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  1. España

la fiscalía no ve delito en etiquetarlo así

El jamón de un cerdo de padre extranjero también es considerado ibérico

El Ministerio Público rechaza una denuncia de un extrabajador de unos grandes almacenes porque el engaño era solo entre animales de la misma especie, no daban gato por cerdo

Cerdo ibérico. Foto: Capriles

Un extrabajador de una gran distribuidora de alimentación denunció hace unas semanas ante la Fiscalía Provincial unas supuestas irregularidades en el etiquetado de productos cárnicos procedentes de cerdos ibéricos comercializados en los grandes almacenes donde él estaba empleado, entre otros. El hombre aseguraba que ese etiquetado no reunía las condiciones exigidas por la ley porque no identificaba a la empresa certificadora y hacía menciones no autorizadas, lo que a su juicio podía inducir a error a los consumidores y, según el demandante, constituía un delito de estafa y otro de publicidad engañosa.

Sin embargo, no era la única denuncia que había hecho el hombre, que prácticamente no había dejado organismo en el que no hubiera reclamado. Había interpuesto quejas ante la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, la Oficina Municipal de Información al Consumidor, el Servicio Central de Calidad Agroalimentaria de Sevilla, el jefe de Estructuración Alimentaria del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, la Dirección General de Salud Pública y Alimentación de la Comunidad de Madrid, el Área de Calidad Agroalimentaria de la Junta de Andalucía, el Servicio de Industrias y Promoción Agroalimentaria de la Región de Murcia y el departamento de Control de Producción Agraria. En total, 15 denuncias.

Finalmente, la denuncia fue interpuesta ante la Sección de Consumo, Medio Ambiente y Dopaje de la Policía Nacional, que la trasladó a la Fiscalía Provincial de Madrid, no sin antes advertir de que el demandante era un extrabajador de una empresa cárnica y podía estar actuando "por motivos espurios", pues había sido despedido de la cadena de alimentación.

Tras las primeras indagaciones, la Fiscalía determinó que únicamente habría delito de estafa si el consumidor estuviera dispuesto a dejar de adquirir el producto de haber conocido las características reales del mismo, que deberían ser "tan discordantes con la realidad" que hubieran provocado la reacción del usuario. Por ejemplo, asegura el Ministerio Público, "si la carne de los productos objeto de esta denuncia tuviera una procedencia animal distinta y correspondiente a otra especie que ordinariamente no se destina al consumo humano".

En otras palabras, que para la Fiscalía únicamente si la compañía hubiera dado gato por cerdo podríamos estar hablando de una estafa, pero que como eso no ha ocurrido, pues no es un delito. "El engaño al perjudicado tiene que ir más allá de las meras irregularidades en el etiquetado", sostiene el fiscal jefe de Madrid, José Javier Polo, que es quien firma el escrito de archivo de la queja el pasado 17 de febrero. En relación con el otro posible delito denunciado, el de publicidad engañosa, el portavoz del Ministerio Público argumenta que el Código Penal "exige que el perjuicio al consumidor sea grave y manifiesto".

El fiscal confiesa que "duda mucho" que "las irregularidades en el etiquetado" que pone de relevancia el denunciante "o las inexactitudes en cuanto al origen del producto en cuestión impliquen dicha gravedad, sobre todo porque tampoco se afirma que dichas irregularidades supongan una diferencia de precio tan relevante" como para que sea considerada una infracción penal. Según el Ministerio Público, no hay "relevancia penal alguna". En todo caso, subraya, los hechos podrían ser constitutivos de una infración administrativa, que supone el fiscal que ha sido incoada "a la vista de las múltiples reclamaciones interpuestas".

Hay jamones que pueden atenerse a la normativa antigua (2014) al haber empezado el proceso de curación antes de que entrara en vigor la actual

El denunciante puso de manifiesto que algunos jamones y otro tipo de productos que se etiquetaban en los mencionados establecimientos como procedentes de cerdo ibérico en realidad habían salido de un cerdo con madre ibérica, sí, pero con padre extranjero. Estos últimos se están cruzando con ibéricos porque tienen más producción, algo que es perfectamente legal. Se trata de razas integradas en España -no originarias de España- que son mezcladas con las de aquí y denominadas igualmente ibéricas.

Hace dos años, el Consejo de Ministros aprobó la norma de calidad para la carne, el jamón, la paleta y la caña de lomo ibéricos que obligó a los vendedores a etiquetar con la indicación del porcentaje racial. Estableció la etiqueta negra para los productos que son 100% ibéricos y la roja para los que no llegan a esta pureza.

El problema es que hay jamones que pueden atenerse a la normativa antigua al haber empezado el proceso de curación antes de que entrara en vigor la actual, con lo que este tiempo están conviviendo los dos etiquetados. Según el denunciante, en los primeros no se explica bien el asunto de los sementales extranjeros.

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