudir a los tribunales

Esta negativa de la banca deja pocas opciones a los afectados. BBVA sugiere, por ejemplo, acudir al Departamento de Conducta y Reclamaciones del Banco de España, si bien insiste en que este organismo solamente podrá pronunciarse sobre si la entidad se apartó o no de las buenas prácticas, pero no si la cláusula es abusiva o si hubo vicio en el consentimiento, como tampoco podrá declarar nula o abusiva ni ésta ni ninguna otra cláusula del contrato, puesto que dicha potestad recae solamente en los tribunales.

Es decir, la única vía que, por el momento parece la más efectiva es la de acudir a los tribunales y que sea un juez quien obligue a la entidad a devolver el dinero basándose, previsiblemente, en los mismos argumentos del Tribunal Supremo que en su fallo de 2015 señalaba que dicha cláusula contraviene el Art. 89.3 de la Ley General de Consumidores y Usuarios, según el cual, se califica como abusiva toda cláusula que transmita al consumidor las consecuencias económicas de gestión que no le sean imputables. Y "quien tiene el interés principal en la documentación e inscripción de la escritura de préstamo con garantía hipotecaria es el prestamista, pues así obtiene un título ejecutivo, constituye la garantía real y adquiere la posibilidad de ejecución especial".

4.- Un gasto que ya no abonan los nuevos hipotecados

A pesar de que las entidades defienden el cobro de dichos gastos a sus antiguos clientes, lo cierto es que algunas entidades financieras han dejado de repercutírselo a los nuevos hipotecados.

Así lo reconoce, por ejemplo, Bankinter. "En línea con lo que está haciendo el resto de bancos y previa interpretación de la legislación vigente, venimos asumiendo los gastos de inscripción registral de la hipoteca en las nuevas operaciones, así como los de la copia expedida por la notaría con carácter ejecutivo, siendo de cuenta del cliente los restantes gastos notariales, así como el resto de gastos e impuestos aplicables". Es decir, el cliente asume otras copias de la hipoteca, además de los gastos de la notaría, gestoría, tasación y el impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD).

Medida que también ha adoptado BBVA de cara a las nuevas contrataciones. "Asumimos algunos gastos de notaría y de registros, pero en ningún caso se plantea asumir el AJD porque el reglamento de dicho impuesto establece que es el prestatario quien debe asumir el impuesto", señalan fuentes de la entidad..

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