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  1. España

un juez así lo dictamina

El estado de alarma suspende el régimen de visitas de hijos de padres separados

La declaración del estado de alarma en España, sólo dos días antes de esta resolución, está haciendo surgir numerosas dudas en distintos sectores acerca de su aplicación concreta en el día a día

Un juez dictando sentencia. (iStock)

Una juez del municipio madrileño de Alcorcón ha dictaminado que durante la aplicación del estado de alarma a causa de la pandemia de coronavirus "no es posible el traslado" de progenitores separados para ejercer el régimen de visitas, ya que no se ha incluido este supuesto en el decreto aprobado por el Gobierno el pasado sábado.

"Se considera innecesario efectuar pronunciamiento alguno en relación con la suspensión del régimen de visitas, habida cuenta de que durante el periodo de vigencia del estado de alarma no es posible el traslado por el progenitor paterno al domicilio del menor para el ejercicio del régimen de visitas al no hallarse incluido en ninguno de los supuestos previstos", subraya la titular del Juzgado de Primera Instancia de Alcorcón, en un auto fechado el lunes, 16 de marzo, y al que ha tenido acceso Europa Press.

La declaración del estado de alarma en España, sólo dos días antes de esta resolución, está haciendo surgir numerosas dudas en distintos sectores acerca de su aplicación concreta en el día a día. Es el caso de los padres separados y de cómo gestionar el régimen de visitas dada la obligación de permanecer en los hogares el mayor tiempo posible y salvo causa de fuerza mayor, lo que ha llevado a algunos a acudir a los despachos de abogados o incluso a los tribunales para saber a qué atenerse.

Según fuentes jurídicas consultadas por Europa Press, de momento los jueces no han tenido que pronunciarse sobre muchos casos al respecto debido al corto espacio de tiempo que ha pasado desde la entrada en vigor del estado de alarma, pero la redacción del decreto ya genera dudas a algunos padres separados con régimen de visitas, que se están poniendo en contacto con despachos de abogados para consultar, sobre todo teniendo en cuenta que el próximo jueves es San José, Día del Padre.

En el decreto del estado de alarma aprobado el sábado se establece que durante la vigencia del mismo "las personas únicamente podrán circular por las vías de uso público" para la realización de determinadas actividades, una de las cuales es "asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables".

Decisión opuesta en Zaragoza

La Junta Sectorial de Familia de Zaragoza, por contra, ha acordado que los padres divorciados deberán mantener las visitas de fin de semana y el régimen de custodia compartida acordado para sus hijos mientras duren las medidas, salvo que haya un acuerdo distinto entre las partes. Ante la situación "excepcional" y las "innumerables consultas" recibidas por teléfono, la Junta, presidida por el magistrado Roberto Esteban, ha unificado los criterios de actuación.

Así, en los casos de custodia compartida se deberán efectuar los cambios en las fechas que a cada progenitor correspondan, arbitrando las formas en las que el menor resulte menos expuesto al virus. Se mantienen las visitas de fin de semana, tengan o no pernocta, y aunque se suspenden las intersemanales sin pernocta, se acuerda que las intersemanales con pernocta seguirán llevándose a cabo.

Los jueces acuerdan suspender las visitas tuteladas en los puntos de encuentro y aseguran que para justificar los movimientos por la vía pública, bastará con mostrar a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado la resolución judicial correspondiente a la custodia del menor. Los jueces instan a los padres a no utilizar la crisis del coronavirus como excusa para el incumplimiento de las establecidas en las resoluciones judiciales.

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