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  1. Economía

Entre 462 y 1.015 euros mensuales

Simulador del ingreso mínimo vital: comprueba qué cantidad te correspondería

Un simulador del ingreso mínimo vital que la Seguridad Social habilita en su web permite comprobar quién cobraría la prestación y qué cantidad le corresponde en función de sus circunstancias

Una persona sin recursos en una calle de Valencia (EFE)

Más de medio millón de personas solicitaron el ingreso mínimo vital, una medida que, según los cálculos del Gobierno, servirá para sacar de la pobreza extrema —ingresos inferiores a 2.950 euros anuales— a más de un millón de ciudadanos en España y a otras 550.000 de una situación de pobreza muy alta —entre 2.950 y 4.350 euros al año—, al tiempo que se proporcionarán incentivos a la contratación, complementados con un 'sello social' para las empresas que ofrezcan formación y puestos de trabajo para los españoles en situación de vulnerabilidad económica.

La solicitud, con efectos retroactivos al 1 de junio, se puede presentar a través de la sede electrónica de la Seguridad Social o enviando la documentación por correo ordinario, así como de forma presencial en los ayuntamientos y en los centros de atención de la Seguridad Social, una vez retomada la atención al público. Pero, ¿quién podrá percibirla? Para facilitar información a los posibles beneficiarios, el Ministerio de Inclusión, Seguridad y Migraciones ha habilitado en su página web un simulador que permite comprobar si el ciudadano interesado cumple los requisitos y, en caso afirmativo, qué importe aproximado le corresponde.

Los hogares beneficiarios del ingreso mínimo vital podrán recibir desde 10 hasta 1.015 euros al mes, dependiendo del tipo de hogar y de su nivel de ingresos, según el Real Decreto-ley 20/2020, de 29 de mayo, por el que se establecen las condiciones de la citada prestación. La renta mínima garantizada para un adulto que vive solo es de 462 euros al mes, pero si esta persona cobrara, por ejemplo, 452 euros mensuales, únicamente percibiría los 10 euros de diferencia. La cuantía ascenderá hasta un máximo de 1.015 euros al mes o, lo que es lo mismo, 12.184 euros anuales, para los hogares formados por dos adultos, con tres o más niños a cargo, que no perciban ninguna renta.

[Si el simulador no funciona, haz click aquí]

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Para el reconocimiento de la ayuda se tendrán en cuenta los ingresos del año inmediatamente anterior, aunque para atender las situaciones de vulnerabilidad generadas por la pandemia del coronavirus, también se podrá reconocer para solicitudes cursadas durante 2020 teniendo en cuenta la situación de ingresos de este año. "Aunque todavía es muy pronto para disponer de datos estadísticos sobre el impacto de la covid-19 en las tasas de pobreza de nuestro país, informes y comunicados emitidos por algunas instituciones ponen de manifiesto que la pérdida de ingresos motivada por la emergencia sanitaria ha afectado más intensamente a los hogares que antes de la crisis ya tenían ingresos muy bajos", subraya el texto publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

¿Qué requisitos se piden?

Sólo un representante de cada hogar podrá solicitar el ingreso mínimo, con la condición de acreditar residencia legal en España durante un año. Si el hogar está formado por una sola persona, el titular deberá tener entre 23 y 65 años y llevar al menos tres años constituido como tal, mientras que si tiene dos o más miembros, deberá tener entre 23 y 65 años de edad. Se contemplan excepciones en lo que respecta a la condición de residencia legal para los menores que se encuentren en situación de adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente, los solicitantes de protección internacional, las víctimas de trata de seres humanos o las mujeres extranjeras víctimas de violencia machista

Además, quienes tengan la intención de solicitar la prestación han de estar en situación de vulnerabilidad económica. Según el artículo 8 de la norma, se apreciará que existe esta condición cuando el promedio mensual del conjunto de ingresos y rentas anuales sea inferior, al menos en 10 euros, a la cuantía mensual de la renta garantizada con esta prestación para cada supuesto previsto. De esta forma, los hogares cuyos ingresos mensuales se queden a menos de 10 euros de la renta mínima garantizada, no recibirían prestación, a pesar de estar por debajo de esa renta.

Asimismo, se requerirá que el patrimonio del beneficiario, excluida la vivienda habitual, sea inferior a tres veces la renta garantizada para un adulto, en este caso, 16.614 euros, con una escala de incrementos por número de miembros en el hogar. Aunque la cuantía de la prestación variará dependiendo de los ingresos y del tipo de hogar, el Gobierno calcula que el ingreso mínimo vital medio será de 366,6 euros mensuales, es decir, 4.400 euros al año.

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