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  1. España

la clave es el grado y la prisión asignada

La prisión de los líderes del 'procés' retratará al Gobierno de Sánchez

En el caso de que fueran devueltos a cárceles catalanas en un plazo de dos meses, la decisión sobre el grado de los presos dependería directamente de la Generalitat

Pedro Sánchez durante el pleno extraordinario sobre la crisis del Open Arms. (EFE)

El otoño vendrá marcado por la sentencia del 'procés' y sus consecuencias. Una de ellas es penitenciaria e implicará de lleno al Gobierno de Pedro Sánchez, ya sea con un Ejecutivo recién estrenado o en plena rampa de salida para nuevas elecciones. Con la resolución vendrán, previsiblemente, penas firmes de prisión. El dónde, el cómo y el cuándo se cumpla esta ofrecerá una instantánea de la postura del Ejecutivo sobre Cataluña y de cara a las formaciones independentistas.

La clave del asunto está en la calificación en grado y en qué prisión se encuentren los políticos catalanes en el momento en que esta se decida. La sentencia se espera para la primera quincena de octubre y el tribunal ya apuntó al término del juicio que prevé un nuevo traslado de los presos desde Lledoners hasta prisiones de Madrid de cara a la notificación. Eso situaría a Oriol Junqueras y el resto de acusados en Soto del Real y Alcalá Meco para entonces. Y a partir de la comunicación del fallo a los afectados, comenzará a correr una cuenta atrás de dos meses que resulta clave para garantizar el cumplimiento, más aún en vista de antecedentes como el de Oriol Pujol, al que se premió con un tercer grado con un mínimo cumplimiento de su condena de dos años.

Existe la posibilidad de que acceda directamente al tercer grado, que implica salidas los fines de semana y para acudir a un puesto laboral

La cuestión es que, transcurrido un plazo de dos meses, cualquier preso no preventivo debe ser clasificado en un grado determinado. Según apuntan los expertos consultados, lo habitual es que se opte por el segundo, pero existe la posibilidad, si se cumplen una serie de requisitos, de que acceda directamente al tercero, lo que implica salidas de la cárcel los fines de semana y de lunes a viernes si son para acudir a un puesto laboral.

Además de esta posibilidad existe también la denominada vía del 100.2, un resquicio del reglamento penitenciario destinado a hacer el sistema más flexible según el cual se puede adoptar para cada penado un modelo de ejecución en el que puedan combinarse aspectos característicos de distintos grados, incluyendo el más abierto.

Y la encargada de proponer esta clasificación es la Junta de Tratamiento Penitenciario de la prisión en la que se encuentren en ese momento. Es decir, en el caso de que fueran devueltos a cárceles catalanas antes de ese plazo, la decisión sobre el grado dependería directamente de la Generalitat. Esto es porque las competencias en materia de prisiones están transferidas a Cataluña desde el año 1983. Por ello, es la Junta la que realiza una propuesta que resuelve el Servicio de Clasificación de la Secretaría de Medidas Penales, Reinserción y Atención a la Víctima, dependiente de la Consellería de Justicia. Se valoran circunstancias como el hecho de que se trate del primer delito y no existan antecedentes, el riesgo de reincidencia o la existencia de un entorno familiar y laboral estable y adecuado.

Tendrán que decidir si mantener en Madrid a los presos o trasladarlos a cárceles cercanas con el riesgo de beneficios penitenciarios que eso supone

En definitiva, desde la sentencia y hasta finales de año, Instituciones Penitencias y el Ministerio del Interior —bien sea en funciones o no— tendrán sobre la mesa la difícil decisión de mantener en Madrid a los presos o trasladarlos de nuevo a cárceles cercanas a su domicilio con un evidente riesgo de beneficios penitenciarios otorgados por un Govern formado por las formaciones a las que pertenecen la gran mayoría. Fue esto lo que sucedió en el caso de Oriol Pujol.

Preocupación en la Fiscalía

El cumplimiento efectivo preocupa a la Fiscalía. Hasta el extremo de que pidió expresamente al Tribunal Supremo que los políticos catalanes que resulten condenados no obtengan el tercer grado hasta que cumplan la mitad de la pena de cárcel. Tras ratificarse en su acusación de rebelión y en su petición de penas de 25 años en la franja más alta, que afecta a Junqueras, reclamó que se dejara constancia en sentencia de la obligada aplicación del artículo 36.2 del Código Penal.

En él se especifica que cuando la duración de la pena de prisión impuesta sea superior a cinco años, el juez o tribunal podrá ordenar que la clasificación del condenado en el tercer grado de tratamiento penitenciario no se efectúe hasta el cumplimiento de la mitad de la pena impuesta.

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