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Calendario tras la moción de censura

¿Qué pasa si la moción de censura contra Rajoy prospera?

Si la moción de censura del PSOE obtiene 176 votos favorables, Pedro Sánchez se convertiría en presidente del Gobierno y tomaría posesión "inmediatamente"

Pedro Sánchez, durante el debate de la moción de censura | EFE

La moción de censura contra Mariano Rajoy, cuya votación se celebra mañana en el Congreso, prosperará previsiblemente gracias a los votos favorables de Unidos Podemos, PNV, EH Bildu, ERC, PDeCAT y Nueva Canarias, que han confirmado esta tarde el apoyo a la iniciativa de Pedro Sánchez. La única posibilidad de que esto no ocurra es que Rajoy presente antes su dimisión, pero fuentes del Ejecutivo han ratificado a la agencia Efe que el presidente del Gobierno no va a dimitir y que sólo será relevado del cargo si la moción sale adelante.

De producirse esta situación, España se encontraría ante una situación sin precedentes en la historia democrática. Con más de 176 votos favorables, Pedro Sánchez se convertiría en presidente del Gobierno y tomaría posesión "inmediatamente", según recoge el artículo 178 del Reglamento del Congreso: "Cuando el Congreso de los Diputados aprobare una moción de censura, su presidente lo pondrá inmediatamente en conocimiento del rey y del presidente del Gobierno. El candidato a la Presidencia del Gobierno incluido en aquélla se considerará investido de la confianza de la Cámara, a los efectos previstos en el artículo 99 de la Constitución".

Cualquiera que sea el resultado de la votación deberá ser comunicado el mismo día por la presidenta del Congreso, Ana Pastor, al rey y al jefe del Ejecutivo. Si el Congreso niega su confianza al Gobierno, éste presentará su dimisión al rey, que procederá a continuación al nombramiento del nuevo presidente. De acuerdo al artículo 99 de la Constitución, se entendería que Sánchez ha obtenido la mayoría de apoyos de la cámara y sería nombrado, automáticamente, presidente del Ejecutivo. El líder socialista tomaría posesión, previsiblemente, este sábado, y en los primeros días de la próxima semana debería cerrar un Gobierno, publicar un decreto con la nueva estructura del Ejecutivo y emprender en tiempo récord el nombramiento de unos 500 cargos de libre designación en las próximas semanas.

El mismo artículo explica que "el Gobierno cesa tras la celebración de elecciones generales", lo que responde a la posibilidad de una 'moción de censura instrumental' como la planteada por Ciudadanos. Tras la celebración de las mismas, el rey iniciaría conversaciones con los líderes políticos para proponer un candidato a la Presidencia, que habría de solicitar la confianza de la Cámara tras exponer el programa político del Gobierno que pretende formar.

"Si el Congreso de los Diputados, por el voto de la mayoría abosulta de sus miembros, otorgare su confiaza a dicho candidato, el rey le nombrará presidente", recoge la Carta Magna. De no conseguir la mitad más uno de los apoyos, deberá someterse a una nueva votación dos días después, en la que sólo requerirá mayoría simple. En caso de que el candidato a la investidura no consiga la confianza de la cámara, el jefe de Estado volvería a iniciar consultas y si en un plazo de dos meses tras la primera votación, ningún candidato consigue ser investido, las Cámaras se disolverán y se convocarán nuevas elecciones.

¿Y si no sale adelante?

Si la moción de censura de Pedro Sánchez fuera rechazada, Rajoy continuaría siendo formalmente presidente del Gobierno y la legislatura podría seguir su curso. No obstante, Ciudadanos da por agotado el Gobierno de Rajoy y ha pedido al presidente que disuelva las Cortes y convoque elecciones anticipadas porque "las instituciones españolas no pueden debilitarse" en un momento tan importante como el actual.

La convocatoria de elecciones era imposible en términos legales durante la tramitación de la moción de censura, según dicta la Constitución en su artículo 115.2, pero la petición de unos comicios adelantados podría llevarse a cabo después de que el líder socialista se someta a una investidura. Por otra parte, ninguno de los diputados firmantes podría presentar una nueva moción de censura durante el mismo período de sesiones, de acuerdo al artículo 179 del Reglamento del Congreso.

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