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Por qué las grandes empresas nunca pierden los juicios
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UNA DOCTRINA PELIGROSA

Por qué las grandes empresas nunca pierden los juicios

¿Cuántas multinacionales han pagado los platos rotos por sus desmanes empresariales? Muy pocas, y hay una razón política por la que el objetivo de los fiscales es evitar que sean condenadas

Foto: David Viniar, vicepresidente de Goldman Sachs, testifica ente la Seguridad Nacional del Sentado mientras es abucheado por unos manifestantes. (Reuters/Jim Young)
David Viniar, vicepresidente de Goldman Sachs, testifica ente la Seguridad Nacional del Sentado mientras es abucheado por unos manifestantes. (Reuters/Jim Young)

Lo cuenta David Graeber en su último libro, 'La utopía de las normas. De la tecnología, la estupidez y los secretos placeres de la burocracia' (Ariel). Con motivo de una conferencia en la que el tema principal era la crisis del sistema bancario, el autor tuvo la oportunidad de preguntarle a un alto funcionario económico estadounidense por qué aún no se había llevado a juicio a ningún directivo bancario por fraude relacionado con la crisis económica de 2008. Esta es la respuesta que recibió:

“Bueno, usted tiene que comprender que el enfoque de los fiscales estadounidenses hacia el fraude financiero es intentar siempre alcanzar un acuerdo. No quieren llegar a juicio. El resultado es que siempre la institución financiera ha de pagar una multa, digamos que de cientos de millones, y a cambio no admiten ninguna responsabilidad criminal. Sus abogados dicen que sencillamente no van a discutir sobre su inocencia o culpabilidad, pero si pagan, técnicamente no se los ha hallado culpables de nada”.

“¿Ha habido algún caso en el que la cantidad a pagar haya sido mayor que la que obtuvo con el fraude?” La respuesta es también la esperada: “No que yo sepa”

En otras palabras los bancos nunca cometen fraude, un privilegio que a cambio les cuesta una “tarifa de penalización”. Lo cual conlleva, obviamente, una pregunta consiguiente, que Graeber realiza a su interlocutor: “¿Ha habido algún caso en el que la cantidad a pagar haya sido mayor que la que obtuvo con el fraude?” La respuesta es también la esperada: “No que yo sepa. Suele ser mucho menor”. En concreto, este porcentaje viene a ser de un 20 o un 30% de la multa que habrían pagado en caso de ser condenados.

Básicamente, explica el líder moral de Occupy Wall Street, las grandes empresas no sólo se están librando de condenas que, en caso de haberse formulado, habrían sido tremendamente desestabilizadoras (o letales) para la compañía, sino que lo hacen a un precio muy bajo, sin que ninguno de los responsables vea mancillado su historial. “Corríjame si me equivoco”, le espeta Graeber al economista. “Pero ¿no significa eso que el gobierno está diciendo 'cometan todos los fraudes que quieran, pero si los atrapamos, van a tener que darnos nuestra parte?” La respuesta es muy reveladora: “Bueno, obviamente no puedo decirlo de esa manera mientras siga teniendo este empleo...”

Demasiado grande para el banquillo

Pero si queremos entender por qué se ha llegado a este punto, que puede aplicarse a todos los países occidentales (¿en qué lugar sí han pagado los directivos sus desmanes?) y a todas las grandes firmas multinacionales, debemos remontarnos a los años noventa, que es cuando se produce ese cambio de mentalidad en la actuación de la justicia y el Estado. Un buen resumen se encuentra en el libro de Matt Taibbi 'La brecha' (Capitán Swing), en el que en su análisis de las diferencias penales entre pobres y ricos se detiene cuidadosamente en los cambios en el paradigma que se han producido desde el 16 de junio de 1999, cuando un funcionario de la administración Clinton llamado Eric Holder publicó un informe llamado “Emprender acciones legales contra grandes empresas”.

En él, el fiscal general aseguraba que “las grandes empresas no deben recibir un trato indulgente porque tengan naturaleza artificial”. Hasta ahí, lo esperado. Sin embargo, en el documento figuraba un párrafo que, como señala Taibbi, sería el culpable de una “revolución por accidente” al señalar algo que se debía tener en cuenta antes de iniciar una acción legal: “La fiscalía ha de tener en cuenta los efectos colaterales a la hora de determinar si la acusa de un delito penal”. Y lo explicaba: “En el contexto empresarial, las fiscalías han de tener en cuenta las consecuencias, probablemente sustanciales, para directivos, consejeros, empleados y accionistas de la compañía, muchos de los cuales, dependiendo del tamaño y la naturaleza de la compañía y de la función que desempeñen en sus operaciones, no habrán tenido nada que ver con la conducta criminal, habrán sido completamente inconsciente de la misma o habrán sido completamente incapaces de impedirla”.

La justicia no podía excederse hasta el punto de que miles de trabajadores perdiesen sus trabajos, por lo que en adelante, deberían pensárselo… o negociar

Suena sensato: hasta ese momento, y tal y como ocurrió con firmas americanas como Drexel Burnham, que se declaró en bancarrota en 1990 después de que sus actividades ilegales fuesen descubiertas (cerrando su filial española y dejando en la calle a varios miles de trabajadores), los pecados de unos pocos hacían pagar a todos. Para evitarlo había otras formas de pedirle cuentas a los culpables (multas, sanciones civiles) mucho menos dañinas. Sin embargo, unos cuantos años después, cuando la crisis estalló, el documento Holder no sólo serviría para salvar un puñado de puestos de trabajo, sino también para que las mismas empresas a las que se declaró “demasiado grandes para caer”, puesto que de lo contrario pondrían en peligro el sistema económico global, se viesen beneficiadas de la doctrina de los efectos colaterales.

La tabla de salvación más socorrida

El cambio de paradigma se produjo en marzo de 2002, cuando la auditora Arthur Andersen se vio implicada en el escándalo Enron y el gobierno le ofreció un acuerdo de procesamiento diferido, que exigía la admisión del delito. “Arthur Andersen no quería ni oír hablar de esa posibilidad y lo que vino a decirle al gobierno fue: vete a cagar”, explica Taibbi. Dicho finamente, el documento que la consultora remitió al gobierno rezaba lo siguiente: “El Departamento de Justicia propone un pacto que destruiría a esta firma, llevándose por delante el sustento de miles de inocentes trabajadores y jubilados de la empresa”.

Apelando a los “efectos colaterales”, Andersen intentó defenderse. Y no lo consiguió: el Departamento de Justicia interpuso una querella criminal, la firma fue declarada culpable y quebró, lo que provocó que 28.000 puestos de trabajo desapareciesen. Nunca más: la justicia se negó a reabrir el caso en 2005. “Desde ese momento, tanto en la prensa económica como en la generalista, la idea de que la experiencia con el gigante de la auditoría había demostrado que este tipo de procesos contra empresas que de otro modo habrían seguido funcionando eran un error se convirtió en un acto de fe”. La sensación era que la justicia no podía excederse hasta el punto de que miles de trabajadores inocentes perdiesen sus trabajos, por lo que en adelante, deberían pensárselo mejor… o negociar.

Quien hace la ley, no obstante, hace la trampa. Desde entonces, las armas utilizadas para combatir el fraude eran acuerdos de procesamiento diferido y de no enjuiciamiento, que entre 2004 y 2007 aumentaron de cuatro a 41. Esto provoca que no se reconozca comisión de delito, lo que las blinda ante las acusaciones de particulares y provoca que las pruebas permanezcan en secreto. Ni inocente ni culpable, tan sólo multados. “Las compañías más importantes de Wall Street pasaban de un escándalo de corrupción a otro a velocidad de vértigo, sin que ni ellas como tales ni empleados concretos tuvieran que hacer frente a ningún tipo de querella”, recuerda Taibbi. La fiscalía había dejado de ser una agencia de ávidos cazadores de delitos para convertirse en negociadores que, simplemente, se limitaban a obtener el mayor rédito económico a las sanciones que imponían a las grandes corporaciones.

A ningún policía le han pedido que sopese los efectos colaterales de un arresto por prostitución, por robo de coches, por venta de maría o por no tener casa

“Cuando estalló la burbuja, se presentaron demandas por todas partes y de dentro de las propias empresas surgieron decenas de denunciantes de irregularidades que demostraban, con todo lujo de detalles documentales, que casi todos los actores importantes del negocio financiero habían optado por participar en esta gigantesca estafa”, sintetiza Taibbi. “”Estábamos ante la definición exacta de lo que se denomina 'corrupción sistémica' pero, curiosamente, y a pesar de que parecía haber una ingente cantidad de pruebas, prácticamente nadie que tuviera alguna conexión con la crisis fue siquiera amenazado con un proceso penal”.

Como señala el autor, aunque resulta razonable pensar que la fiscalía debe tener presentes las potenciales consecuencias de sus actos, también lo es que este criterio no se aplica en los delitos comunes: “A ningún policía le han pedido jamás oficialmente que sopese los efectos colaterales de un arresto por prostitución, por robo de coches, por atraco, por venta de maría, por colarse en el metro o por el simple delito de ser un sin techo”. En definitiva, los delitos de cuello blanco siguen saliendo mucho más baratos (¡incluso gratis!) a los que los cometen. Y, además, parece ser que es por tu bien.

Lo cuenta David Graeber en su último libro, 'La utopía de las normas. De la tecnología, la estupidez y los secretos placeres de la burocracia' (Ariel). Con motivo de una conferencia en la que el tema principal era la crisis del sistema bancario, el autor tuvo la oportunidad de preguntarle a un alto funcionario económico estadounidense por qué aún no se había llevado a juicio a ningún directivo bancario por fraude relacionado con la crisis económica de 2008. Esta es la respuesta que recibió:

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