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casi 700.000 vehículos afectados

Volkswagen gana seis a uno en la guerra judicial del 'dieselgate' en España

El Juzgado número 1 de Quart de Poblet emite la sexta sentencia absolutoria para la marca alemana, que por el momento solo ha sufrido un revés judicial en la vía civil

Emblemas de Volkswagen en la planta de Wolfsburgo. (Reuters)

Volkswagen está poniendo toda la carne en el asador de los tribunales civiles, donde se dirimen las demandas interpuestas por los usuarios que reclaman la devolución del dinero o la sustitución de su vehículo afectado por el escándalo de las emisiones, que saltó a la luz hace un año, cuando la Agencia Medio Ambiental de Estados Unidos concluyó que la firma alemana había trucado los motores para que arrojaran menos gases contaminantes en los bancos de pruebas. El servicio jurídico de la automovilística está completamente volcado en afrontar estos procedimientos judiciales y, por el momento, con relativo éxito.

Los juzgados han dictado ya media docena de sentencias a favor de la marca germana y tan solo una que condena a la multinacional. Esta última, recurrida ya por la representación letrada de Volkswagen ante la Audiencia Provincial de Valladolid, fue emitida el pasado octubre por el Juzgado de Primera Instancia número 12 de la capital pucelana y determinó que la firma infringió sus "deberes de buena fe" y atentó contra "la confianza del consumidor", al introducir en algunos de sus vehículos diésel el mencionado 'software' que permitía vulnerar los límites medioambientales establecidos por la Unión Europea sin que lo detectaran los bancos de pruebas.

Según la sentencia condenatoria, que ordenó indemnizar al demandante —que había comprado uno de los vehículos afectados— con 5.006 euros, el trucaje de los motores sirvió para engañar a las autoridades encargadas de controlar las emisiones. "No parece razonable que una marca de prestigio considere aceptable llevar a cabo tales prácticas engañosas como algo propio de su actividad empresarial", concluyó la resolución, que considera "razonable" que la reparación necesaria para normalizar los fallos "implica una manipulación del motor verificada con secretismo y sin que conste acreditado de manera indubitada que no afectará a las prestaciones del vehículo".

No es este, sin embargo, el criterio del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Quart de Poblet (Valencia), que dictó el pasado 10 de noviembre la última sentencia publicada por los tribunales civiles españoles. Desestimó la demanda de la propietaria de un Audi A1 que alegó haber adquirido el vehículo "bajo la convicción de que tenía como característica esencial la de cuidar el medio ambiente, cuando en realidad se ha demostrado que tenía instalado un 'software' que alteraba los datos de emisiones contaminantes". La mujer pedía una indemnización, pero el Juzgado número 1 rechazó su reclamación.

La sentencia argumentó que la compradora adquirió el coche sin mostrar "interés alguno por las emisiones". "Como la empresa tenía el vehículo en 'stock', ese mismo día le hizo una oferta y ella la aceptó, acordándose el pedido a continuación", explicó la resolución, que asegura que la adquiriente únicamente se preocupó del modelo, de la rapidez en obtenerlo, pues se ve que tenía prisa por comprarlo, y del precio final. "No se ha acreditado que el comprador sea una persona con especial preocupación por el medio ambiente y que en el momento de adquirir el vehículo buscase algo más que un medio de transporte", subraya el juzgado.

"Ninguna prueba permite permite sostener que cuando se estipuló el contrato de compraventa se tuviera conocimiento por parte de la demandada de que el vehículo tenía instalado el 'software' que alteraba los datos", con lo que no existió dolo por parte de la mercantil, entendió además el Juzgado de Quart de Poblet, que dio por válida la solución planteada por la marca alemana para sustituir los motores afectados. "Es un hecho notorio que por parte de Volkswagen se va a dar una solución técnica al motor, haciéndose cargo de todos los costes", recordó el fallo.

Por el momento, el criterio del Juzgado de Quart de Poblet es el que han seguido la mayoría de los tribunales que se han pronunciado en relación a las demandas civiles interpuestas por los ciudadanos. En concreto, se trata de la séptima sentencia relacionada con el 'dieselgate' y la sexta que da la razón a la multinacional. Las otras cinco resoluciones que desestimaron las reclamaciones de los usuarios con los mismos argumentos prácticamente que el Juzgado de Quart de Poblet fueron dictadas el pasado 19 de mayo (Juzgado de Primera Instancia número 1 de Torrelavega), el 13 de junio (Juzgado número 3 de Zaragoza), el 29 de julio (Juzgado número 1 de Valencia), el 21 de septiembre (Juzgado número 59 de Madrid) y el pasado octubre (Juzgado de Valencia).

La media docena de victorias judiciales de Volkswagen inclina por el momento la balanza a favor de la multinacional, aunque la única sentencia dictada en contra (la de Valladolid), recurrida por los letrados de la firma alemana, deja aún entreabierta la vía civil. La penal, por su parte, se dirime desde hace meses en la Audiencia Nacional, donde el juez Ismael Moreno instruye una causa contra la multinacional por los delitos de fraude, fraude en las subvenciones y delito contra el medio ambiente. En España, hay por el momento casi 700.000 vehículos afectados por el escándalo de los motores trucados, según datos proporcionados por la propia automovilística, que admitió haber implantado el polémico 'software' en determinados modelos diésel de las cuatro marcas que fabrica (Volkswagen, Audi, Seat y Skoda).

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