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LOS HECHOS SE REMONTAN A MARZO DE 2019

Echenique, condenado al pago de 80.000 € por una acusación falsa de violación

La magistrada ha condenado a Echenique y a Juan Manuel del Olmo​ a pagar 80.000 euros de indemnización, una de las más altas en España en este tipo de demandas

El portavoz de Unidas Podemos, Pablo Echenique. (EFE)

La Justicia acaba de condenar a dos miembros de la formación política Podemos, Pablo Echenique y Juan Manuel del Olmo Ibáñez, portavoz en el Congreso y asesor de Comunicación de Pablo Iglesias, respectivamente. La decisión la ha tomado el juzgado de primera instancia e instrucción número 8 de Leganés (Madrid) a raíz de una demanda por supuesta vulneración del derecho al honor de un fallecido, un hombre que fue acusado de violación, pero sobre lo que el Tribunal Supremo no encontró indicio alguno. La denuncia la presentó uno de sus hermanos.

Una jueza de Leganés, un año y medio después, ha decidido imponer una indemnización solidaria de 80.000 euros a los dos dirigentes porque sus palabras sobre esta persona dieron por hecho un delito que nunca fue demostrado por la Justicia.

Los hechos se remontan a marzo de 2019. En aquellas fechas, Podemos presentó como candidata a la alcaldía de Ávila en las elecciones municipales de mayo a una mujer que había sido condenada por asesinato: Pilar Baeza. La noticia causó un enorme revuelo, ya que se produjo en plena campaña y abría el debate sobre si una mujer condenada por asesinato podía optar al cargo de edil de una capital de provincia.

Ante el aluvión de críticas, Pablo Echenique quiso posicionarse del lado de su candidata y la defendió en una rueda de prensa multitudinaria: “Respecto de la pregunta por Ávila, simplemente remarcar que hablamos de hechos que tuvieron lugar hace 35 años, que se refieren a una mujer que fue violada”. Por su lado, Juan Manuel del Olmo publicó el siguiente tuit: “Abrazo a Pilar Baeza, de Podemos Ávila. Hace 35 años fue víctima de una violación. Su novio entonces disparó al hombre que la violó. Ella fue condenada por complicidad y pagó su deuda con la sociedad”.

Ambos trasgredieron los límites legales, así lo ha establecido una jueza. Pilar Baeza fue condenada por asesinato y sobre el hombre al que mató, Manuel López, el Supremo estableció que no existía indicio alguno de tal violación. Ante las acusaciones, Víctor, hermano de Manuel, contrató los servicios de la abogada penalista Bárbara Royo, del bufete Royo & Becerro & Peñafort. La letrada, experta en demandas contra el honor, no lo ha tenido fácil porque la Fiscalía se alió desde el primer momento con la tesis de la defensa de Echenique y defendió en la vista que llamar “violador” a un inocente es libertad de expresión. A pesar de que mantuvo la acusación en solitario, la magistrada lo ha visto claro y ha condenado a los dos miembros de Podemos a pagar al hermano de Manuel 80.000 euros de indemnización, una de las más altas en España en este tipo de demandas de intromisión ilegítima contra el honor.

La sentencia, además, dice: “Debo condenar y condeno a D. PABLO ECHENIQUE ROBBA a leer el encabezamiento y el fallo de esta resolución, al menos en los pronunciamientos que a él se refieren, en una rueda de prensa con la misma convocatoria que tuvo la rueda de prensa de fecha 4 de marzo de 2019 en la que se profirieron las expresiones constitutivas de intromisión ilegítima. Para el caso de que en la fecha de cumplimiento no fuera posible tal convocatoria porque el demandado hubiera dejado de tener relevancia pública, deberá publicar el encabezamiento y el fallo de la sentencia, al menos en los pronunciamientos que a él se refieren, en dos periódicos de ámbito nacional”. En la actualidad, Pablo Echenique es portavoz parlamentario del grupo Unidas Podemos y secretario de Programa de Podemos, por tanto, deberá celebrar una rueda de prensa en la que reconozca que cometió una intromisión ilegítima en el honor de un inocente.

Respecto a Juan Manuel del Olmo: "Debo condenarlo y lo condeno a eliminar el tuit objeto de este litigio y a publicar en su cuenta de la red social Twitter un mensaje con el siguiente contenido 'Sentencia condenatoria por vulneración del derecho al honor de D. Manuel López Rodríguez', con un enlace al encabezamiento y el fallo de esta resolución, manteniendo dicha publicación durante al menos tres meses. Para el caso de que en la fecha de cumplimiento no fuera posible la publicación por haber desaparecido la red social o haber eliminado su cuenta el demandado, deberá publicar el encabezamiento y el fallo de la sentencia, al menos en los pronunciamientos que a él se refieren, en dos periódicos de ámbito nacional". Juan Manuel del Olmo es secretario de Comunicación de Podemos.

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