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con el máximo grado de protección

Interior clasificó la lucha contra el crimen organizado para zafarse de la transparencia

El Consejo de Ministros aprobó en secreto el acuerdo de clasificación seis meses antes de la entrada en vigor de la ley de transparencia y en plena actividad de la 'policía patriótica'

Jorge Fernández Díaz traspasa la cartera de Interior a Juan Ignacio Zoido en presencia de Soraya Sáenz de Santamaría y Ana Pastor. (Reuters)

Durante todo 2014, los ministerios y las empresas estatales se afanaron en prepararse para la entrada en vigor de la ley de transparencia prevista para diciembre de ese año. Todos lo hicieron adaptando sus sistemas al Portal de la Transparencia y creando las unidades de información (UIT) para la gestión interna de las solicitudes. Además de estas medidas conjuntas, el Consejo de Ministros, a instancias del Ministerio del Interior comandado por aquel entonces por Jorge Fernández Díaz, aprobó una medida adicional extraordinaria: clasificar como secreto de Estado todo lo relacionado con la lucha contra la delincuencia organizada, de tal forma que la ley de transparencia no afectara a las actuaciones policiales llevadas a cabo en esta materia.

Aprobado el 6 de junio de 2014, cuatro días después de la abdicación del rey emérito y en plena actividad de la 'policía patriótica' de Interior, el Gobierno no hizo público el acuerdo de clasificación ni en la referencia ni en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros de aquel día, pero sí figura en las actas oficiales obtenidas por El Confidencial y Access Info Europe. Este medio solicitó entonces el acuerdo completo, siendo entregado parcialmente en primera instancia por Interior. Tras la preceptiva reclamación, el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno instó a su acceso íntegro al entender que “resulta esencial para el conocimiento de la decisión pública, los argumentos en los que se basa y, por lo tanto, en la debida rendición de cuentas”.

De apenas dos páginas, el acuerdo “otorga, con carácter genérico, la clasificación de secreto a la estructura, organización, medios y técnicas operativas utilizados en la lucha contra la delincuencia organizada por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, así como sus fuentes y cuantas informaciones o datos puedan revelarlas”. La parte dispositiva de la decisión gubernamental es idéntica al de un acuerdo de 1996 por el que se clasificaba la lucha antiterrorista. De este modo, los ciudadanos apenas pueden saber nada de las actuaciones policiales para luchar contra el terrorismo y el crimen organizado.

Pinche en la imagen para leer el acuerdo completo.

El preámbulo del acuerdo señala “la posibilidad de establecer concretas excepciones a este principio [derecho de acceso a la información pública] para preservar la seguridad pública”. Interior justifica la aplicación de la ley de secretos oficiales para limitar la ley de transparencia de las actuaciones policiales “ante la peligrosidad que hoy en día han alcanzado las actividades ilícitas promovidas por la delincuencia organizada, con el fin de garantizar al máximo la seguridad de cuanto se refiere a la lucha que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado desarrollan en este ámbito”.

“Esta clasificación justo antes de la entrada en vigor de la ley de transparencia debería escandalizarnos en pleno siglo XXI”, considera Alba Gutiérrez, coordinadora de campañas de Access Info. Y subraya: “Es muy cuestionable desde el punto de vista democrático dejar fuera del escrutinio público toda una rama de actividad del Estado sin que haya rendición de cuentas y por tiempo indefinido”.

La generalidad de los dos acuerdos de clasificación auspiciados por el Ministerio del Interior –el de lucha contra el crimen organizado y contra el terrorismo – recuerda a otro aprobado también en secreto, esta vez por Exteriores, en octubre de 2010. De acuerdo a esta decisión tomada por el Consejo de Ministros y revelada por ‘El País’ dos años más tarde, hasta 17 materias amplias y genéricas fueron calificadas como secretas o reservadas y, por tanto, alejadas del escrutinio público. La clasificación propuesta por el departamento dirigido por el ministro Miguel Ángel Moratinos era la respuesta gubernamental a la publicación en julio de aquel año de los cables de WikiLeaks, en una decisión muy parecida a la llevada a cabo por Interior respecto a la lucha contra el crimen organizado con el objetivo de eludir la ley de transparencia recién aprobada por la mayoría absoluta del Partido Popular.

Secretos oficiales versus transparencia

El Código Penal define el concepto organización criminal como “la agrupación formada por más de dos personas con carácter estable o por tiempo indefinido, que de manera concertada y coordinada se repartan diversas tareas o funciones con el fin de cometer delitos”. Bajo este paraguas, podríamos agrupar desde casos de narcotráfico o trata de personas hasta corrupción con más de un involucrado, como los casos Lezo o Federación, por citar solo los más recientes. De todos ellos, y según el acuerdo aprobado por el Consejo de Ministros, no se podría saber cuántos efectivos se destinaron, cómo actuaron o el coste del despliegue policial.

El propio Ministerio del Interior esgrimió el acuerdo de clasificación aprobado en junio de 2014 para ocultar la estructura de la Unidad de Asuntos Internos de la Policía a preguntas parlamentarias presentadas por el PSOE. Tal y como informó ‘eldiario.es’, el Ejecutivo subrayó que “la mayoría de los servicios y actuaciones de la Unidad de Asuntos Internos están relacionados con la delincuencia organizada” y por tanto se encuentran clasificadas como secretas. De esta forma, Asuntos Internos se equipara al Centro Nacional de Inteligencia (CNI) en cuanto a ocultar su estructura y número de agentes a su cargo.

Más recientemente, el Gobierno rechazó detallar en el Congreso el coste y la cifra de agentes del despliegue policial en Cataluña, denominado operación Copérnico, haciendo referencia a otro acuerdo de clasificación de materias aprobado en 1986. Esta misma semana, el PDeCAT ha presentado una proposición no de ley para desclasificar esta información al considerar que “no resulta admisible la decisión de opacidad y falta de transparencia del Gobierno” ya que “no puede ampararse en un acuerdo genérico como el citado para negar informaciones que todos tenemos el derecho a saber”.

Tras 34 ampliaciones del plazo de enmiendas, la reforma de la ley de secretos oficiales lleva más de un año bloqueada en el Congreso de los Diputados

“El acceso a la información puede limitarse cuando suponga un daño para otros intereses y derechos legítimos, pero se debe evaluar y ponderar cada caso concreto teniendo en cuenta el daño y el interés público en acceder a la información”, añade Alba Gutiérrez.

Esta clasificación genérica de materias podría limitarse si el Congreso aprobara la reforma de la ley de secretos oficiales que tiene sobre la mesa desde hace más de un año. Planteada por el PNV, la proposición de ley fija en 25 años el plazo de vigencia máximo de las materias secretas –el máximo grado de clasificación– y en 10 años de las reservadas. Sin embargo, no parece que sus señorías estén por la labor de aprobar esta reforma legal: hasta el momento han ampliado 34 veces el periodo de enmiendas, bloqueando su tramitación a imagen y semejanza de la llamada ‘ley mordaza’.

“La ley de secretos oficiales de España está obsoleta, no establece un mecanismo independiente para la desclasificación ni plazos temporales y choca de lleno con nuestro derecho a acceder a la información”, resume la coordinadora de campañas de Access Info.

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¿Tienes información sobre este u otros casos o conoces algún documento público que se pueda solicitar a través de la Ley de Transparencia? Envíanos una pista anónima a través de buzon.elconfidencial.com o ponte en contacto con nosotros en investigacion@elconfidencial.com.

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