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para frenar la república digital catalana

Guerra al 'secesionismo digital': el Gobierno podrá intervenir internet a todos los niveles

El Ejecutivo podrá intervenir y controlar internet, cerrando webs y servidores sin autorización judicial, si considera que hay un riesgo para el orden público o la seguridad nacional

(EFE)

El Ejecutivo ha publicado hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE) su real decreto-ley con medidas urgentes destinadas a frenar el desarrollo de la llamada 'república digital catalana', un término acuñado por el independentismo para referirse a los proyectos destinados a crear una infraestructura digital al margen del Estado, desde una Hacienda catalana a un sistema de identificación propio. El 'decretazo' desgrana en 20 páginas las medidas para conseguirlo, y una en especial llama la atención por su agresividad: otorga al Gobierno pleno poder para intervenir "las redes y servicios de comunicaciones electrónicas en determinados supuestos excepcionales". En otras palabras: podrá intervenir y controlar internet, cerrando webs y servidores sin autorización judicial, si considera que hay un riesgo para el orden público o la seguridad nacional. Un movimiento que muchos juristas consideran inconstitucional.

Hace justo 10 años, el abogado David Bravo acuñó el término 'ley de la patada en el router' para referirse a la bautizada más tarde como Ley Sinde, que permitía cerrar páginas web con mínima intervención judicial. "Esto es muy parecido, salvo que más que 'router', aquí hablamos de servidores, de intervenir o tumbar cualquier infraestructura de comunicación si consideran que hay riesgo de orden público. Es una extralimitación y muy probablemente se presenten recursos de inconstitucionalidad", explica a Teknautas el abogado Carlos Sánchez-Almeida.

El 'conseller' de Políticas Digitales y Administración Pública, Jordi Puigneró, impulsor del proyecto de república digital catalana, ya ha calificado el decreto ley de "estado de excepción digital", algo que los juristas rechazan. "Eso es falso, no es un estado de excepción digital, es un decreto de propaganda en época electoral, pero es la misma propaganda que hace la Generalitat. El Gobierno podrá intervenir la red pero siempre habrá posibilidad de impugnar eso judicialmente", explica Almeida. "Habrá siempre control judicial 'a posteriori", señala el abogado e ingeniero de telecomunicaciones Sergio Carrasco.

Carrasco coincide, eso sí, en la extralimitación del decreto ley para otorgar poderes de control de internet al Gobierno. Hasta ahora, la Ley de Telecomunicaciones ya planteaba el cierre de webs e infraestructuras de telecomunicaciones sin autorización judicial previa por motivos de urgencia por razones de "seguridad pública, protección civil, emergencias, defensa de la vida humana o interferencia con otras redes". Ahora, el decreto ley abre muchísimo más las posibilidades, incluyendo el riesgo al "orden público" o “cuando cree graves problemas económicos u operativos a otros proveedores o usuarios de redes o servicios de comunicaciones electrónicas".

El 'conseller' de Políticas Digitales y Administración Pública, Jordi Puigneró. (EFE)

"Este apartado plantea serias dudas de inconstitucionalidad. La forma en que está redactado es tan amplia que podrán intervenir a todos los niveles, cortando la conexión fija o móvil de forma temporal. Eso incluye la red de fibra óptica que se está desarrollando en Cataluña al margen del Estado", explica Carrasco, quien vaticina que, al igual que el Constitucional tumbó la reforma de la LOPD para permitir el 'spam' político, en esta ocasión hay muchas posibilidades de que ocurra algo parecido.

Fuentes del Gobierno consultadas por este diario aseguran que "el real decreto ley busca poner coto a los anuncios realizados por la Generalitat de crear una identidad catalana que permita realizar un referéndum de autodeterminación y una administración al servicio de la independencia. No se dirige al sector privado. Las medidas adoptadas se dirigen a permitir intervenir cualquier elemento de red por motivos de orden público para asegurar la prestación del servicio en interés precisamente de terceros. El espíritu de la modificación del 6.1 de la LGTelecom es precisamente garantizar la prestación del servicio y no al contrario, de ahí que se hablé de asumir la gestión directa o intervenir frente a un boicot y por motivos de seguridad pública".

Hay otros puntos clave del real decreto-ley. El documento obliga a las administraciones públicas a que cualquier servidor, propio o de terceros, que gestione datos personales públicos (censo, padrones, registros de población, datos fiscales, datos del Sistema Nacional de Salud...) esté ubicado en Europa. Todas las entidades que manejen estos datos con servidores fuera de la UE tienen seis meses para trasladarlos.

El decreto también aborda un punto clave: el uso del DNI y el DNI electrónico como única forma de identificación tanto de forma física como digital. Y da una estocada al proyecto de idCat, en desarrollo por la Generalitat para crear un sistema de identificación distribuida usando Blockchain. Sin nombrarlo, el decreto lo prohíbe de forma expresa. "En las relaciones de los interesados con las administraciones públicas, no serán admisibles en ningún caso y, por lo tanto, no podrán ser autorizados, los sistemas de identificaciones basados en tecnologías de registro distribuido y los sistemas de firma basados en los anteriores, en tanto que no sean objeto de regulación específica por el Estado en el marco del derecho de la Unión Europea".

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