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en 2016

El otro caso Juana Rivas: la madre maltratada a la que sí amparó el Constitucional

Desirée Vicente, de Jaén, presentó un recurso de amparo para detener la entrega de su hija de cinco años a su padre, en Suiza, imputado por violencia de género. El TC la admitió

Tribunal Constitucional (EFE)

El 31 de julio de 2017, el Tribunal Constitucional rechazó el recurso de amparo presentado por los abogados de Juana Rivas para tratar de suspender el dictamen que obligaba a esta madre de Maracena (Granada) a entregar a sus hijos de tres y 11 años al padre, condenado en 2009 por violencia de género, para que regresen con él a la residencia que tenía la familia en Cerdeña (Italia). Después de fugarse con los niños y en paradero desconocido desde el 26 de julio, la madre tuvo que esperar hasta este miércoles la respuesta del alto tribunal a su segundo recurso de amparo, presentado el 10 de agosto, que también ha sido rechazado. Un año después, el 27 de julio de 2018 la Justicia ha decidido condenar a la madre de los críos a cinco años de prisión.

Sin embargo, en otra ocasión el alto tribunal aceptó un caso similar, que acabó con la anulación de una orden de entrega de una menor a un padre maltratador. El TC admitió a trámite en mayo de 2015 el amparo interpuesto por Desirée Vicente, un caso que cuenta con muchas similitudes al de Juana Rivas. Vicente, de Linares (Jaén), estaba obligada a devolver a Olympia, su hija de cinco años a su padre, residente en Suiza e imputado por malos tratos y violencia de género.

El Constitucional entonces apreció que concurría una "especial trascendencia constitucional" porque el caso de Desirée planteaba un problema que afectaba a "una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina". Meses después, en febrero de 2016, el tribunal emitió una sentencia pionera amparando a la madre y señalando que la Audiencia Provincial de Madrid, que había ordenado la devolución de la niña, no tuvo en cuenta las circunstancias de la menor.

Manifestación a favor de Juana Rivas (EFE)

El caso de Desirée Vicente se remonta a 2013: la madre, de vacaciones en Grecia con la familia de su marido, fue agredida por el padre de la niña en plena calle. Desiré salió del país escoltada por la Policía y gracias a la mediación de la Embajada, aunque contaba con el permiso del padre de la menor. Una vez en el país, la madre interpuso una denuncia por malostratos y un juzgado de Violencia sobre la Mujer le concedió la custodia provisional. Según explicó la afectada a la agencia Efe entonces, el padre no cumplió con el régimen de visitas establecido por la justicia —en un punto vigilado entre la localidad jienense y la ciudad suiza de Neuchâtel, donde reside el progenitor— y no se interesó por la niña en dos años.

El abogado de Juana Rivas, Ramón Montero, esperaba que la Justicia respondiera en este caso como lo hizo en el de Desirée. "Fue un caso muy semejante", explicó tras presentar el segundo amparo. "Tenemos confianza en el Constitucional, que ya en una ocasión excepcional reaccionó y respondió de una manera excelente con la urgencia que necesitaba en ese caso", agregó. Sin embargo, el siguiente paso de Rivas será llevar el caso al Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Montero también formó parte del equipo legal de la defensa de Desirée. El letrado señaló, en declaraciones recogidas por Europa Press, que los dos casos son iguales. "Debe priorizar el interés de los menores, es el objetivo que priorizamos", señaló. No obstante, el abogado ha defendido la actuación de Juana Rivas quien, sostiene, está protegiendo a sus hijos, como es su "obligación" y "naturaleza", una actitud que califica de lógica.

Sin embargo, entre los dos casos hay una diferencia: en el de Desirée Vicente no se había cumplido el plazo para entregar a los menores, mientras que en el segundo este plazo se incumplió por parte de la madre. El segundo recurso de Juana Rivas fue rechazado precisamente por extemporáneo, señalando que éste se presentó un total de 30 días tarde, plazo fijado por la Ley Orgánica dle Tribunal Constitucional.

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